martes, 31 de mayo de 2011

DECRETO DE URGENCIA Nº 020-2011

RENATO TORRES YABAR, LES INFORMA A LOS AMIGOS DE LAS FFAA Y PNP: QUE YA SE APROBÓ FINALMENTE EL MONTO POR EL BONO DE URGENCIA PARA LA PNP Y FFAA

ESTOS SON LOS NÚMEROS:
COMANDANTE S/ 543.oo, MAYOR S/ 414.oo, CAPITÁN S/ 345.oo, TENIENTE S/ 273.oo, ALFÉREZ S/ 265.oo, SOS S/ 345.oo, SOB S/ 340.oo, SOT1 S/ 312.oo, SOT2 S/ 255.oo, SOT3 S/ 249.oo, SO1 S/ 241.oo, SO2 S/ 238.oo. Y SE COBRARÁ ESTA SUMA ANTES DEL DÍA MARTES; LA POLICÍA, POR INTERMEDIO DE LA DIRECFIN-PNP YA FIRMÓ EL DÍA DE HOY (29MY) LA AUTORIZACIÓN DE TRASLADO DEL DINERO AL BANCO DE LA NACIÓN, ENTONCES YA ESTA EN MANOS DE DICHA ENTIDAD CUANDO NOS ABONAN A NUESTRAS CUENTAS.

Ahora viene lo malo, inicialmente los montos eran un tanto superiores, pero que pasa que desde el año 90 y 96 respectivamente la Policía, nos ha dejado de abonar a nuestros haberes 100 Nuevos Soles respectivamente en cada año que les nombré.

Quiere decir que en la actualidad si sinceramos nuestro sueldo con los de la FFAA ello obviamente ganan 200 soles màs que cualquiera de la PNP.

Ese detalle se logro conocer gracias a las reuniones que se están llevando a cabo en el Comando Conjunto de las FFAA con participación de Oficiales y SO. PNP especialistas en estos temas de la Dirección de Economía y Finanzas de la PNP.

Ellos nos han filtrado esa información, algo CONFIDENCIAL que el Estado nos debe una suma aproximada a cada PNP de 40,000 Nuevos Soles, así como lo oyes, esa cantidad NOS DEBEN.

Y lo mas desagradable es que el Ministerio de Economía no quiere ahora aceptar esa partida, pese a que tenemos el aval de toda la FFAA pues como tu veraz, ellos necesitan que nosotros tengamos ese aumento para que el 20% sea mayor.

Pero esto ya es un problema que tendrá que resolverlo el Gobierno, sin embargo te comunico a ti y a todos que hoy en día NO SE RECONOCE LOS 200 NS, QUE NOS PERTENECE POR LEY.

SERGIO RENATO RIVERA, INFORMA:
EL DECRETO DE URGENCIA 020-2011 DE FECHA 13 DE MAYO 2011 CONTRAVIENE LO DISPUESTO EN EL DECRETO LEGISLATIVO 847 DEL 24 DE SETIEMBRE DEL 2006. ESTIMADOS AMIGOS: EL DECRETO LEGISLATIVO 847 QUE MENCIONÓ EN EL TÍTULO, DICE CLARAMENTE -"DISPONEN QUE LAS ESCALAS REMUNERATIVAS Y REAJUSTE DE REMUNERACIONES, BONIFICACIONES, BENEFICIOS Y PENSIONES DEL SECTOR PÚBLICO SE APRUEBEN EN MONTOS DE DINERO"- ...ES DECIR DISPONÍA QUE EN ADELANTE NO SE DEBERÍA UTILIZAR PORCENTAJES, Y QUE HA HECHO EL DU 020-2011, TRANSGREDIR ESTE DISPOSITIVO Y CON LA VENIA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, PRESIDENTA DEL CONSEJO DE MINISTROS, MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, MINISTRO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, MINISTRO DE DEFENSA Y MINISTRO DEL INTERIOR; HAN OTORGADO UNA BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA UTILIZANDO EL PORCENTAJE (20%). ESTO, NOS LLAMA A LA REFLEXIÓN, PUES NO ES LA ÚNICA VEZ QUE SE DESCONOCE ESTE DECRETO LEGISLATIVO, PUES RECORDEMOS QUE EN LOS AÑOS 1996,(DU 090-96) 1997 (DU 073-97) Y 1999 (DU 011-99) SE OTORGARON "AUMENTOS" EN PORCENTAJES (CADA UNO DE 16%), Y QUE TRAJO COMO CONSECUENCIA UNA TOTAL INEQUIDAD DE LO OTORGADO EN LOS DIFERENTES INSTITUTOS ARMADOS Y LA POLICÍA NACIONAL, COMO SE APRECIA EN EL EJERCITO HAN JUNTADO EN UN SOLO RUBRO LOS TRES AUMENTOS, EN LA FUERZA AÉREA SOLO EL 011-99 SE PAGA COMO S/. 145.20 Y EN LA MARINA DE GUERRA S/. 125.22... Y AHORA CON ESTE DU 020-2011 IGUALMENTE SE ESTÁ OTORGANDO, CADA UNO POR SU LADO, PUES SI COMPARAMOS EN CADA UNO DE LOS TRES INSTITUTOS ARMADOS NO SON IGUALES. PERO ADEMÁS DE ELLO, TENEMOS QUE RECORDAR QUE POR ESTE DECRETO LEGISLATIVO SE "CONGELÓ" LA REMUNERACIÓN MÍNIMO VITAL, INGRESO MÍNIMO LEGAL (COMO SE QUIERA DENOMINAR) EN S/. 132.00, MONTO CON EL QUE SE NOS PAGA LAS VACACIONES Y LA CALIFICACIÓN, TAN SOLO POR EL HECHO QUE UN ASESOR DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MUTILÓ EL ARTÍCULO PRIMERO EN LA PARTE QUE DISPONÍA: "POR DECRETO SUPREMO REFRENDADO POR EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, SE INCREMENTARÁN LOS MONTOS EN DINERO DE LOS CONCEPTOS SEÑALADOS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR"... Y DE ESTO LO SABE EL MINISTRO DE DEFENSA, PUES NOSOTROS SE LO HICIMOS SABER, Y QUEDÓ EN QUE IBA A REVISAR Y PEDIR UNA ACLARACIÓN AL MEF ...COSA QUE HASTA LA FECHA NO SE HA EFECTUADO. ES POR ELLO, QUE EXIGIMOS INMEDIATA REVISIÓN DEL DECRETO DE URGENCIA 020-2011, DEL DECRETO LEGISLATIVO 847 (SIN MUTILACIONES) Y EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DEL DS 213-90 Y LA LEY 19846, PUES NO DEBE HACERSE DISCRIMINACIONES DONDE LA LEY NO LAS HACE. IGUALMENTE, EXIGIMOS A LOS CANDIDATOS QUE (29MAY) DEBATIRÁN SUS PROGRAMAS DE GOBIERNO, A INCLUIR COMO UNO DE LOS TEMAS PRINCIPALES, LA REVISIÓN DE TODAS LAS DISPOSICIONES EN CONTRA DE LOS PENSIONISTAS (INCLUYENDO VIUDAS Y DISCAPACITADOS) CON EL FIN DE ABOLIRLAS O MODIFICARLAS, EL INMEDIATO PAGO DE NUESTRA DEUDA SOCIAL,Y DEL MISMO MODO EL IRRESTRICTO RESPETO A LA LEY 19846 Y SU MODIFICATORIA.
P.D. LES RETRANSMITO UN CORREO MUY INTERESANTE...
Le escribo preocupado porque hay mucha gente que no entiende bien qué es lo que se ha aprobado con el DU-020 (el del bono para las FFAA Y PN). Este DU tiene tres partes importantes.

La primera es el otorgamiento de una bonificación especial (bono) equivalente al 20% de la remuneración pensionable, a favor del personal en actividad y discapacitados. Este bono es redimible en un año. Es decir, después de un año, ya no se abonará más. Ahora, la base de cálculo para la remuneración pensionable ha sido cuestionada por el MEF, quien se ha manifestado que no entran todos los conceptos remunerativos para su cálculo. Esto implica que los beneficiarios recibirán menos de lo que habían estimado (probablemente un 20% menos).
A la fecha, el MEF todavía no aprueba la transferencia de partidas para el pago de este beneficio.

La segunda parte del DU-020 es que se deroga el DU 013, el cual aprobaba un préstamo para el pago de pensiones de la caja, con cargo a un fideicomiso, es decir, la entrega de los bienes de la caja como garantía hasta la devolución del préstamo que ascendía a 125 milones de nuevos soles. Afortunadamente este infausto dispositivo ha sido derogado. Es pertinente precisar que la caja se encuentra quebrada.

La tercera parte de este DU, es que se autoriza al MEF a que mensualmente transfiera al Ministerio de Defensa y del Interior, los recursos necesarios para que ésta pueda pagar las pensiones del personal de la caja. Lo que el MEF va transferir es la diferencia de lo que falta para completar el pago de las planillas. Hace poco ya salió la primera transferencia de partidas, por ello es que el personal de la caja ha podido cobrar su pensión del mes de mayo. Quizás éste sea el punto más importante del referido DU, porque el Estado ha asumido la responsabilidad que le corresponde.

Por otro lado, se viene trabajando el reintegro de la cts, pero hay que esperar un poquito más, porque se han presentado algunas dificultades que más adelante se lo voy a explicar. Por ahora le ruego ponga su velita al santito (ni tan lejos que no lo alumbre ni tan cerca que lo queme). Hay que tener prudencia y serenidad en estos casos.

COMENTARIOS:
Anònimo dice...
Hola a todos los camaradas. Me inquieta sobremanera el aumento detallado por grados que publican. Yo tengo el grado de Mayor EP, pertenezco al grupo de los inválidos, pero sólo me ha venido de aumento 323 Nuevos Soles, todo cuadraría bien si no contemplara el combustible, pero cómo si a mí la ley me da el 25% me resulta esa cifra, y a uno activo dándosele el 20%, le corresponde una sufra muy superior, que supera los 400 NS. Por favor si alguien pudiera explicarme lo que sucede.

ACIDEL responde...
Tal vez como se indica, respecto a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 847-2006, se debió emitir los incrementos en cifras de Nuevos Soles, y no en porcentajes como se dado en DU 020-2011, por ello trae estas consecuencias de falta de equidad entre Instituciones, si compara con lo que han recibido de la PNP, FAP y/o AP.

Anónimo dice...
BUENAS TARDESSOLO QUERIA SABER SI SE INCLUYE A LOS DECUENTOS JUDICIALES POR ALIMENTOS GRACIAS.

ACIDEL responde...
Está libre de todo gravámenes, conforme lo establece su artículo 5º. (En el`´indice del Blog puede ubicar al DU 020-2011 y leer todo su contenido).

Anónimo nos dice...
SOY EL TCO1 (R) EP. TODOS RECLAMAN, PERO NO SE HABLA NADA DE LOS PENSIONISTAS QUE PACIFICAMOS EL PAÍS ¿DÓNDE ESTÁ EL AGRADECIMIENTO? ME INDIGNA VER QUE TODOS SACAN CUENTAS, OTROS RECLAMAN IGUALDAD DE SUELDOS, QUIEREN MÁS PLATA Y MÁS; PERO NO PIENSAN EN LOS HOMBRES QUE LES ENSEÑAMOS TODO LO QUE SABEN AHORA. ¡BASTA DE DISCRIMINACIÓN CON LOS EFECTIVOS EN SITUACIÓN DE RETIRO, PEDIMOS IGUALDAD!, ¡SOMOS SUBALTERNOS!  ¡SIEMPRE GANÉ UN MISERABLE SUELDO! Y AHORA, CUANDO ESTOY EN MIS CUARTELES DE INVIERNO VIENE EL FAMOSO BONO, INCREMENTO, ETC, ETC. PERO SÓLO PARA UN GRUPO ¿Y LOS QUE CUMPLIMOS QUÉ SOMOS, PÚBLICO O QUÉ?  POR FAVOR  ¡BASTA YA DE ABUSOS!  EN ESTE PAÍS NO SE RESPETA LA LEY QUE ES BIEN CLARA, OJALÁ QUE NUESTROS REPRESENTANTES LUCHEN POR NUESTROS DERECHOS GANADOS EN EL CAMPO OPERATIVO Y NO EN UNA OFICINA, TODOS DEBEMOS SER UN SOLO PUÑO PARA FIJAR UNA BUENA BASE PARA EL FUTURO DE LOS QUE CON EL TIEMPO CUMPLIDO PASEN AL RETIRO, Y NO QUEDRAN ESTAR RECLAMANDO COMO NOSOTROS, DEBEN TENER PRESENTE QUE LAS INSTITUCIONES PASAN, LOS GRADOS Y EL UNIFORME SÓLO SERÁN RECUERDOS BONITOS.  SEÑORES GRACIAS POR LEER ESTE PENSAMIENTO.

ACIDEL responde...
Efectivamente, los grados y el uniforme sólo quedarán en el recuerdo de la labor cumplida por la Patria sin el reconocimiento de este gobierno aprista, soberbio y vengativo. Nuestros gremios están y seguirán luchando por la reivindicación de los derechos que por Ley nos asiste, y pensemos positivamente que si lo lograremos; y como Ud. lo señala en su pensamiento, debemos ser sí, un solo puño para luchar con mayor fuerza. Por ello haremos una REUNIÓN CUMBRE con la participación de todas las dirigencias de las ASOCIACIONES e efecto de lograr nuestros objetivos trazados.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola a todos los camaradas. Me inquieta sobremanera el aumento detallado por grados que publican. Yo tengo el grado de Mayor EP, pertenezco al grupo de los inválidos, pero sólo me ha venido de aumento 323 Nuevos Soles, todo cuadraría bien si no contemplara el combudtible, pero cómo si a mí la ley me da el 25% me resulta esa cifra, y a uno activo dándosele el 20%, le corresponde una sufra muy superior, que supera los 400 NS. Por favor si alguien pudiera explicarme lo que sucede.

Anónimo dijo...

BUENAS TARDESSOLO QUERIA SABER SI SE INCLUYE A LOS DECUENTOS JUDICIALES POR ALIMENTOS
GRACIAS

Anónimo dijo...

SOY EL TCO1 (R) EP, TODOS RECLAMA PERO NO SE HABLA NADA DE LOS PENSIONADOS QUE PACIFICAMOS EL PAIS DONDE ESTA EL AGRADECIMIENTO ME INDIGNA VER QUE TODOS SACAN CUENTAN , OTROS RECLAMAN IGUALDAD DE SUELDOS QUIEREN MAS PLATA Y MAS PERO NO PIENSAN EN LOS HOMBRES QUE LE ENSEÑAMOS TODO LO QUE SABEN AHORA, BASTA DE DESCRIMINACION CON LOS EFECTIVOS EN SITUACION DE RETIRO PEDIMOS IGUALDAD, SOMOS SUBALTERNOS Y SIEMPRE GANE UN MISERABLE SUELDO, AHORA CUANDO ESTOY EN MIS CUARTELES DE INVIERNO VIENE EL FAMOSO BONO, INCREMENTO, ETC ETC, PERO SOLO PARA UN GRUPO Y LOS QUE CUMPLIMOS QUE SOMOS PUBLICO O QUE PORFAVOR, BASTA YA DE ABUZOS EN ESTE PAIS NO SE RESPETA LA LEY ES BIEN CLARA, OJALA QUE NUESTROS REPRESENTANTES LUCHEN POR NUESTROS DERECHOS GANADOS EN EL CAMPO OPERATIVO Y NO EN UNA OFICINA, TODOS DEBEMOS SER UN SOLO PUÑO PARA FIJAR UNA BUENA BASE PARA EL FUTURO DE LOS QUE CON EL TIEMPO CUMPLIDO PASAN AL RETIRO Y NO QUEDRAN ESTAR RECLAMANDO COMOM NOSOTROS, DEBEN TENER PRESENTE QUE LAS INSTITUCIONES PASAN LOS GRADOS Y EL UNIFORME SOLO SERAN RECUERDOS BONITOS SEÑORES GRACIAS POR LEER ESTE PENSAMIENTO.

Anónimo dijo...

uds. dicen que no el importe que coresponde por DU. 020-2011 no esta sujeto apension de alimentos . quisiera que me indique donde dice eso en el articulo 5 por ningun lado dice no afecto a descuentos judiciales, lo que si indica que no estara afecto a descentos sociales se refirea los de ley, , no formaran parte pa beneficios sociales , . para CTS. o cualquier otros tipode bonificaciones etcetc eso se refiere los benefiicios o asignaciones o entregas a favor del miembro policial en ningun aldoi menciona descuentos judicales asiq eu la opinion que ud. le dan a la persona que les consulto esta errada seria bueno que ud. como kmiembros policiales actuen con equidad y de acuerdo aley y si lo consideren a para el descuento judicial y no se se esa opinion errada que lo ahcen simplem,ente para favorecer al policia y que no piensan en la familia policial acadso no es el amumento para mejorar la calidad de vida a la familia poliial o es que uds ya no consideran familia policial a los hijos o esposas y/o ex esposas de aquelllos policias que no que ya no viven juntos a ellos pero que tambien son familia policial o para uds, no es asi le spido tambienpiensen en esa familia policial a quien tambien les corresponde ests incrementos y no como uds. interpretan la ley a su manera o acaso es necesario un DS que les aclare este malentendido o interp´reacion erronea qu uds. tienen. les rogaria revisen y analizen bien EL DU. 020-2011 porque uds. lo estan interpretando mal y perjudicando quizas amuchos beneficiarios. a quienes les correponden por descuentos judiciales por alimentos a favaor de los menosres hijos. gracias. confio en su buen criterio.