domingo, 28 de junio de 2020

REGLAMENTACIÓN DEL DECRETO LEGISLATIVO 1133

Lima, 26 de junio del 2020
Señores Pensionistas
Con fecha 22 de junio del 2020, el Ministerio de Defensa emitió la Resolución Ministerial Nº 0361-2020-DE/SG, que “Crear el Grupo de Trabajo encargado de evaluar lo propuesta de reglamentación del Decreto Legislativo Nº 1133, formulada por el Ministerio de Economía y Finanzas, considerando la información brindada por Caja de Pensiones Militar Policial”, integrado por representantes de la Dirección General Previsional y Dirección General de Recursos Humano del Ministerio de Defensa y del Ejercito, Marina de Guerra y Fuerza Aérea del Perú, pudiendo convocar como invitados a representantes del Ministerio del Interior y de la Caja de Pensiones Militar Policial.
Esta Grupo de Trabajo se crea, teniendo en cuenta lo indicado en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1133, que establece que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas con opinión de los Ministerios de Defensa y del Interior, se dictarán las normas reglamentarias y complementarias para la mejor aplicación del citado dispositivo y lo establecido en la sentencia del 16 de abril del 2019 (expediente Nº 0009-2015- PI/TC), recaída en la demanda de inconstitucionalidad contra diversos artículos del Decreto Legislativo Nº 1133, dispuso -entre otros- que el Poder Ejecutivo reglamente el citado dispositivo.
Este Grupo de Trabajo elaborara un informe que contenga la opinión sobre el proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1133 remitido por el Ministerio de Economía y Finanzas y la información que ha proporcionado la Caja de Pensiones Militar Policial, sustentando las modificaciones efectuadas e incluyendo recomendaciones para el Ministro de Defensa.
Para evitar confusiones, se les recuerda que el Decreto Legislativo Nº 1133, es un Régimen de Pensiones dirigido al personal militar y policial que inicio la carrera de Oficiales o Suboficiales, a partir del 10 de diciembre del 2012.
La reglamentación del Decreto Legislativo Nº 1133, no tiene nada que ver con la Comisión especial de reforma del sistema de pensiones creada en el Congreso, ya que esta no nos considera por estar orientada solo a la reforma integral del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP).
Asimismo, se hace de su conocimiento que si el martes 30 de junio del 2020 se levanta la emergencia sanitaria causada por el COVID-19, es probable que la primera semana de julio el Tribunal Constitucional programe la Tercera Deliberación Pública, en la que se debatirá la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 30683 (Expediente N° 00002-2018-PI/TC), estaremos atentos, comunicándoles en cuanto tengamos la información, para que puedan seguir el debate por televisión.
Se les recuerda que no hagan caso a videos y sentencias pasadas, así como a un Proyecto de Decreto Legislativo, que no tienen relación con la Demanda de Inconstitucional indicada, propalados por personas mal intencionadas que solo buscan preocupar y confundir a los pensionistas.
Atentamente,
Coordinador General de las Asociaciones de
Pensionistas Unidas de las FFAA y PNP.
Coronel FAP (r)
Fredy Arias Portugal
Teléfono: 969647549

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