sábado, 20 de noviembre de 2021

CUARTO ANIVERSARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA LEY 30683

 Lima, 20 de noviembre del 2021

Señores Pensionistas

Hoy se cumplen cuatro (04) años que el Presidente del Congreso de la República Dr. Luis Fernando Galarreta Velarde Promulgó la Ley N° 30683, la que fuera aprobada por Insistencia por el Pleno del Congreso el 09 de noviembre del 2017, Ley que ante la demanda presentada ante el Tribunal Constitucional (en adelante TC) por el Poder Ejecutivo, esta fue declarada INFUNDADA por el Pleno del TC el 28 de setiembre del 2021, por tanto esta Ley es Constitucional, lo que hace que todos los pensionistas continuemos percibiendo el mismo monto de pensión que tenemos a la fecha y los peligros de volver a diciembre del 2017 se acabaron.

Por lo expuesto considero conveniente hacer de su conocimiento algunos hechos que detallan los pasos que se dieron hasta que se dió la Sentencia final en el Tribunal Constitucional. No sin antes pedirles disculpas por lo largo del relato, pero considero que por la fecha es importante que conozcan un resumen de los acontecimientos.

Camino a la integración de las Asociaciones de Pensionistas Unidas de las FFAA y PNP

En vista que ya habían transcurrido dos años desde la publicación de los Decretos Legislativos N° 1132 y N° 1133 y las acciones realizadas para que se respete lo establecido en el Decreto Ley N° 19846, no daban resultados positivos a nuestros intereses, nos reunimos para hacer una evaluación de la situación.

A diciembre del 2014 se habían presentado más de 2,500 Demandas de Amparo, habiéndose resuelto con fecha 16 de setiembre del 2014 el Expediente N° 07357-2013-PA/TC, declarando INFUNDADA la Demanda al no haberse acreditado la alegada vulneración de derechos fundamentales.

Asimismo, teníamos conocimiento que un grupo de pensionistas estaba por presentar una Demanda de Inconstitucionalidad ante el TC, contra el Decreto Legislativo N° 1133, hecho que las Asociaciones no estaban de acuerdo porque el contenido de la Demanda no se ajustaba a nuestros reclamos, inclusive presagiábamos que de presentarse iba a ser declarada INFUNDADA, como finalmente ocurrió.

Independiente de lo manifestado, las Asociaciones individualmente presentaron cartas de reclamo a los Institutos, Ministerios, Defensoría del Pueblo y a diferentes Congresistas, y los pensionistas también habían presentado cartas a los organismos indicados e iniciaron acciones judiciales, cuyos resultados eran adversos.

Ante esta situación, decidimos iniciar gestiones a nivel político, por lo que hicimos coordinaciones para reunirnos a partir de la primera semana de enero del 2015 con asesores de la Secretaria Técnica de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas (en adelante Comisión). Cuando tuvimos la primera reunión nos manifestaron que no procedía nuestra gestión, pero seguimos insistiendo llegando a conversar con asesores de diferentes comisiones, hasta que se logró que entiendan cual era nuestro reclamo y es así que en coordinación con el Presidente de la Comisión (en adelante Presidente) se logró instalar una Mesa de Trabajo el 20 de marzo del 2015, la misma que conto con representantes de los Ministerios de Economía y Finanzas (en adelante MEF), de Defensa y del Interior, de la Defensoría del Pueblo, de la Caja de Pensiones Militar Policial y de diversas Comisiones del Congreso.

En dicha Mesa de Trabajo, se puso en conocimiento de los asistentes cual era nuestra problemática, teniendo la aceptación de la mayoría de los presentes, solo el representante del MEF indicó que no había presupuesto para atender el requerimiento, finalmente el Presidente de la Comisión, que era quien presidia la Mesa de Trabajo (en adelante Mesa) nos convocó para 10 dentro de días en donde cada uno de los Organismos asistentes debería exponer cuál era su posición. Lamentablemente no se pudo continuar con la Mesa porque el MEF manifestó que no seguiría integrando esta, por lo que en coordinación con el Presidente consideramos que no tenía razón continuar con las reuniones de la Mesa sin la participación del representante del MEF, ya que las recomendaciones del informe final no serían aprobadas por este Ministerio.

Ante esta situación, convenimos con el Presidente continuar trabajando con la Comisión y redactar un informe, el mismo que a través del Presidente del Congreso seria remitido al Presidente de la República. El Informe final estuvo listo en junio del 2015, pero culminada la legislatura este no fue firmado por el Presidente de la Comisión.

Paralelo a las gestiones en el Congreso también tuvimos conversaciones con las Asesorías Jurídicas de los Ministerios de Defensa e Interior y los resultados se pueden ver en los informen que presentaban en el segundo semestre del 2015, que eran muy diferentes a los presentados con anterioridad.

Como el Informe fue preparado junto con asesores del Congreso y contenía toda la problemática pensionaria con posibles soluciones a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1133, se convocó a los Presidentes de las Asociaciones y Pensionistas para el 11 de agosto del 2015 al local de ADOFAIP, donde se les hizo de conocimiento la Exposición que se dio en el Congreso y el Informe que se preparó, por lo que al final nos reunimos con los Presidentes y directivos de las Asociaciones que asistieron, lo que se dió inicio al trabajo en equipo de las Asociaciones, redactándose días después una carta dirigida al Presidente de la República, solicitándole que “se dé estricto cumplimiento a lo establecido en la Ley de Pensiones Militar Policial, Decreto Ley N° 19846 y sus normas modificatorias y complementarias” y posteriormente un Proyecto de Ley, el mismo que el Presidente de la Comisión de Defensa Nacional, hizo suyo.

Con fecha 07 de setiembre del 2015, ante la presencia de 200 Pensionistas, se le dió una exposición de nuestra problemática pensionaria a la Presidenta del Partido Político Fuerza Popular, Sra. Keiko Sofía Fujimori Higuchi, quien al término de la misma, nos manifestó:

“Si llego a ser Presidenta del Perú, será el primer acto de mi gobierno que realizaré, porque el Perú le tiene una gran deuda a sus Fuerzas Armadas y a su Policía Nacional y en caso no sea elegida los Congresistas de la bancada tendrán este encargo”.

Promulgación de la Ley N° 30683

Durante la Legislatura del 2016 se presentaron los siguientes Proyectos de ley en el Congreso de la República:

·           Proyecto de Ley N° 0699, presentado por el Congresista Edwin Donayre Gotzch,

·           Proyecto de Ley N° 0776, presentado por el Congresista Luis Alberto Yika García,

·           Proyecto de Ley N° 1300, presentado por el Congresista Alberto Quintanilla Chacón.

Congresistas que durante todo el proceso apoyaron permanentemente la aprobación de la Ley, tanto en el Congreso durante las sesiones en las Comisiones, en el Pleno y coordinando con sus bancadas para que voten a favor; mediáticamente y haciendo gestiones ante las diferentes autoridades del Poder Ejecutivo. Por lo que les estamos agradecidos y siempre los tendremos presente.

Sin embargo, el hecho de tener Proyectos de Ley no garantizaba que en el Congreso se apruebe una Ley, por lo que el entonces Presidente de ASCOREFA, Coronel EP (r) Hugo Lazo Valdeiglesias, coordinó con el Dr. Luis Fernando Galarreta Velarde, quien era Congresista y Vocero de la Bancada de Fuerza Popular, para tener una reunión a fin de que tome conocimiento de nuestra problemática pensionaria, dicha reunión se realizó el 30 de diciembre del 2016 en las instalaciones de ASCOREFA. En esta oportunidad se le hizo una exposición y luego de intercambiar opiniones, el Congresista indicó que nuestro reclamo era justo y que no tenía la limitación de la iniciativa de gasto, por lo que él cómo Vocero de la Bancada de Fuerza Popular se comprometía a apoyarnos y que contáramos con el apoyo de su Bancada y de sus asesores para en el menor tiempo posible el Congreso apruebe la Ley.

El Congresista Luis Galarreta nos convoca a su despacho, el 10 de enero del 2017, donde nos manifestó que había puesto en conocimiento de la Sra. Keiko Sofía Fujimori Higuchi, lo expuesto en la reunión del 30 de diciembre y que ella le había indicado que tiene todo su apoyo, encargándole la responsabilidad para que él saque adelante esta Ley; comunicando a su personal de asesores, presentes en la reunión, que nos apoyen en esta gestión. Con lo que la Señora Fujimori Higuchi, cumplía con su palabra dada ante la presencia de 200 Pensionistas el 07 de setiembre del 2015.

Gracias al apoyo del Congresista Luis Galarreta y sus asesores se logró que en los primeros días de abril del 2017, se tengan dos pre-dictámenes listos para ser debatidos en las Comisiones: uno en la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas (en adelante Comisión de Defensa Nacional) y otro en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. Por lo que el 17 de abril del 2017, la Comisión de Defensa Nacional, presidida por la Congresista Luciana León Romero, debate el pre-dictamen y lo aprueba por unanimidad.

El jueves 04 de mayo del 2017, el Pleno del Congreso presidido por la Congresista Luz Salgado Rubianes, debate el Dictamen que aprobó de la Comisión de Defensa Nacional el 17 de abril. Durante esta sesión nos reunimos con el Congresista Galarreta y sus asesores, para revisar el Dictamen, realizando algunas modificaciones, por lo que el Congresista durante su intervención presenta un Texto Sustitutorio, el mismo que fue aprobado por 102 votos a favor, 0 votos en contra y 15 abstenciones.

El 10 de mayo, el Legislativo envía al Ejecutivo la Autógrafa de Ley aprobada el 04, pero lamentablemente esta fue observada por el Ejecutivo, enviándola al Congreso el 31 de mayo. Por lo que el 12 de junio la Comisión de Defensa Nacional, aprobó por INSISTENCIA la Autógrafa de Ley que fue Observada por el Ejecutivo.

El Ejecutivo, con el fin de dejar su efecto esta Autógrafa de Ley, presenta un Proyecto de Ley el 12 de junio y otro el 18 de setiembre, los mismos que fueron desestimados por la Comisión de Defensa Nacional y enviados al archivo.

El 26 de Julio al asumir el cargo como Presidente del Congreso el Dr. Luis Fernando Galarreta Velarde, manifestó:

“Mi gestión estará atenta y pendiente de nuestros héroes que enfrentaron a ese enemigo interno, sangriento y cobarde llamado terrorismo, hoy día hay muchas de las normas aprobadas y promesas realizadas que no se han concretizado, un país moderno que camina a la modernidad, su Congreso no puede darse el lujo de olvidar a estos héroes”.

En los primeros días de agosto, tuvimos una reunión con el Presidente del Congreso y nos manifestó que antes de diciembre se pondría en agenda el Dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, aprobado por INSISTENCIA el 12 de junio.

El 16 de agosto tuvimos una reunión con el Presidente de la Comisión de Defensa Nacional, Congresista Javier Velásquez Quesquén, a quien le pusimos en conocimiento el estado en que se encontraba nuestro reclamo y luego de escucharnos nos manifestó que el haría suyo este y hablaría con el Presidente del Congreso para que lo ponga en agenda del Pleno.

Desde esta fecha el Congresista Velásquez, fue un defensor de nuestra Ley, no solo en el Congreso, sino también ante el Ejecutivo y la prensa.

El 03 de octubre, durante una Conferencia de Prensa, el Presidente del Congreso, Congresista Luis Fernando Galarreta Velarde, manifestó:

       Antes de que Fernando Zavala deje la Presidencia del Consejo de Ministros me solicitó más tiempo para presentar una nueva propuesta de homologación de pensiones para las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.

       Agregó, que en reciente reunión con Mercedes Aráoz, nueva jefa de la Presidencia del Consejo de Ministros, también se tocó este punto y las bancadas acordaron que cuando ella vaya al Congreso el 12 de octubre a pedir el voto de confianza se le consultaría sobre la homologación.

       No obstante, Luis Galarreta dijo que se comprometía a aprobar antes de que acabe el año esta medida ya sea por insistencia o no.

El Presidente del Congreso, Congresista Luis Fernando Galarreta Velarde, cumple con su compromiso al poner en agenda del Pleno el Dictamen para que sea debatido y aprobado por insistencia el 09 de noviembre. Dictamen que el Pleno aprobó por INSISTENCIA con 77 votos a favor, 0 votos en contra y 6 abstenciones de los Congresistas de Peruanos por el Kambio. En este Pleno no podemos olvidar la defensa que se hizo a la Ley por los Voceros de las diferentes Bancadas en especial por el Congresista Javier Velásquez Quequen, lo lamentable fueron las palabras del Congresista de PPK Vicente Antonio Zevallos Salinas.

Finalmente, el Presidente del Congreso, Congresista Luis Fernando Galarreta Velarde, promulga la Ley N° 30683 el 20 de noviembre del 2017. (Ver link)

Ceremonia de Promulgación Ley a favor de los pensiones del personal militar y policial: https://www.youtube.com/watch?v=Iv2HnT-Jzug

Defensa de la Ley N° 30683 ante el Tribunal Constitucional

Una vez promulgada y publicada la Ley N° 30683, el Poder Ejecutivo debía elaborar y publicar su reglamento, es así que en los primeros días de diciembre del 2017 tomamos contacto con miembros que integraban la comisión de elaboración del reglamento y debido a esta coordinación es que el 29 de diciembre del 2017 se hace de conocimiento de los pensionistas que el reglamento se publicaría a fines de enero 2018, como así ocurrió ya que se firmó el 29 y se publicó el 30 de enero del 2018; además se les comunicó que el primer pago se haría en febrero, que el reintegro de enero se haría con el pago de marzo y que el pago se haría como establece el artículo 10 del Decreto Ley 19846, tal como ocurrió.

Al respecto, se hace de su conocimiento que para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 30683 y su reglamento, el MEF no otorgo fondos a los Ministerios de Defensa e Interior, por lo que para cumplir con el pago mensual lo hicieron con los recursos que tenían de acuerdo al presupuesto aprobado para el 2018. Debido a esta situación solo había fondos para pagar al personal de la CPMP hasta agosto y al personal del Montepío hasta setiembre, por lo que a mediados de julio del 2018 se tuvo una reunión con los Ministros de Defensa e Interior solicitándoles que gestionen los fondos correspondientes. Pero lamentablemente llegamos al martes 11 de setiembre y no se había publicado ninguna Ley que asigne los fondos, por lo que presentamos esta situación al Teniente General FAP Jorge Kisic para que en su condición de ex Ministro de Defensa gestione dichos fondos, es así que la Congresista Mercedes Araoz durante la Sesión del Pleno del Congreso del jueves 13 presenta un Texto Sustitutorio al Dictamen de la “Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas”, tal como lo establece el artículo 25 de la Ley N° 30847 de fecha 18 de setiembre del 2018, es así que se pudo cumplir con el pago a los pensionistas de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional hasta diciembre del 2018.

Paralelamente a la elaboración del reglamento de la Ley N° 30683, el Poder Ejecutivo en la Sesión del Consejo de Ministros del 27 de diciembre del 2017 acuerda aprobar que el Presidente de la República interponga una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 30683. Asimismo, se acordó que el MEF proponga un proyecto de Ley para solucionar el problema de las pensiones de los militares y policías.

Al respecto se hace de su conocimiento que con fecha 10 de enero el MEF presentó en la Sesión del Consejo de Ministros el Proyecto de Ley indicado para su aprobación, pero el Ministro de Defensa, Teniente General FAP Jorge Kisic que había asumido el cargo el día anterior, solicito tiempo para evaluarlo, con lo que no prospero este intento.

Con fecha 30 de enero, la misma fecha en que se publica el reglamento de la Ley, el Procurador Público Especializado en Materia Constitucional, en representación del Poder Ejecutivo, se apersono ante el TC para interponer demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 30683, expedida por el Congreso de la República.

Tomamos conocimiento que por la carga de causas que tenía el TC la vista de la causa de esta demanda en audiencia pública se programaría para mediados del 2019, pero con fecha 14 de agosto del 2018 nos enteramos que el Ejecutivo tenía intenciones de no seguirnos pagando lo que corresponde a la Ley N° 30683 y coincidentemente en esta fecha el TC programa la audiencia pública para el 24 de agosto, días antes de que se presente el anteproyecto del presupuesto al Congreso.

El 15 de agosto a las 0900 horas los presidentes de las Asociaciones de Pensionistas Unidas nos reunimos con el Congresista Javier Velásquez para evaluar la situación. Luego tuvimos conversaciones con el Procurador del Congreso y con oficiales de la Marina de Guerra y el Congresista Carlos Tubino, a fin de dar nuestros aportes para las exposiciones que cada uno daría el 24 de agosto durante la audiencia pública en Arequipa.

Luego de la audiencia pública en Arequipa y ante la posibilidad de que en la sesión del pleno del TC del 28 de agosto se resuelva la demanda, entre el 24 y el 27 nos reunimos con el Congresista Javier Velásquez y preparamos información que responda a las interrogantes que plantearon los Magistrados durante la audiencia, las mismas que el Congresista Velásquez presento a un Magistrado el lunes 27. Esta información aclaraba las interrogantes, documentación que se presentó al TC con fecha 06 de setiembre.

A partir de esta fecha y en el transcurso del 2019 el Congresista Velásquez consiguió reuniones con 6 de los 7 Magistrados y tuvo la gentileza de invitarnos a acompañarlo. Como balance de estas reuniones considerábamos que no se tenían los votos en el TC para declarar Fundada la demanda, tal como se les puso en conocimiento durante el 2019:

“Al respecto hay que tener en cuenta que son siete los Magistrados que integran el Tribunal Constitucional y para que se declare Fundada la Demanda se requieren de cinco votos, que por lo que se conoce no se tienen, razón por la cual a la fecha no se ha puesto en debate en el Pleno del TC el proyecto elaborado por la Magistrada ponente, Dra. Marianella Ledesma Narváez. ¿Ustedes no creen que si se tuvieran los votos, teniendo la presión del Ejecutivo para que lo resuelva a su favor, lo hubieran ya resuelto?”

Finalmente el TC, luego de más de dos años de la Vista de la Causa en Audiencia Pública en la Sesión del Pleno del TC del 28 de setiembre del 2021 declaran INFUNDADA la demanda por no tener los votos y por tanto la Ley N° 30683 es Constitucional y el peligro de que nos reduzcan la pensión se acabó para bien de cerca de cien mil familias de la Fuerza Armada y Policía Nacional del Perú.

De acuerdo con la Razón de Relatoría:

“Al no haberse alcanzado cinco votos conformes para declarar la inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada, corresponde declarar INFUNDADA la demanda, conforme a lo previsto en el artículo 107 del Nuevo Código Procesal Constitucional y en el artículo 5, segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional”.

Agradecimiento

Desde que se publicó el Decreto Legislativo N° 1133 tanto las asociaciones de pensionistas como los pensionistas optaron por recurrir al Poder Judicial y al TC procurando la Inconstitucionalidad de dicho Decreto Legislativo.

Cuando las Asociaciones deciden unirse y designar un Coordinador General, acuerdan acudir al Congreso para buscar la modificación o derogatoria de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1133.

Las Asociaciones de Pensionistas Unidas de las FFAA y PNP, optaron por seguir un trabajo silencioso y con respeto a la autoridad, no considerando necesario presentar cartas u oficios ya que se gestionaron reuniones con las autoridades para exponerles directamente nuestros requerimientos y tener un intercambio de opiniones con los interlocutores, es así que se tuvo reuniones en el Poder Ejecutivo con Ministros, Directores y asesores, en el Poder Legislativo con el Presidente del Congreso, voceros de las Bancadas, Congresistas, asesores y el Procurador del Congreso, posteriormente con miembros de la comisión encargada de elaborar el Reglamento de la Ley y finalmente con Magistrados y asesores del Tribunal Constitucional acompañando al Congresista Javier Velásquez, en estas reuniones luego de presentarles nuestra problemática e intercambiar opiniones les dejábamos una ayuda memoria especifica del tema tratado en una o dos páginas.

Debido a estas reuniones obteníamos información de primera mano, que se las hacíamos conocer, aunque habían pensionistas que nos criticaba, pero ahí están los hechos, en agosto del 2017 se les comunica que antes de diciembre se aprobaba la Ley (9 de noviembre fue aprobada por el Pleno del Congreso y el 20 de noviembre fue promulgada por el Presidente del Congreso), a fines de diciembre del 2017 se les comunica que a fines de enero se publicaría el Reglamento de la Ley y que se pagaría en febrero con el reintegro de enero en marzo (el 29 de enero se firma el Reglamento y se publica el 30 de enero, en febrero se paga la Remuneración Consolidada y en marzo se reintegra lo correspondiente a enero 2018), a fines del 2019 se les comunica que el TC no tenía los votos para declarar Fundada la Demanda del Ejecutivo, por lo que no la pone en debate (el 28 de setiembre del 2021 por falta de votos el TC declara Infundada la demanda).

Nos preocupamos en tener información cierta para hacérsela de conocimiento, no dándoles noticias que los preocuparan, siempre buscamos su tranquilidad, su confianza y su apoyo.

Las Asociaciones Unidas no éramos partidarios de organizar marchas ni plantones a no ser que lo consideremos necesario, por eso solo programamos dos marchas una en mayo antes que el Poder Ejecutivo Observe la Ley aprobada por el Congreso el 04 de mayo del 2017 y otra en octubre del 2017 antes de que el Congreso apruebe y promulgue la Ley. La calle ayuda pero consideramos que había que llegar a las autoridades y explicarles en qué consistía nuestro reclamo.

Por lo logrado agradecemos todos los que han hecho posible la Promulgación de la Ley N° 30683 y que sea declarada Infundada la demanda contra dicha Ley. A la Presidenta de Fuerza Popular, Sra. Keiko Sofía Fujimori Higuchi, por haber cumplido con su palabra dada el lunes 07 de setiembre del 2015, ante la presencia de 200 Pensionistas, encargando al Congresista Luis Galarreta que haga realidad nuestras aspiraciones. Agradecemos al Congresista Luis Fernando Galarreta Velarde, quien desde enero del 2017 junto con sus asesores, llevo adelante el encargo de su lideresa, culminando su gestión con la promulgación, como Presidente del Congreso, de la Ley el 20 de noviembre del 2017.

También agradecemos a los Congresistas que presentaron los Proyectos de Ley: Congresistas Edwin Donayre Gotzch, Luis Alberto Yika García, Alberto Quintanilla Chacón los mismos que en todo momento defendieron nuestro justo reclamo. Agradecemos al Congresista Javier Velásquez Quesquén, por la defensa que hizo a nuestros derechos no solo hasta que se promulgo la Ley, sino también por las gestiones que realizo ante los Magistrados del Tribunal Constitucional. Agradecemos a todas las bancadas que votaron a favor de nuestra Ley, en los dos Plenos, incluyendo a la bancada de PPK ya que no voto en contra, reconociendo nuestro justo reclamo al abstenerse, a pesar de las consignas del Ejecutivo. Agradecemos a los asesores del Congreso que prepararon la documentación correspondiente.

Agradecemos a las organizaciones y pensionistas de todo el territorio nacional y extranjero, porque con sus marchas, plantones, sugerencias, coordinaciones con Congresistas aportaron para este logro.

Finalmente, se agradece a las Asociaciones que integran las Asociaciones de Pensionistas Unidas de las FFAA y PNP, porque al tomar el acuerdo de unirse y designar un Coordinador General, permitieron realizar un trabajo coordinado, silencioso y alturado, respetando los procedimientos y a la autoridad, con lo que las gestiones realizadas ante las diferentes autoridades hicieron posible la aprobación de la Ley N° 30683, restituyéndose un derecho que por la Constitución y el Decreto Ley N° 19846 nos corresponde y que el TC declare Infundada la demanda que presento el Poder Ejecutivo.

Cuídense y cuiden a sus familiares.

Atentamente,

Coordinador General de las Asociaciones de

Pensionistas Unidas de las FFAA y PNP

Coronel FAP (r)

Fredy Arias Portugal

969647549

ASOCIACIONES DE PENSIONISTAS UNIDAS DE LAS FFAA Y PNP

ADOFAIP – AOFAP – ASOMAR – ANOPPER - ANAPOL PNP – LHBGCP - ASOFER GRP - ADOFER SPNP - ASOFIS PNP - AOPIP-21 MAYO – ASCOREFA – ASCOFA - ASMAFAR – ALIANZA – FRENADE - APROPOL PERU – ASVIFAPOL – APENFFAAPONA – ANSORFAP – ATOMER - FENAPOL PERU OPS – FEDERPOL – APOFEP - ASSO PNP – ASTYSOREP – ATSIFAP - AMSO PNP – AMSOTECC-PNP - ASANP – ASIMAP – ASORCOMA – ASTOSUBPE – ASTOR – APUAG – ABVPIP – ASVISTSEP – AVISFAIP - ADISVIDA MAG – ADPEXCOMFAP – ADISFFAAP – ASECODEP - APPREX-USA



lunes, 1 de noviembre de 2021

PRONUNCIAMIENTO DEL TC SENTENCIA A FAVOR DE LOS PENSIONISTAS

 Fredy Arias

 <frearpo@gmail.com>
CCO:carh61@yahoo.com
dom, 31 de oct. a las 9:27 a. m.

Lima, 31 de octubre del 2021

Estimados Pensionistas

Hoy, al haberse publicado hoy 31 de octubre del 2021 la Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 28 de setiembre del 2021, del expediente 0002-2018-PI/TC que ha resuelto: Declarar INFUNDADA la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Presidente de la República contra la Ley 30683, expedida por el Congreso de la República, se confirma que la Ley 30683 es Constitucional y por tanto todos los que nos encontrábamos como pensionistas antes del 10 de diciembre del 2012 continuaremos percibiendo como pensión, la Remuneración Consolidada, que se hizo efectiva  a partir de enero del 2018.

En esta oportunidad no podemos olvidar a las personas que hicieron realidad este derecho, por lo que a continuación les recuerdo los nombres de las personas que hicieron posible la Ley 30683:

A los Congresistas que presentaron Proyectos de Ley y defendieron nuestro justo reclamo en el Congreso:

·           Edwin Donayre Gotzch

·           Luis Alberto Yika García y

·           Alberto Quintanilla Chacón.

Asimismo,

A la Sra. Keiko Sofía Fujimori Higuchi, que cumpliendo su promesa de campaña, autorizó al Vocero de la Bancada de Fuerza Popular Congresista Luis Fernando Galarreta Velarde para que en el menor tiempo posible el Congreso apruebe la Ley.

Al Congresista Luis Fernando Galarreta Velarde, que luego de la reunión que tuvimos, realizo lo siguiente:

·           Informo a la Sra. Fujimori nuestra exposición y ella no solo le autorizo, sino que le encargo para que personalmente haga realidad la Ley.

·           Comunico a los asesores de la Bancada para que trabajemos juntos, es así que con su apoyo en los primeros días de abril del 2017, se tenían dos pre-dictámenes listos para ser debatidos: uno en la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas y otro en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social.

·           En el Pleno del jueves 04 de mayo, presento y sustento un Texto Sustitutorio al Dictamen que fue aprobado por la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas, el mismo que fue aprobado por 99 votos a favor, 14 abstenciones y ningún voto en contra.

·           Como Presidente del Congreso, pone en agenda del Pleno el Dictamen para que sea debatido y aprobado por insistencia el 09 de noviembre. Dictamen que el Pleno aprobó con 77 votos a favor, ningún voto en contra y 6 abstenciones (Bancada de PPK).

·           Promulga la Ley 30683 el 20 de noviembre del 2017.

Al Congresista Javier Velásquez Quesquén, que cuando asumió la presidencia de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas, luego de ponerle en su conocimiento el estado en que se encontraba nuestro reclamo, nos manifestó que el haría suyo este y hablaría con el Presidente del Congreso para que lo ponga en agenda del Pleno.

·           Defendió la Ley, no solo en el Congreso, sino también ante el Ejecutivo y la prensa.

·           Durante su gestión como presidente de la Comisión de Defensa Nacional, envía al archivo los Proyectos de Ley que el Ejecutivo presento el 12 de junio y el 18 de setiembre, con la intención de dejar su efecto la Autógrafa de Ley que aprobó el Congreso.

·           Como el Ejecutivo presenta una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 30683, el Congresista Velásquez hace suyo el problema y personalmente se reúne con los magistrados del Tribunal Constitucional defendiendo la Ley 30683. Hecho que le ha venido haciendo seguimiento hasta que la pusieron al voto en el TC.

A las Asociaciones de Pensionistas Unidas de las FFAA y PNP, que tomaron los siguientes acuerdos:

·           Unirse, para realizar un trabajo coordinado, silencioso y alturado, respetando los procedimientos y a la autoridad.

·           Buscar la solución a nuestra problemática en el Congreso.

·           Nombrar un Coordinador General para que realice las gestiones ante los Poderes Legislativo y Ejecutivo y ante el Tribunal Constitucional acompañando al Congresista Velásquez.

·           Mantenernos unidos e invitar a las asociaciones que deseen integrarse para dar solución a temas de interés de la familia militar policial, en especial recuperar la capacidad adquisitiva que se ha disminuido en 30% aproximadamente.

A todos los que de alguna forma han realizado gestiones y movimientos que la hicieron posible la aprobación de la Ley 30683, restituyéndose un derecho que por la Constitución y el Decreto Ley N° 19846 nos corresponde.

A todos los Pensionistas, por haber confiado en el trabajo realizado y que hoy culmina con la publicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional, por lo que los invito a brindar en familia por haber conseguido que la Remuneración Consolidada que actualmente percibimos se mantiene.

Atentamente,

Coordinador General de las Asociaciones Unidas de las FFAA y PNP

Coronel FAP (r)

Fredy Arias Portugal

969647549

martes, 17 de agosto de 2021

PRONUNCIAMIENTO DE LOS EX ALTOS MANDOS DE LA MARINA DE GUERRA DEL PERÚ

 PRONUNCIAMIENTO DE LOS EX ALTOS MANDOS DE LA MARINA DE GUERRA DEL PERÚ 

Los Vicealmirantes en situación militar de retiro, que desempeñaron los cargos de Ministro de Marina y de Defensa, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y Comandante General de la Marina, ante los comentarios formulados por el actual Ministro de Relaciones Exteriores Héctor Béjar Rivera, hechos públicos el domingo pasado, por un medio de comunicación televisivo, donde menciona que “…el terrorismo en el Perú lo inició la Marina y eso se puede demostrar históricamente y han sido entrenados para eso por la CIA…”, manifiestan lo siguiente: 

1. Nuestro rechazo a estas agraviantes afirmaciones, por ser difamatorias y ofensivas al honor y dignidad de la Marina de Guerra del Perú (Marina) así como contra los familiares y deudos de los integrantes de la Institución que inmolaron su vida en defensa de la democracia y de la Patria y que han sido reconocidos por el país como héroes de la Pacificación Nacional. 

2. Nuestro repudio al Ministro Béjar, que evidenciando su ideología marxista comunista, pretende cambiar la historia, formulando estas imputaciones irresponsablemente, cuando, por el contrario, fue la Marina una de las instituciones que más participación tuvo en el combate contra el terrorismo, que tanto daño, destrucción y muerte causó en nuestra Patria y cuyos remanentes aún vienen afectando la paz de nuestro país en la zona del VRAEM. 

3. Nuestro requerimiento al Ministro de Defensa, para que en su condición de titular del sector y responsable de la aplicación de la política de defensa, rechace públicamente las afirmaciones, formuladas por el señor Béjar, por afectar, sin prueba alguna, la imagen y el honor de la Marina, Institución integrante del Sistema de Defensa Nacional, bajo su directa responsabilidad. 

4. Nuestra indignación porque Héctor Béjar, quien fuera sentenciado por el delito de sedición, esté desempeñando actualmente el cargo de Ministro de Relaciones Exteriores ya que con sus aseveraciones daña la imagen de la Marina, como Institución tutelar de la Patria y afecta la seguridad nacional de nuestro país por ser, como Canciller de la República, integrante del Consejo de Seguridad Nacional. 

Vicealmirantes AP (r) Julio Pacheco Concha Hubner, Óscar Anderson Noriega, Óscar Jahnsen Raygada, Alfredo Arnaiz Ambrosiani, Víctor R. Ramos Ormeño, Luis Vargas Caballero Cooban, Alfredo Palacios Dongo, José Noriega Lores, Jorge Ampuero Trabucco, Eduardo Darcourt Adrianzén, Jorge Montoya Manrique, José Aste Daffos, Carlos Gamarra Elías, Rolando Navarrete Salomón, Jorge De la Puente Ribeyro, José Cueto Aservi, Carlos Tejada Mera, Edmundo Deville Del Campo, Jorge Moscoso Flores, José Paredes Lora, Gonzalo Ríos Polastri, Fernando Cerdán Ruiz, Ricardo Menéndez Calle.
 
Lima, 16 de agosto del 2021


Alianza por la Reivindicación de las FFAA y PNP 
 COMUNICADO No 027-2021  
Lima, 16 de Agosto 2021 
Quienes integramos la Alianza por la Reivindicación de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú nos dirigimos en esta oportunidad a la opinión Pública en general para expresar lo siguiente: 
1.- Es indignante que el ciudadano que actualmente funge de Canciller de la República, se haya expresado- poco ha- en un Canal de Televisión contra el honor y gloria de una de las Instituciones Tutelares de la Patria como lo es la Marina de Guerra del Perú manifestando que “EL TERRORISMO EN EL PERÚ LO INICIÓ LA MARINA Y ESO SE PUEDE DEMOSTRAR HISTÓRICAMENTE Y HAN SIDO ENTRENADOS PARA ESTO POR LA CIA.” 
2.- Estas expresiones del señor, si es que así podemos llamarlo, Héctor Béjar Rivera son propias de quien en el primer lustro de la década de los sesenta del siglo pasado fue entrenado como guerrillero en la Cuba Revolucionaria de Fidel Castro, para luego integrar el Movimiento de Izquierda Revolucionario y fundar el Ejército de Liberación Nacional, a fin de participar en las guerrillas de 1965 y matar algunas personas, purgar prisión en la Isla del Frontón luego de ser capturado; hasta que fuera indultado en el Gobierno de Izquierda de Juan Velasco Alvarado. 
3.- Solo mediante el razonamiento lógico se puede llegar a la conclusión que el terrorismo en el Perú se fue incubando desde esa época, para iniciar sus actividades criminales a comienzos de los 80 en el segundo gobierno de Fernando Belaúnde Terry, es decir este Canciller comunista de formación y convicción, busca auto exculparse manchando el honor de una Institución en la cual muchos de sus integrantes ofrendaron sus vidas en la lucha contra el Terrorismo, para heredarnos una Patria viable, en continuo progreso, con gente emprendedora empeñada en la búsqueda de un estatus de bienestar, que el gobierno que él integra, pretende destruir. 
4.- Rechazamos tajantemente las imputaciones vertidas contra la Marina de Guerra del Perú y lo menos que podemos pedirle a este Canciller que no merece lucir el Fajín que ostenta, es una rectificación pública y la renuncia como Ministro de RREE, pues es evidente que por su edad e ideología no está en condiciones ni tiene las competencias para ejercer las funciones que exigen tan delicado cargo. 
5.- A los Marinos de ayer y hoy, que vistieron y visten tan sagrado uniforme, nuestro total respaldo y es deber como patriotas, el seguir el derrotero que nos señalara el más insigne de todos los peruanos, el Almirante Don Miguel Grau Seminario, el Peruano del Milenio, un demócrata insigne, siendo nuestra obligación como él en su momento lo hiciera, el defender la democracia porque aún con sus defectos, es la mejor forma de gobierno. 

¡¡¡VIVA LA MARINA DE GUERRA DEL PERU¡¡¡ ¡¡¡VIVA NUESTRAS FUERZAS ARMADAS¡¡¡ ¡¡¡VIVA NUESTRA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ¡¡¡ ¡¡¡VIVA EL PERU¡¡¡ 

COMISION EJECUTIVA ADOFAIP-ASOMAR-ADOFERS.PNP – AMHOLE – ANOPER – ANSORFAP – AOPIP – APPREX.EEUU – ASANP –ASTOSUBPE- ASOMAR – ASOFER.GRP – ASOGLOPIP.EEUU – ASORPIP – ATSIFAP – ATSIFAP.PIURA - ATSIFAP.TALARA - ATSIFAP. AREQUIPA-ATSIFAP.IQUITOS - ATSIFAP.CHICLAYO - ATSIFAP.PISCO -ASTYSOREP – ASTYSOREP. SULLANA ASTYSOREP CHICLAYO - ASTYSOREP.TRUJILLO - ASTYSOREP.IQUITOS- ASTYSOREP.MOQUEGUA - ASTYSOREP.TACNAASTYSOREP.HUANCAYO -ASTYSOREP.PUNO - ASTYSOREP.AYACUCHO - ASTYSOREP.SAN MARTIN - AVISTOMAR – AS 21 DE MAYO – CACOP – COM.COOR. – FEDERPOL - COMIPOL.PIURA – COMIPOL. TUMBES – FREUMILPOL. AREQUIPA – INTERNATIONAL POLICE ASSOCIATION. SP –APOFEPASOFIS. AV. SAN FELIPE No 379- 2o piso—JESUS MARÍA. Email: alianza_secretaria_ejecutiva@hotmail.con

viernes, 30 de julio de 2021

 

LA REPÚBLICA DEL PERÚ

MANIFIESTO DE INSURGENCIA CIVIL CÍVICA

PACIFICA

APOLÍTICA

Lima, 25 de julio del 2021

1.     Los ciudadanos soberanos copropietarios del Perú, quienes aprobamos un CONTRATO SOCIAL de convivencia cívica ORDENADA Y PACIFICA en DEMOCRACIA consignando en una orden suprema denominada LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ de obediencia obligatoria para todos los empleados públicos, desde el Presidente de la República hacia los demás cargos, por los que se les paga.

2.     Esta CONSTITUCIÓN soberana, contiene el ARTÍCULO 46 que dispone: LA INSURGENCIA QUE ANULA TODA OBEDIENCIA A QUIEN FUE ILEGITIMAMENTE ELEGIDO O DESIGNADO, dice:

Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes. La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional. SON NULOS LOS ACTOS DE QUIENES USURPAN funciones públicas.

NADIE, SIGNIFICA: UNO, DIEZ, DIEZ MIL, UN MILLÓN DE CIUDADANOS: CIVILES O MILITARES, ANTES QUE NADA, SOMOS CIUDADANOS SOBERANOS Y NUESTROS DERECHOS, SON INTANGIBLES E INALIENABLES.

3.     El auto proclamado ilegítimamente Presidente de la República, no obedeció la orden soberana de cumplir y hacer cumplir la constitución, no comunicó al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que tenia obligatoriamente que entregar LOS PATRONES ELECTORALES a los ciudadanos que lo requirieron reiteradamente, para verificar cada voto suyo, y el Presidente del JNE Salas Arenas, argumento razones contra lo que ordena la CONSTITUCIÓN en el artículo 2 (5), SE NEGÓ EN ABSOLUTO TODAS LAS VECES QUE SE LE REQUIRIÓ y al no hacerlo, el JNE, no cumplió con lo que se le ordena en el artículo 176 de la CONSTITUCIÓN que específicamente le ordena: y a partir de esta negativa, nunca se pudo verificar la veracidad y legitimidad de los votos soberanos.

CAPÍTULO XIII DEL SISTEMA ELECTORAL

Artículo 176°.- El sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno CON HUELLA DIGITAL no de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa.

El JNE hizo todo lo contrario; SE NEGÓ A ENTREGAR Y NO SE PUDO VERIFICAR LOS PADRONES ELECTORALES QUE SON ESPECÍFICAMENTE PARA VERIFICAR Y COMPROBAR LA LEGITIMA VOLUNTAD DE CADA CIUDADANO, QUE HAN VOTADO MUERTOS CON HUELLA DIGITAL Y TODO, MÁS DE 300 ACTAS ELECTORALES QUE HAN SIDO ESCRITAS CON UN SOLO PUÑO Y LETRA y los integrantes del JNE, que son empleados públicos, que no tienen autoridad alguna para quebrantar la CONSTITUCIÓN.

EL CANDIDATO PEDRO CASTILLO, no declaró que era un Gerente General vigente de una empresa constructora, lo cual era causa de anulación como ocurrió con muchos otros candidatos por menos, y en consecuencia su INSCRIPCIÓN ES NULA, IGUAL QUE LA SRA. NIDIA BOLUARTE QUIEN SIENDO MIEMBRO DEL RENIEC, NO RENUNCIÓ A SU CARGO; LO CUAL LE PERMITIÓ PADRONES ELECTORALES QUE USARON EN LAS ELECCIONES; ES DECIR JUEZ Y PARTE. Razón de la TOTAL Y SOSPECHOSA NEGATIVA DEL JNE DE ENTREGARLOS CON LO QUE SE CONCRETÓ UN PROCESO ELECTORAL ARBITRARIO, ILEGITIMO QUE HA DEVENIDO EN NULO.

ESTE PODER SOBERANO DE INSURGENCIA AMPARADO EN EL ARTÍCULO 46 DE LA CONSTITUCIÓN DE LOS CIUDADANOS ES PARA RESTITUIR A LA NORMALIDAD Y HACER CUMPLIR LO QUE LA CONSTITUCIÓN DISPONE:

1)        SON NULOS LOS ACTOS DEL SEÑOR PEDRO CASTILLO, PORQUE ÉL NO GANÓ LAS ELECCIONES, Y SU NOMBRAMIENTO DEVIENE EN ÍRRITO Y NULO.

2)        SE DISPONE QUE LOS MANDOS MILITARES, PERMANEZCAN ES SUS CARGOS, Y CUMPLAN SU DEBER DE APOYAR A LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ A MANTENER EL ORDEN PÚBLICO Y A DEFENDER LA CONSTITUCIÓN.

3)        LOS MILITARES QUE SE SOMETAN A CUALQUIER ORDEN DE UN PRESIDENTE USURPADOR SERÁN DECLARADOS TRAIDORES A LA PATRIA.

A PARTIR DE la publicación de este manifiesto en cualquier medio, quedan NULOS TODOS LOS ACTOS DE LA PLANCHA PRESIDENCIAL DE PERÚ LIBRE.

LOS CIUDADANOS TENGAN CLARO QUE SU DERECHO DE INSURGENCIA ES TOTALMENTE LEGAL Y CONSTITUCIONAL, PORQUE ES SU PODER SOBERANO DE COPROPIETARIOS DEL PERÚ, CADA CIUDADANO INDIVIDUALMENTE, ES LA CONSTITUCIÓN Y NADIE, NINGÚN EMPLEADO PÚBLICO ESTA SOBRE ELLA.

LUGARES DE CONVOCATORIA:

·                Plaza Mayor de Lima y otras similares de las ciudades.

·                Plaza Bolívar frente al Palacio Legislativo.

·                Frente al Palacio de Justicia.

·                Todas las vías de acceso a Palacio Presidencial.

Horas: Las 24 horas con relevos.

Firmado el pueblo soberano del Perú.

Relación de Firmas: