ESTIMADOS AMIGOS
Mediante el presente voy a referirme a los siguientes temas:
1. Proyecto de Ley 1522/2016-PE del 12 de junio del 2017
2. Programación en el Pleno de la insistencia.
3. Acción de inconstitucionalidad.
Al respecto hay varias versiones que preocupan a los pensionistas y considero conveniente darles algunos alcances.
1. Proyecto de Ley 1522-2016-PE del 12 de junio del 2017.
El Presidente PPK en el Foro "El Perú del Futuro" realizado en España, el día lunes manifestó lo siguiente: "Que la Ley aprobada por el Congreso es inconstitucional.....Que las pensiones de las FFAA y PNP están por encima del promedio de pensiones del Estado, .....y que el Congreso no tiene iniciativa de gasto.
Ese mismo día a las 12:30 horas el Poder ejecutivo presenta el Oficio Nº 160-2017-PR dirigida al Presidente del Congreso adjuntando el Proyecto de Ley en mención.
Este PL ha sido hecho sin ninguna intención de dar solución al problema pensionario, solo han tratado de evitar que la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas debata las observaciones presentadas por el Ejecutivo el 31 de mayo y posteriormente apruebe por insistencia la Ley que modifica la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1133.
Durante el debate, hubo intento por parte del congresista Guido Ricardo Lombardi Elias de persuadir a los Congresistas de la Comisión para que primero se hagan las consultar correspondientes y se estudie este proyecto antes de decidir por la inistencia, pero la mayoría decidió no tomar en cuenta este proyecto (remitido por el Ejecutivo) por considerarlo que era ofensivo para el Personal de las FFAA y PNP, y obtaron por votar a favor de la insistencia de la Ley que modifica la Segunda disposición complementaria Final del Decreto legislativo Nº 1133, con lo que practicamente ese PL (cuestionado) no será visto por el Poder Legislativo.
Este PL si bien no se va aplicar, sin embargo es bueno, sin llegar a profundizar en el tema, tener en cuenta algunos conceptos:
- Se refieren a pensionistas del Régimen del decreto Ley Nº 19846 y de Montepío, como si fueran dos regímenes diferentes, entendiéndose que el primero se refiere a quienes pertenecen a la CPMP, sin reparar que lo correcto es que el DL 19846 tiene pensionistas que reciben pensión a cargo del Estado (MONTEPÍO antes de 1974) y de la CPMP (a partir de 1974).
- Otorga una Bonificación extraordinaria para quienes se encuentran como pensionistas antes de la dación del Decreto Legislativo Nº 1133, la miasma que ha previsto darla en cuatro etapas: Octubre 2017 (25%), enero 2018 (50%), enero 2019 (75%) y enero 2020 (100%).
- El personal que percibe un monto superior a la escala que indica el Proyecto Ley, no le corresponde la asignación de la cuarta bonificación. Esto quiere decir que el personal que pasó al retiro con todos sus beneficios, tendría acceso a estos beneficios solo el personal de Comandantes que perciban pensión de Coronel, en otras palabras no beneficia a la mayoría de pensionistas. Otro personal que se beneficiaría con esta bonificación, sería el que tiene menos de 30 años de servicios y que no percibe el beneficio de combustible.
Felizmente este Proyecto de Ley pasa al archivo.
Como podrán ver no hay intención del gobierno de dar solución al tema pensionario, solo de agravarlo. Pero felizmente el Congreso hoy está cumpliendo su rol, y más aún, con la presencia en la comisión de Defensa Nacional de los Congresistas Edwin Donayre y Luis Yika, así como de Marco Miyashiro, Carlos Tubino y Octavio Salazar.
2. Programación en el Pleno de la Insistencia.
Como ya se les informó anteriormente, se ha ampliado hasta el 30 de junio y que había la posibilidad que se programe para debatir y aprobra por insistencia la Ley que modifica la Segunda disposición Complementaria Final del Decreto legislativo Nº 1133, este jueves 15 o el próximo jueves 22. Sabemos que por razones administrativas es un poco complicado que sea programado para que se debata en el Pleno del día 15, pero teníamos la esperanza que haciendo un poco de fuerza lo lograríamos, sin embargo nos han comunicado que con seguridad se va a ver en el Pleno de jueves 22, por lo que les agradeceré mantener la calma.
Todos estamos interesados en que pronto se dé solución a nuestro problema, pero también debemos ser respetuosos de los procedimientos y si la aplicación de la legislatura nos favorece, solo nos queda tener un poco de paciencia, otra cosa hubiera sido si la legislatura hubiese culminado como estuvo programada, este jueves 15.
3. Acción de Inconstitucionalidad.
Muchos ya están pensando en lo que va a pasar ya que el gobierno dice que va a poner una demanda de inconstitucionalidad.
Sé que para todos es una preocupación, pero ya estamos en un punto de no retorno y a días de que el Pleno del congreso apruebe por Inistencia la Ley. Debemos ir paso por paso, por ahora debemos esperar lo que decida el Pleno del congreso, luego que se publique en el diario El Peruano, y finalmente que es lo que decide hacer el Poder ejecutivo, ya con la Ley publicada.
En el supuesto que el Ejecutivo presente la demanda, el Legislativo tiene personal y argumentos suficientes para responder a esta; y si bien nosotros no seremos parte, también colaboraremos con lo que sea necesario, dependiendo como se planteé la demanda.
Hemos esperado cerca de cinco años, se les pide comprensión y un poco de paciencia todos los que nos comprometimos a esta lucha, seguimos al frente hasta la final.
Gracias por su confianza.
Crnl FAP (r)
Fredy arias Portugal
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