Alianza
por la Reivindicación de las FFAA y PNP
COMUNICADO
Nº 010-2014-ALIANZA
CONTRA
LA INSEGURIDAD JURÍDICA EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima,
18 de julio del 2014
La Alianza por la Reivindicación de las FFAA y PNP, en ampliación a lo
informado en nuestro COMUNICADO Nº
008-2014-ALIANZA del 17 de junio pasado,
se ve en la obligación de hacer conocer a la Familia Militar Policial, en
relación a las Demandas de Acción de Amparo presentadas por un grupo representativo de pensionistas
de las FFAA y PNP,
reclamando la inaplicación de determinadas normas violatorias de la
Constitución Política del Perú (en cuanto a los principios de la no
Discriminación y de Igualdad), contenidas en los DLeg. Nº 1132, DLeg. Nº 1133 y
DS Nº 246-2012-EF, que pese a haber transcurrido SIETE (7) meses y VEINTIUN
(21) días de haber sido vistas en Audiencia Pública, por la Sala Plena del
Tribunal Constitucional, las primeras SIETE (07) causas de las CIENTO
CINCUENTA Y NUEVE (159) ya vistas ante dicho Tribunal, hasta la fecha el
mismo no ha cumplido con expedir las sentencias correspondientes, pese a que el
plazo procesal es de 30 días conforme lo dispone el Código Procesal
Constitucional. Más aun, CIENTO CINCUENTA Y UNA (151) de estas causas
fueron vistas en forma regular y oportuna por la Sala Plena del Tribunal
Constitucional saliente, habiéndose cumplido estrictamente el cronograma
detallado en nuestro antes referido COMUNICADO Nº 008-2014-ALIANZA.
La Alianza informa, específicamente, que el 27 de
noviembre del 2013 se realizaron las vistas de los siguientes procesos: Alberto
Chinchay Murga, Exp. Nº 7357-2013-AA; Gustavo Humberto Ledesma Dávalos, Exp. Nº
7266-2013-AA; Guillermo Federico Benítez Castro, Exp. Nº 7027-2013; Carlos Humberto Correa
Guerrero, Exp. Nº 7143-2013-AA; Nelba Luisa Revoredo Martínez Vda. De
Cervantes, Exp. Nº 7126-2013-AA; Pedro
Pablo Panduro Ochoa, Exp. Nº 7000-2013-AA; y Jorge Carlos Molero Ampuero, Exp.
Nº 7144-2013-AA.
La Alianza, igualmente, comunica que en dicha Audiencia
nuestro abogado patrocinante, el Dr. Sergio Solís Fuster, con Reg. C.A.L. 9343,
informó oralmente por ante el Pleno integrado por los Magistrados, Doctores
Juan Vergara Gotelli –quien actuó como Presidente-, Carlos Mesía Ramírez,
Fernando Calle Hayen, Gerardo Eto Cruz y Ernesto Álvarez Miranda, quedando las
causas al voto. Cabe precisar que en dicha vista no participó, por motivos de
fuerza mayor, el Presidente Oscar Urviola Hani.
La Alianza hace notar que, al no haberse cumplido con
expedir las sentencias correspondientes a pesar del tiempo transcurrido en
exceso, se afecta de esta forma el principio de TUTELA JURISDICCIONAL
EFECTIVA, CELERIDAD PROCESAL y GARANTÍA DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA, lo cual lesiona los derechos constitucionales invocados por
nuestros recurrentes.
La Alianza también hace de conocimiento de la Familia Militar Policial, que recientemente
ha sido informada por nuestros abogados patrocinadores, que “algunos de los Magistrados ahora Cesantes,
que integraron la Sala Plena del Tribunal Constitucional el 27 de noviembre del
2013, oportunamente, ejerciendo todavía función jurisdiccional, al ser
consultados en entrevista formal por los letrados del Estudio que patrocinan
estas causas, señalaron que habían emitido su voto, por lo cual”, (al
amparo del ordenamiento procesal constitucional vigente), “la vista de la misma no puede ser dejada sin efecto”, como
expresamente lo hicieran saber al Tribunal Constitucional mediante escrito presentado
con fecha 10 de julio del 2014, en el Exp. Nº 7357-2013-AA, correspondiente a
Alberto Chinchay Murga, Técnico Jefe
Superior EP (r)
La Alianza, expresa su preocupación y malestar por las
recientes declaraciones dadas por el Presidente del Tribunal Constitucional Dr.
Oscar Urviola Hani, en el sentido de que se ha resuelto revisar alrededor de
600 causas puestas al voto por el Pleno integrado por los Magistrados cesantes
del TC, lo cual a no dudarlo generará inseguridad Jurídica en el País.
La Alianza por la Reivindicación de las FFAA y PNP, reiterando la
urgencia de la necesidad de que se administre justicia, se dirige a los señores
Magistrados del Tribunal Constitucional responsabilizando a su Presidente, para
solicitar la subsanación de este retraso en el menor plazo posible y se procedan a la culminación de las firma de los
Magistrados cesantes en las SENTENCIAS
DE LAS CAUSAS VISTAS
el 27 de noviembre del 2013, reiterándoles que, sin recurrir a mayores
dilaciones, se ciñan a lo establecido en nuestra Constitución Política, en el
Ordenamiento Jurídico vigente y en el Acuerdo de Sala Plena contenido en la
Resolución de fecha 24 de junio de 2014 expedido por dicho Tribunal, atendiendo
al carácter sumarísimo de los Procesos de Amparo, conforme lo establece el
Código Procesal Constitucional.
COMISIÓN EJECUTIVA
ADOFERS.PNP – AMHOLE – ANOPER – ANSORFAP –
AOPIP – ADOFAIP – ASMAFAR – ASANP –ASOMAR
- ASOFER.GRP – ASORPIP – ASTSOEPFFAA.CUSCO – APCPMP – ATSIFAP – ATSIFAP.PIURA – ATSIFAP.CHICLAYO – ATSIFAP.CALLAO
– ATSIFAP.PISCO – ATSIFAP.AREQUIPA – ATSIFAP.IQUITOS – ASTYSOREP –
ASTYSOREP.SULLANA – ASTYSOREP.LAMBAYEQUE – ASTYSOREP.HUARAZ –
ASTYSOREP.TRUJILLO – ASTYSOREP.ICA –
ASTYSOREP.AREQUIPA – ASTYSOREP.MOQUEGUA – ASTISOREP.TACNA – ASTYSOREP.PUNO – ASTYSOREP.CUSCO –
ASTYSOREP.HUANCAYO – ASTYSOREP.IQUITOS – ASPIP – AVISTOMAR – AS. 21 DE MAYO –
CACOP– COM.COOR. – COGRP – COMIPOL.PIURA – COMIPOL.TUMBES – FREUMILPOL.AREQUIPA
– FEDERPOL – INT’L POLICE
ASSOC.SP. – ASPOFEMP.
Pasaje Crl. César CANEVARO Nº 190, Of. 404; Urb. Las
Gardenias; Santiago de Surco. Teléf. 2792865; Cel. 961992149. RPM: #961992143:
Email: alianza_secretaria_ejecutiva@hotmail.com
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