martes, 3 de mayo de 2011

CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL: NO SE PUEDE CEDER LO IMPORTANTE POR UN BENEFICIO MENOR

Antero Flores-Aráoz E.
Una de las tantas enseñanzas bíblicas, es que no se puede vender la primogenitura por un plato de lentejas, y generalizando ello, no tiene lógica ceder lo importante y trascendente por simple beneficio menor, así sea inmediato.

Lo expresado nos ha venido a la mente en relación con el reciente Decreto de Urgencia por el cual se entregan recursos estatales reducidos a la Caja de Pensiones Militar Policial, para que ella cumpla con sus obligaciones pensionarias, pero se le obliga a transferir sus activos de libre disponibilidad a un patrimonio en fideicomiso, para responder por la devolución de los insuficientes ciento veinticinco millones de soles, que son mero paliativo para la CPMP. La CPMP recibe diminuto recurso financiero que no le soluciona su problemática, pero pierde el manejo y disponibilidad de lo que era su patrimonio libre, que le permitiría administrar su crisis y seguir poniendo en valor activos para su posterior realización en mejores condiciones y rentabilidad, entre ellos un banco. Se conoce perfectamente que los problemas de la CPMP vienen del pasado, desde su creación, al haberse fijado las cotizaciones o contribuciones de los aportantes al sistema previsional en porcentajes menores a los que eran los técnicamente adecuados. Se fijaron los aportes discrecionalmente y sin tener en cuenta estudios actuariales, que son indispensables en materia pensionaria. Más grave aún, se fueron incorporando a la CPMP beneficiarios que no estaban considerados inicialmente, sin que hubiere el correlato de nuevas aportaciones. Desde tiempo atrás se propuso desde los sectores Defensa e Interior un plan de salvataje del sistema previsional privativo de militares y policías, en cuatro acciones perfectamente definidas.

La primera, la intangibilidad del fondo previsional de la CPMP, lo que se logró con la dación de la Ley 29362.

La segunda, la recuperación del Fondo de Respaldo que administraba la ONP, lo que se consiguió con la expedición de la Ley 29377.

La tercera medida era la conciliación de cuentas entre el Estado representado por el Sector Economía y Finanzas, con la CPMP, ya que ésta considera que hay adeudos del Estado hasta ahora insatisfechos. Pese a los reiterados pedidos, trámites y gestiones desde los ministerios de Defensa e Interior, no se ha logrado sentar en una misma mesa al MEF con los representantes de la CPMP, para establecer mutuas obligaciones y netear saldos.

La cuarta medida, después de la conciliación, era calendarizar el neto que pudiere resultar adeudando el Estado a la CPMP, así como efectuar los cálculos actuariales para elevar aportaciones al sistema, lo que tendría que hacerse necesariamente elevando remuneraciones de los aportantes para que el aumento de sus cotizaciones no les resultara un recorte real de sus ingresos.

Esto tampoco se ha hecho. No tiene mucha lógica que si, a ojo de buen cubero, el Estado es deudor de la CPMP en mayor importe que la transferencia de recursos autorizados, se pretenda que una ayuda financiera del primero a la segunda se haga en calidad de préstamo, y más grave cuando el mismo se garantiza con transferencia de bienes en fideicomiso que le corta sus posibilidades de gestión. El Estado exige garantías por una ayuda que en realidad debería ser amortización de sus adeudos por conciliar, pues adeudos de todos modos los tiene. Ya es hora que se proceda a ejecutar las dos etapas faltantes del plan técnico y factible que se propuso para resolver los problemas del sistema previsional de nuestros militares y policías.

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