domingo, 24 de mayo de 2015

REFLEXIONES OBJETIVAS

MEMORIAL DE UN PENSIONISTA DE LA MGP A LOS PENSIONISTAS DE LAS FFAA Y DE LA PNP, A LAS ASOCIACIONES Y FRENTES DE LAS FFAA Y DE LA PNP:
REFLEXIONES OBJETIVAS
En la actualidad en las redes sociales es muy triste ver vídeos y leer comentarios o artículos, sobre quien tiene la razón de los derechos conculcados por el estado a los Pensionistas de las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, tanto por los pensionistas Oficiales Generales, Superiores y Subalternos contra el Personal de la Plana Menor y estos contra ellos, porqué está sucediendo esto, o que están intentando, constituir un Comando Conjunto de Retirados de las FFAA y de la PNP o qué tipo de organización, para ser liderado por un Oficial General y constituidos por los demás Oficiales, eso se piensa en voces alta, creen estar en actividad y hay que seguir obedeciéndolos, varios pensionistas de la Plana Menor lo hacen, que pena, el respeto nunca se pierde en ambos niveles, es reciproco.

Algunos de ellos, fueron congresistas, Ministros de Defensa y del Interior, Presidente del Comando Conjunto, Comandante General, Jefe del Estado Mayor, Director de Personal, Director de Economía e Inspector General, qué hicieron estos señores, cuanto estaban en actividad por los derechos conculcados desde Julio 1990, nada de nada, porque todo tenían como los actuales, todo era y es  alfombra roja en todos los aspectos; y cuando administrativamente reclamábamos estos derechos, los  declaraban  de improcedentes como hasta hoy, nunca se nos dijo porque, ni tuvieron el coraje de tipificar las disposiciones legales al respecto, señores las leyes están y siguen estando, pero nunca demandaron su cumplimento, por temor a  perder posiciones, privilegios, evitar investigaciones o que,  para estos señores las disposiciones legales estaban en los cajones de sus escritorios, como viene sucediendo hasta hoy, concluyéndose en la vía judicial nacional donde también en algunos casos se gana, pero en la mayoría son declarados de improcedentes, y todo bien gracias, y se está en espera, que suceda con el DS. 213-90-EF y el DL 1133 en la supranacional.

Nunca nosotros teníamos la razón, porque las normas legales sobre este tema como otros propiamente de las instituciones militares y policiales, eran elaborados por ellos y de ahí, al campo político para su aprobación, nunca tuvimos derecho de participar en dichas elaboraciones, no éramos ni somos ignorantes en dichas materias ni tampoco lo son los de actividad.  

Dejen de lado, este tipo de actitudes que a nada conducen, por el contrario nos dividen más y el gobierno está ganando; las aspiraciones al Congreso de la Republica son derechos constitucionales, pero no por esta vía ni menos utilizar los derechos conculcados como una pancarta política, nacería FONOVI II, los gobiernos desde el mes de Julio de 1990 hasta hoy, nos están ganando en este campo, por los hechos precedentes y por otros. ¿Qué ambiciones hay en todo esto?, hay que ser sinceros y no andar con medias tintas.

En Julio de 1990 nace el Decreto Supremo Nº 213-90-EF, desde su origen se producen los reclamos administrativos y judiciales declarados de improcedentes, en la fecha existen procesos judiciales para su aplicación, asimismo en la supranacional; y dicho Decreto está vigente y todos guardan silencio sobre él, porque, y ahora, desde el 12 de Diciembre del 2013, en que aparece el DL 1133, se reinicia una guerra administrativa y judicial por su aplicación a los pensionistas con cédula renovable.

Estas dos normas legales desde sus orígenes hasta hoy, tuvieron la misma metodología de lucha, pero ahora, con diferentes actores públicos, que exigen el respeto a la cédula renovable, en donde sus actores pertenecen a Asociaciones y Frentes de los Militares y de la Policía en Retiro, tratando de demostrar quien pueda más y quien es el débil, no quieren darse cuenta o no se lo han dicho, que el 12 de Diciembre del 2017 el DL 1133, definitivamente congela la cédula renovable. 

Los pensionistas formulan las acciones administrativas respectivas a las entidades correspondientes del estado, y estas responde a paso de tortuga, tanto en la primera instancia como en la apelación, y el tiempo se acorta, y de ahí, a la acción judicial correspondiente, para el pensionista demandante, este sigue reclamando su cédula renovable hasta la conclusión definitivamente de su proceso judicial, si su demanda es declarada de improcedente su cédula renovable, queda definitivamente congelada, y si gana ojala, millones de felicitaciones y aplausos.

Ante lo precedente, las Asociaciones y los Frentes deben tener su personería jurídica por un lado, y por otro, modificar su estatuto, en caso no tipifique, que su organización tiene la facultad de representar legalmente a sus asociados ante el órgano administrativo y judicialmente, con los poderes suficientes y atribuciones, en defensa de los derechos previsionales que no caducan por ser de carácter propietario. Para que luego, accionen sin ningún problema de objeciones por parte de los administrativos y procuradores.

Por otro lado, cada una de estas organizaciones deben de captar, con carácter muy urgente a los retirados y viudas de sus instituciones uniformadas, que tienen derecho a la cédula renovable, para su defensa ante la supranacional, sin haber agotado la vía interna del país, existe una norma de dicha supranacional, que permite dicha acción, el proceso dura de tres, cuatro a cinco años. Así, el próximo gobierno estará entre la espada y la pared, porque un numero bastante considerable de pensionistas con cédula renovable, sentó al estado peruano en el banquillo internacional, y estas denuncias deberían de seguir aumentando. En la supranacional hasta la fecha se sabe que hay dos denuncias sobre el DL 1133, y de disponer la existencia del derecho, solamente es para el denunciante, los demás están en el balcón mirando. No se olviden del 12 de Diciembre del 2017, en esta fecha queda definitivamente congelada la cédula renovable.

El gobierno estuvo y esta logrando dividir a los pensionistas, las pruebas están en la mesa, pensionistas, Asociaciones y Frentes entran al juego, qué se esta ganando con ello, nada, es hora que las organizaciones se unan para emisión de memoriales, marchas, entrevistas y otras acciones, en un solo carril, de continuar así, mejor dicho, cada pensionista que busque su abogado y punto. Paren todo esto ya, un militar divide a otro militar y policía mediante el poder político, en complicidad con congresistas ex uniformados y están ya buscando su reelección, no tienen moral alguna para ello, ni menos quien por desgracia mintió para llegar al poder y nosotros miramos de costado, basta ya.  

Por otro lado, estas Asociaciones y Frentes deben de recolectar las firmas y las copias de los DNI de sus asociados, para que demanden constitucionalmente ante el Congreso de la República a los ex Ministros de Defensa, del Interior y del Ministro de Económica y Finanzas que firmaron el DL 1133, por contravenir la Constitución, antes que concluya su protección constitucional como funcionario público, así, este Congreso no quiera tratarlo, pero ya ingreso, y el nuevo Congreso está obligado a verlo, y si es posible, accionar judicialmente en el mismo sentido contra dichos ex ministros, hay que dejar un precedente, los militares y policías limpian la imagen de las FFAA y de la PNP ante un gobernante incapaz y ex uniformado. Si hubo dicha denuncia y fue declarada de improcedente, que sean ahora las Asociaciones y Frentes que no accionaron.

Asimismo, en el mismo sentido y firmas y copias de DNI, para demandar constitucionalmente a OLLANTA HUMALA TASSO, a partir del 30 de Julio 2016, ante el Congreso de la República, acá no se puede uno dormir ni esperar el último momento, todo tiene que estar ya preparado, principalmente el escrito con todos los medios probatorios legalizados, para que sea, el primer documento de acusación constitucional que ingresa, en que se demuestra que los propios militares y policías lo denuncian.

Surquillo, 23 Mayo 2015
TS2.Int.(r) 
Juan Andrés CIFUENTES Casas
DNI Nº 10346313  

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