viernes, 12 de mayo de 2017

ACLARACIÓN AL COMERCIO

Señores
Diario El Comercio

En el Editorial “Desniveles y coincidencias”, publicado el 10Mayo2017, es tal el sesgo que orienta El Contenido del mismo, que se alejan no solo de la verdad sino de la realidad legal existente y vigente. No pensamos que ustedes desconozcan la matriz legal que regula el Sistema Pensionario del personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Sino que en un afán mediático e interesado, en el Editorial han obviado intencionalmente la vigencia actual del Decreto Ley 19846 y de la Ley 24640.

Por eso cometen el grave error en mencionar en forma general que se han nivelado las pensiones militares y policiales.

Si ustedes revisan el “polémico” (como lo han denominado) Decreto Legislativo 1133, se darán cuenta que respetan la vigencia del Decreto Ley 19846 y su modificatoria Ley 24640, tanto para los que se encuentran en situación de Retiro como para los de situación de Actividad al momento de entrar en vigencia tal dispositivo.

Pero, contraviniendo la Constitución Política, congelan las pensiones de los Retirados antes de Diciembre 2012 y a los que se retiran a partir de la fecha indicada, les continúan reconociendo todos los derechos pensionarios que estipulan el Decreto Ley 19846 y su modificatoria Ley 24640. La pregunta que le hacemos a ustedes del diario El Comercio: ¿Es correcto y legal que con un Decreto Legislativo, se aplique en forma DIFERENCIAL y DISCRIMINATORIA los derechos y beneficios pensionarios que establece una Ley VIGENTE, que comprende al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional tanto en Retiro como al que está en Actividad con los mismos derechos y beneficios? ¿Consideran que el Decreto Legislativo 1133 es Constitucional sujeto al Estado de derecho?

Cabe agregar que, el Decreto Legislativo 1133, principalmente, regula un régimen pensionario que será aplicado al personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que ingresa a la actividad militar o policial a partir del 2013.

Así que, señores El Comercio, no se trata de ninguna “nivelación permanente de salarios”, como tendenciosamente lo señalan, menos es apropiado hacer comparaciones con “otros grupos de trabajadores”

Es grotesco y mal intencionado, para la opinión pública, desvirtuar la realidad, al pretender hacer una comparación de la naturaleza pensionaria a que tienen derecho los Militares y Policías por los servicios y sacrificio prestados a la Nación con un programa asistencialista como es pensión 65.

Es lamentable que ustedes también esgriman los argumentos utilizados por el señor Javier Neves, en forma sesgada y arbitraria, la mención que hacen al Tribunal Constitucional, también es antojadiza, ya que tanto los colegiados del TC y los jueces del PJ, durante el régimen pasado, mostraron parcialidad y sujeción al gobernante de turno. Se pretende acaso que este estado de cosas continué con el actual gobierno, prevaleciendo la inclinación o consentimiento político y no la Justicia.

Mediante el Dictamen aprobado en el Pleno del Congreso, al convertirse en Ley promulgada ya sea por el Ejecutivo o en última instancia por el Legislativo, dispondrá que el personal de las FFAA y de la PNP que pasaron al  Retiro antes de diciembre 2012, perciban una Pensión en términos equivalentes a la que perciben los que están pasando al Retiro desde diciembre 2012, uniformando percibos de acuerdo a la aplicación del Decreto Ley 19846 y su modificatoria la Ley 24640 así como con el nuevo Régimen de Remuneraciones establecido por del Decreto Legislativo 1132. Por lo tanto no hay aumento de pensiones, lo que se está haciendo es terminar con la DISCRIMINACIÓN Y DIFERENCIACIÓN, haciendo que una misma Norma Legal se aplique por igual a todos los Retirados comprendidos en dicha Ley.
Jamás se podrá igualar las pensiones de los Retirados a las remuneraciones que perciben los de Actividad, a lo que se refiere la Ley, es la remuneración pensionable que percibe el de actividad. En la actualidad, un aproximado del 30% de la remuneración que percibe el personal activo de las FFAA y PNP no es pensionable. Entonces es falso y descabellado decir que se han igualado pensiones con sueldos.
Por último, los Retirados de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional y sus familiares, no constituyen un “capital político” que puedan ser arrastrados como borregos. Por formación y convicción, anteponen la Patria ante cualquier otro interés mezquino.

Miraflores, 10 Mayo 2017
Luis J. Fernández Núñez
DNI 07623412

Editorial: Desniveles y coincidencias
El Congreso comete una irresponsabilidad constitucional y financiera al nivelar las pensiones militares y policiales.
El Poder Ejecutivo no juzga ni condena. El Poder Judicial no aprueba leyes. El Poder Legislativo no tiene iniciativa de gasto más allá de lo que ya está en el presupuesto público anual. Hay razones de fondo por las que en toda democracia funcional la separación de poderes opera así. El actual Congreso peruano, sin embargo, parece dispuesto a forzar y tensar los códigos.
Como se sabe, la semana pasada el Congreso aprobó una norma que nivela las pensiones de los militares y policías en retiro. La iniciativa legal modifica el polémico Decreto Legislativo 1133 –promulgado durante el gobierno anterior– que establecía que los oficiales y suboficiales de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas que pasen a retiro luego de diciembre del 2012 recibirían una pensión que tomaría como referencia no solo el sueldo que percibían cuando estaban en actividad, sino que dicho monto se actualizaría con los futuros incrementos remunerativos aplicables al cargo que antes desempeñaban. La reciente modificación busca que aquellos retirados antes de esa fecha accedan también a la nivelación permanente de salarios. Un beneficio del que no goza ningún otro grupo de trabajadores en el país.
La apabullante mayoría con que se aprobó la norma –nada menos que 98 votos a favor, cero en contra y 14 abstenciones– no debe ocultar, sin embargo, sus vicios económicos y constitucionales. Respecto de los primeros, es necesario recordar que –a diferencia de las pensiones en el régimen privado– las pensiones militares y policiales se financian con recursos públicos. Así, se estima que el forado fiscal de esta norma pensionaria ascendería a S/1.250 millones, equivalente a 1,5 veces el presupuesto total del programa Pensión 65.
El presidente Kuczynski hizo eco de esta preocupación al señalar al respecto que “hay un alto grado de irresponsabilidad porque se genera gasto en el Congreso sin coordinar con el Ejecutivo, la plata no es infinita”. El descontento del presidente Kuczynski es entendible, pero no deja de entrar en aparente contradicción con el candidato Kuczynski, quien en marzo del año pasado –apenas semana y media antes de las elecciones– indicó que “[hay] inequidades dependiendo de quién se jubila en qué momento con distintos sueldos. Podemos tener un coronel, un general, un almirante que se jubila en tal fecha, y el que se jubila dos meses después recibe una pensión mucho mayor. Allí también tenemos que igualar”.
Respecto de los vicios constitucionales de la norma aprobada, la primera disposición final y transitoria de la Carta Magna señala que “no se podrá prever en ellas [las nuevas reglas pensionarias] la nivelación de las pensiones con las remuneraciones”; es decir, justamente lo que la modificación del Congreso ha dispuesto. Además, como bien recordó Javier Neves, ex ministro de Trabajo, en este Diario el día de ayer, el mismo Tribunal Constitucional se ha manifestado en repetidas ocasiones en contra de la nivelación de las pensiones con los salarios en actividad. Y es que, para todo efecto práctico, el texto legislativo aprobado nace del mismo espíritu populista y dispendioso que dio origen a la infame cédula viva.
Puestos a elegir entre la responsabilidad fiscal o el capital político que pueden aportar las familias militar y policial, los congresistas han elegido resonantemente lo segundo. Decíamos, pues, que sí existía alguna razón de fondo por la cual el Poder Legislativo no tenía iniciativa de gasto, razón que quizá queda sucinta y elegantemente resumida en la prudencial frase de la congresista Lourdes Alcorta al respecto: “Que el gobierno vea de dónde saca la plata”. En este punto, cualquier atisbo de visión estadista, queda claro, es pura coincidencia.

Señores militares y policías en situación de retiro
Gusto de saludarlos.
El día de hoy, en El Comercio, se publica una columna de Opinión, escrita por el señor Javier Neves Mujica, titulada “Inconstitucional y costosa”.

Los argumentos esgrimidos en ese artículo, deberían ser rebatidos y aclarados con los argumentos y fundamentos apropiados y publicados en la misma columna de Opinión del diario en mención, por alguna persona de relieve nacional, podría ser el señor Hugo Guerra, que es una de las personas que más conoce la situación pensionaria de los Retirados de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Pero esto debe hacerse de inmediato, no se debe dejar que el Ejecutivo tenga adherentes de esta naturaleza, para oponerse a la promulgación del Dictamen aprobado por el Congreso.
Las Asociaciones y Gremios existentes deben actuar de inmediato utilizando todos los medios de difusión posible para refutar lo publicado por el señor Neves Mujica. Dejar de hacer Comunicados internos que nada contribuyen a la causa y defensa de los derechos que amparan por Ley a los Militares y Policías, que por sus funciones y servicios prestados a la Nación, difieren de todo otro trabajador del sector público o privado.
Es conveniente también, que los señores Congresistas que generaron los proyectos de Ley y los que lo apoyaron, coordinen con la Congresista Cecilia Chacón, para de inmediato propiciar que el Congreso aprueba la denuncia constitucional contra Ollanta Humala, Juan Jiménez, Luis Castilla, Pedro Cateriano y Wilfredo Pedraza, por haber promulgado el Decreto Legislativo 1133, contraviniendo la Constitución Política, al originar DISCRIMINACIÓN y MARGINACIÓN en contra de la Ley y el Estado de derecho.
¡SE TIENE QUE ACTUAR YA!
Miraflores, 9 Mayo 2017
Luis J. Fernández Núñez

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