viernes, 26 de septiembre de 2014

LOS QUE DEFIENDEN LA CONSTITUCIÓN HOY LA VULNERAN POR ESTAR SOMETIDOS AL GOBIERNO DE TURNO

ANAPPOMIL – GRUPO CORAJE
PRONUNCIAMIENTO
A la Opinión Pública y a los Pensionistas de las FFAA – PNP:
La Asociación Nacional de Pensionistas Policial y Militar – Grupo Coraje, observa con profunda preocupación e indignación que en una democracia en donde “supuestamente se respeta la Constitución” el Tribunal Constitucional haya dictado Sentencia desestimando el Recurso de Agravio Constitucional perteneciente al SOT EP Alberto CHINCHAY MURGA contra los DDLL 1132 y 1133.
Sentencia direccionada con trato discriminatorio, incongruente y contradictorio que tiene como nefasto propósito defender al Estado, no solo vulnerando la Constitución, sino el Estado de Derecho, la Democracia y los Derechos Humanos de miles de pensionistas, bajo el mismo régimen previsional de las Leyes N° 19846 y 24640, que han dado gran parte de su vida en la lucha contra el terrorismo, para que el país siga viviendo en Democracia; por lo que hacemos el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO.- El Magistrado OSCAR URVIOLA HANI Presidente Del Tribunal Constitucional, desde el punto de vista técnico - jurídico, no cumplió con los principios ético-morales respecto al principio de imparcialidad en el EXP. N.° 07357-2013-PA/TC del Sr. SOT EP Alberto CHINCHAY MURGA, al haber mantenido el 15SET2014, un día antes de dictar sentencia, una reunión con el PODER EJECUTIVO quien como demandado se encontraba interesado que la sentencia les sea favorable, como así sucedió, en perjuicio de miles de pensionistas de las FFAA Y PNP pertenecientes al Régimen pensionario de la Ley 19846; por lo que a toda luces su actuación resulta Política y no ajustada a Derecho.
SEGUNDO.- El Magistrado Òscar URVIOLA HANI no se ha regido por los principios ético-moral que animan la actuación de todo magistrado que en lo general deben reflejarse en las distintas etapas de su actuación mas aún como presidente del Tribunal Constitucional, es decir, tanto durante el proceso como en la sentencia, rigiéndose por los principios de independencia, imparcialidad y objetividad con que un magistrado debe actuar en la decisión final conforme a derecho, sin que se involucre su modo de pensar o sentir, alejándose de cualquier tipo de presión política y de existir está en la obligación moral de denunciarlo públicamente.
TERCERO.- Más aún si se tiene en cuenta el Comunicado Nº013-2014 del 22SET2014 emitido por La Alianza por la Reivindicación de las FFAA y PNP que en uno de sus últimos párrafos informa que el lunes 04 de agosto último, el Presidente del TC Dr. Oscar URVIOLA HANI, les hizo conocer que el Expediente del Técnico Jefe Superior EP (R) Alberto CHINCHAY MURGA, se encontraba con una Resolución firmada desde el 28MAY2014 por el Magistrado ponente Dr. Ernesto ÁLVAREZ MIRANDA quien tramitó conforme le correspondía; sin embargo esta no fue puesta para la firma de los demás Magistrados hoy salientes.
Cuestionamos el accionar del Presidente del TC desde el inicio del proceso así como el reprobable manejo del mismo al haber bloqueado una resolución emitida por el magistrado Álvarez en mayo último; e igualmente haber direccionando la formulación de la referida sentencia firmada por los actuales Magistrados del TC, por lo que nos vemos en la obligación moral, ética y principista de declarar al DR. Oscar URVIOLA HANI, como “persona no grata para los pensionistas de las FF.AA. y PNP”.
CUARTO.- La ANAPPOMIL – GRUPO CORAJE, comparte el Comunicado de la Alianza por la Reivindicación de las FFAA y PNP pero vamos más allá de este Comunicado interponiendo en los próximos días una Denuncia Constitucional por “prevaricato” contra el referido magistrado y los demás integrantes actuales del Tribunal Constitucional.
QUINTO.- Instamos a cada uno de los pensionistas de las FFAA y PNP a estar UNIDOS, ATENTOS y VIGILANTES para que el Tribunal Constitucional cumpla con sus atribuciones y deberes conferidos por la Constitución de forma tal que no la trasgreda y desnaturalice a favor de intereses subalternos.
Lima, 25 de setiembre del 2014
DIRECTIVA DE ANNAPOMIL- GRUPO CORAJE:
¡No al abuso…!
¡Defendamos nuestros derechos…!
¡POR UNA PENSIÓN DIGNA, JUSTA Y EQUIVALENTE!

COMENTARIO:
SENTENCIA ILEGAL PRETENDE "LEGITIMAR Y/O CONSTITUCIONALIZAR" LOS INCONSTITUCIONALES DECRETOS LEGISLATIVOS 1132 Y 1133 QUE VIOLAN EL PRINCIPIO JURÍDICO UNIVERSAL DE LA "IRRETROACTIVIDAD PERNICIOSA DE LA LEY", CONSAGRADA EN EL ARTÍCULO 62 DE NUESTRA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993
SALUDO, SUSCRIBO, RESPALDO Y ME ADHIERO PLENAMENTE AL PRONUNCIAMIENTO DEL GRUPO "CORAJE" "ANAPPOMIL" EN RESPALDO AL DE LA "ALIANZA POR LA REIVINDICACIÓN DE LAS FFAA Y PNP". UN EJEMPLO QUE TODAS LAS ASOCIACIONES Y FRENTES COMO TODO PENSIONISTA AFECTADO, DEBERÍAN SEGUIR EN LEGÍTIMA DEFENSA DE SUS DERECHOS FUNDAMENTALES, HUMANOS Y PREVISIONALES ADQUIRIDOS, TRAS UNA VIDA LABORAL BAJO UN RÉGIMEN PREVISIONAL VULNERADO, CONCULCADO Y TRASTOCADO, ARBITRARIA Y ABUSIVA Y FLAGRANTEMENTE.
UNA VERGUENZA QUE LOS NUEVOS INTEGRANTES DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEJEN DE LADO LA RESOLUCIÓN QUE DEBIERON SUSCRIBIR LOS MAGISTRADOS SALIENTES Y QUE POR EVIDENTE PRESIÓN DEL EJECUTIVO A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE URVIOLA HANI, HAYA CONSEGUIDO QUE LOS DEMÁS VOCALES SUSCRIBAN LA CUESTIONADA, ABERRANTE Y PREVARICADORA SENTENCIA. PRETENDIENDO "LEGITIMAR Y/O CONSTITUCIONALIZAR" LOS INCONSTITUCIONALES DECRETOS LEGISLATIVOS 1132o Y 1133o QUE VIOLA EL PRINCIPIO JURÍDICO UNIVERSAL DE LA "IRRETROACTIVIDAD PERNICIOSA DE LA LEY", CONSAGRADA EN EL ARTÍCULO 62o DE NUESTRA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993; EN EL 103o Y EN LA PRIMERA DISPOSICIÓN FINAL Y TRANSITORIA, ANTES DE LA ABERRANTE, PARADÓJICA Y DISCRIMINATORIA REFORMA DEL 2004 DE TOLEDO, PPK, SOTA NADAL, NEVES, PEASE, CABANILAS Y HELFER, ENTRE OTROS. REFORMA ABERRANTE Y PARADÓJICA EN LA QUE PRECISAMENTE EL GOBIERNO DE OLLANTA HUMALA TASSO A FUNDAMENTADO LOS INCONSTITUCIONALES DDLL 1132/1133, ANTES MENCIONADOS.
!!EN DEFENSA DEL ESTADO DE DERECHO, LA SEGURIDAD JURÍDICA Y EL ORDEN DEMOCRÁTICO Y CONSTITUCIONAL ESTABLECIDO, TODOS LOS PERUANOS ESTAMOS OBLIGADOS A DENUNCIAR Y DEPONER A TODA AUTORIDAD USURPADORA, TIRANA Y OPRESORA QUE HAN QUEDADO DESLEGITIMADAS POR ELLO!!
VER Y LEER A CONCIENCIA LA CONSTITUCIÓN Y LOS ARTÍCULOS 38o Y 46o, QUE NOS OBLIGA, FACULTA Y OTORGA EL DERECHO DE DEFENDER HASTA "INSURGIR" PARA RESTAURAR EL ESTADO DE DERECHO Y EL ORDEN CONSTITUCIONAL. CIUDADANÍA, FUERZAS ARMADAS Y PNP, DEBEN CUMPLIR SU FINALIDAD PRIMORDIAL Y RAZÓN DE SU EXISTENCIA; MAS NO SOMETERSE Y PONERSE AL SERVICIO DE QUIEN OSTENTE EL PODER POLÍTICO O EL MAL LLAMADO PODER CIVIL; CUANDO ESTOS SE PASAN POR ENCIMA O ESTÁN EN CONTRA DEL PODER CONSTITUCIONAL; AL QUE SI TODOS LOS PERUANOS Y RESIDENTES ESTAMOS SUBORDINADOS POR SOBRE TODO EFÍMERO PODER.
CARLOS RAYGADA CÁCERES
CORONEL FAP

No hay comentarios: