miércoles, 4 de marzo de 2020

INFORMACIÓN PENSIONISTAS

Señores Pensionistas
Como bien conocemos, el jueves 27 de febrero el Pleno del Tribunal Constitucional acordó realizar el próximo 7 de abril, el tercer Pleno televisado, en el que se debatirá la demanda de Inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo contra la Ley 30683, que fue promulgada por Insistencia el 20 de noviembre del 2017 por el Congreso de la República.
Al respecto, se hace de su conocimiento que la Ponente de esta demanda es la actual presidente del Tribunal Constitucional, Dra. Marianella Ledesma Narváez, quien por sus declaraciones e información se conoce que ella piensa lo siguiente:
  • Que, se ha dado un incremento de pensiones a militares y policías y
  • Que, los pensionistas no pueden ganar igual que los de actividad.
Hecho, que no tiene ningún respaldo y que en el expediente existe basta documentación sustentatoria, la misma que también la conocen los Magistrados del Tribunal Constitucional.
Debemos tener en cuenta que los Magistrados del TC son siete (07) y ella por el hecho de ser presidente no influye en el voto de los otros seis (06) Magistrados.
Para que se declare Fundada la Demanda se requieren de cinco (05) votos, tal como lo establece el artículo 10 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional:
“El quórum del Pleno del Tribunal Constitucional es de cinco de sus miembros.
El Pleno del Tribunal resuelve y adopta acuerdos por mayoría simple de votos emitidos, salvo para resolver la inadmisibilidad de una demanda de inconstitucionalidad o para dictar sentencia que declare la inconstitucionalidad de una norma con rango de ley, casos en los que se exigen cinco votos conformes.
De no alcanzarse la mayoría calificada de cinco votos en favor de la inconstitucionalidad de la norma impugnada, el Tribunal dictará sentencia declarando infundada la demanda de inconstitucionalidad.
En ningún caso el Tribunal Constitucional puede dejar de resolver”.
Como ya se les comunico en anteriores correos, desde que se dió la vista de la causa el 24 de agosto del 2018, venimos haciendo gestiones ante el TC, y de estos acercamientos podemos deducir que no se tienen los cinco (05) votos que son necesarios para declarar Fundada la Demanda. Sin embargo, no hemos dejado de hacer seguimiento al actuar del TC y tenemos permanentemente reuniones directamente o a través de terceros para sustentar nuestra posición y procurar que la tengan presente al momento de la votación.
Pasos para resolver la demanda:
  • A fines de marzo se publicará la ponencia, elaborada por la Dra. Marianella Ledesma.
  • El 07 de abril se llevará a cabo la audiencia pública donde los Magistrados debatirán el caso frente a cámaras.
  • Al final de la audiencia pueden votar (decidir) o dejar la votación para otro día.
Ante preguntas de algunos pensionistas, se hace de su conocimiento que el debate solo se dará entre las Magistrados del Tribunal Constitucional, ya no intervienen ni los Procuradores, ni los abogados.
En el transcurso de la semana tendremos reunión con los Presidentes de las Asociaciones de Pensionistas Unidas de las FFAA y PNP, a fin de evaluar la situación y definir las acciones a seguir, las mismas que por este medio se pondrán en conocimiento de los Pensionistas.
Por lo que les pedimos mantener la calma y nos acompañen en los acuerdos a que lleguemos.
Atentamente,
Coordinador General de las Asociaciones
de Pensionistas Unidas de las FFAA y PNP.
Coronel FAP (r)
Fredy Arias Portugal
Teléfono: 969647549

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