jueves, 18 de marzo de 2010

MERCEDES ARAOZ CONCIDERA CIFRAS EXAGERADAS SOBRE LOS PENSIONISTAS DE LAS FFAA Y PNP

Giampietri dice que el MEF se equivoca con cifras de pensionistas de las FF AA
Considera exagerada cifras de ministra Aráoz sobre militares que gozan de cédula viva.

El vicepresidente de la República, Luis Giampietri, consideró que la ministra de Economía, Mercedes Aráoz, ofrece cifras exageradas sobre los pensionistas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Por ello, solicitó a los miembros de la Comisión de Alto Nivel encargada del tema, que informe si es que ya inició un trabajo concreto sobre el tema.  “Creo que las cifras de la Adogen son las correctas. Ha habido un error en las cifras que dio el Ministerio de Economía, de esto ya hace varios días, pero cuando las dieron, yo saqué las conclusiones de que se habían equivocado”, manifestó.

Consideró que no son 120 mil oficiales y subalternos retirados, sino 94,653. De esta segunda cantidad, unos 33 mil estarían asignados a la Caja de Pensiones Militar-Policial, por lo cual solo 61 mil representarían un costo para el Estado. Según el MEF, aumentos a 120 mil pensionistas perjudicarían la economía del país. Giampietri consideró que, aún en el caso de que las cifras reales fueran las difundidas por Mercedes Aráoz, no se podría afectar las pensiones de personas que defendieron la patria del enemigo exterior, el terrorismo y de la delincuencia. “La cédula viva sí procede, no interesa cuánta gente esté. No es cuestión del número de las personas, sino de los derechos, que es muy distinto”, enfatizó.
Consultado sobre la importancia de esta información para que la Comisión de Alto Nivel nombrada por el Gobierno para presentar un estudio técnico que permita mejorar la situación salarial de las FF AA y la PNP, el también congresista por el Callao invocó a que la presidencia del Consejo de Ministros informe qué se está avanzando en estos puntos. “Hasta ahora de la comisión no se ha dicho quiénes la conforman ni cuándo o cómo se ha instalado. Ésa es una de las preguntas que deben responder”, aclaró.

Bono fue una “jugada” para frenar paro; Integrantes de la asociación “Héroes de la Pacificación Nacional”, calificaron al bono de mil nuevos soles, entregado recientemente a militares y policías, como una “jugada del Ejecutivo” para frenar el próximo paro policial del 5 de abril. “Los miembros de las Fuerzas Armadas en situación de retiro y con discapacidad también sabemos comer, no es justo que sólo se haya dado el bono al personal en actividad”. Indicaron además, que es “preocupante” que el gobierno no atienda los reclamos de los policías y militares que quedaron discapacitados, a las viudas que perdieron a sus esposos enfrentando a los terroristas en el VRAE, a los retirados que sirvieron al país por más de 25 años y a las familias que dependen de las magras pensiones y sueldos.
En ese sentido, sostuviron, que de todas maneras el próximo 5 de abril se movilizarán junto a los miembros de la Asociación de Comandantes de las Fuerzas Armadas (ASCOFA), Asociación de Esposas Oficiales en Actividad y otros gremios de militares y policías en retiro.

Europa y sus FF AA
A propósito del titular del MINDEF, hace unos días dos expertos en sistemas de jubilación le ofrecieron una conferencia en el “Pentagonito”, junto a varios altos jefes de las FF AA. Ambos informaron que en Europa, a pesar de que cada país tiene gastos diferentes en armamento y en personal militar, LA CEDULA VIVA ES UNA CONSTANTE QUE NUNCA SE HA PRETENDIDO CERRAR ¿Qué dirán los antimilitares del Gobierno y los caviares que odian todo lo que sea fuerzas del orden?

REGIMEN PREVISIONAL SE RELACIONA CON EL REGIMEN LABORAL
Todo régimen previsional se encuentra relacionado al régimen laboral. Por ello resulta indispensable referirnos a las peculiaridades del trabajo militar y policial dentro de la relación, también peculiar, que tienen los miembros de las FF AA y de la PNP con su empleador, el Estado. Ésta es sui generis, lo que hace que el régimen previsional deba ser igual, compensando las exigencias y deberes a los que están sujetos los militares y policías, quienes aceptan una serie de exigencias laborales y renuncian a muchos derechos reconocidos para otros empleados del Estado.

Algunos elementos que configuran las particularidades en el ejercicio de la profesión militar, conducente por tanto a un trato jurídico diferente dentro del campo laboral y previsional, son la formación profesional acuartelada y especializada; el deber de no quejarse, excusarse, ni disculparse bajo circunstancia alguna del cumplimiento del deber, aunque exista el peligro cierto de vida o de su integridad física. De la misma forma, la dedicación exclusiva, la asistencia a comisiones sin derecho a horas adicionales de descanso ni a beneficios monetarios adicionales; y la disponibilidad inmediata para atender el servicio, independientemente del horario de trabajo, condiciones ambientales, peligrosidad, riesgos y/o área geográfica del destino. A ello debemos sumar la prohibición a la protesta individual o colectiva, así como a la agremiación o sindicalización. Concurrentemente, todo militar o policía está obligado a permanecer en situación de inamovilidad durante las situaciones de emergencia nacional; a requerir autorización especial para contraer matrimonio, o para salir del país, o para ofrecer declaraciones públicas orales o escritas, o para notificar cualquier traslado dentro y fuera del territorio nacional, aun sin encontrarse en servicio. Considerando, además, la legislación comparada, todo aquello amerita que el sistema previsional de las Fuerzas Armadas conlleve la característica de especializado.

LA RETROACTIVIDAD JURIDICA EN LA APLICACION DE LA LEY
Sin embargo, el quid del asunto es el artificio creado en el gobierno de Toledo para no pagar lo adeudado ni honrar sus obligaciones contractuales previsionales conforme a las leyes respectivas dadas y sancionadas por el Estado, al mejor estilo de las mafias, del cual se aprovechan desde entonces las bandas gobernantes para negar toda mejora y bienestar a los pensionistas de las Leyes del FPMP y de la CPMP, que por excepción y mañosamente otorgan al personal en actividad de las FFAA y PNP.
Se refiere a que el Congreso de Toledo pretendió reformar totalmente la constitución sin tener facultades constituyentes para hacerlo, sin embargo recibió el beneplácito del Tribunal Constitucional de ese entonces que presidía un correligionario de AP. Pero, a pesar de ello, no pudieron concretar su pretensión, por la presión de la opinión pública y que la oposición del Congreso de la mano de los mismos actores de hoy, no los dejó realizar.

Luego siguiendo los lineamientos del BID, quienes le aportaron 300 millones de dólares para reformarla y así doblegar voluntades para eliminar los Derechos Adquiridos de los Pensionistas de la 20530, 19846 y 19990, a pesar de violar otros preceptos constitucionales, la Declaración Universal y la Americana de DDHH. Más otras Leyes de Pactos Colectivos Internacionales asumidas por el Estado y sancionadas por Ley por el Congreso, nada de ello sirvió ni se tuvo en cuenta, para violar los Derechos Adquiridos por los pensionistas del Estado impuestos por Contratos Sociales Previsionales por el mismo Estado a sus servidores y ganados en buena Ley como es el caso de los pensionistas de las FFAA y PNP, que nada tenían que ver con aquellos que se aprovecharon para violentar tales derechos.

La Ciudadanía peruana. no debió permitir tal atropello. No existía justificación para ello, a pesar de la Gran Campaña Sicosocial montada por el gobierno de Toledo en favor de esta reforma. Los Congresistas de todas las bancadas con contadas excepciones y autoridades ligadas a instituciones internacionales, variaron su consigna de impedir la modificación de la Constitución, para coaligarse en eliminar la Cédula Viva, no por altruismo de dar mejores pensiones a los menos favorecidos de los ancianos pensionistas como falsamente anunciaban, jugando con la esperanza de los pobres pensionistas, sino, para pagarse los sueldos que les viniese en gana, como lo hicieron y lo vienen haciendo, recibiendo por fuera de planillas goces y beneficios que niegan a los pobres mendicantes de los pensionistas del Estado. Ya sin temor al Efecto Espejo, al que decían era necesario desaparecer, al que satanizaban, desde entonces pueden hacerlo con artificios y artilugios de toda laya, entre sus escogidos, burlando a quienes fueron obligados por Ley del Estado a cumplir una serie de requisitos durante toda una vida de servicios muy importantes prestados al Estado, para hoy en su vejez consumirse en la miseria y la mendicidad en que los ha puesto el Estado ladrón y corrupto que han construido las bandas en el Poder.

Los esfuerzos por revertir esta indignante problemática creada y magnificada desde los años de 1980, a consecuencia de los malos manejos administrativos gubernamentales, preñadas de corrupción y delincuencia en sus autoridades designadas por el ejecutivo de turno, sumado a la acción delincuencial narco terrorista comunista de crimen y destrucción del Estado, que nos llevó a las mismas cloacas de la boca del Infierno, que ni el mismo Dante se hubiera podido imaginar, no solo agravó la economía nacional hasta sus cimientos, sino que colocó a la gran masa de la familia militar-policial en la miseria mendicante por causas de la venganza y mezquindad de quienes se aprovecharon para medrar a cuenta y costo de los más necesitados de sus pares, hoy todos ellos convertidos en reos de la justicia, sin gozar de la compañía de quienes les aceitaban las faltriqueras del oprobio y el deshonor.

Superado este largo pero necesario prolegómetro para los olvidadizos de siempre, quiero recordar que toda norma legal dada por el Congreso y sancionada por el Ejecutivo, se encuadra para su cumplimiento y aplicación desde su promulgación oficial, teniendo en cuenta dos condiciones temporales: El inicio de su vigencia, conforme lo norma la Constitución o lo manda la misma ley y el de la derogación, de todo aquello que impide su aplicación inmediata.
Para el caso de la modificación constitucional de eliminar los Derechos adquiridos, se da la figura de afectar hechos anteriores al momento de la vigencia constitucional, es decir con carácter retroactivo innegable y que pone a la norma constitucional aprobada contra la norma constitucional anterior y contraria al espíritu de quienes la elaboraron por mandato del pueblo soberano, de donde, si se aplica a hechos que ocurren desde su vigencia su acción es inmediata y por lo tanto, afecta a todo hecho creado desde su vigencia, como lo pretende hacer el ejecutivo de desaparecer la cédula viva creada por la Ley de Pensiones Militar Policial, tal como lo plantea la ministra de economía, derogando la ley expresa y creando hechos que ocurrirán luego de su derogación y que constituyen, acción ultra posterior con carácter funesto para quienes sean afectados de por vida, en los peores momentos de su vejez, condenándolos a una vida miserable de pobres vergonzantes y dejados a la caridad cristiana de sus semejantes, engañados toda una vida por los funcionarios de un Estado ladrón, corrupto e insensible a las necesidades, intereses y aspiraciones de quienes hicieron posible con sus actos y sacrificio de toda una vida, la vigencia de la Paz y del desarrollo del Perú que hoy no llega al pueblo.
Roque

En nuestro sistema jurídico impera la teoría de los hechos cumplidos y no de los derechos adquiridos, en virtud del artículo 103º de la Constitución y del artículo III del Título Preliminar del Código Civil. Sin embargo, coincido en que gracias al artículo 174º de la Constitución, se estaría reconociendo constitucionalmente las pensiones renovables para militares y policías. La primera parte dice: Los grados y honores, las remuneraciones y las pensiones inherentes a la jerarquía de oficiales de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional son equivalentes." "Equivalentes" es sinónimo de "iguales", es decir, las remuneraciones y pensiones deben ser equivalentes sin ninguna diferencia. La última parte de la Constitución que citas, también es pertinente, ya que sólo por sentencia judicial pueden quitarse esos derechos, no por una ley. Claro que el motivo de este artículo fue otro (viene de la Constitución de 1979 y era para igualar a las FFAA y la PNP, y para evitar que por un acto administrativo se quite una pensión), pero es propio de la naturaleza de las normas independizarse del querer del legislador que las creó, adquierendo su propia "personalidad" y autonomía y valen por lo que dicen.
Gonzalo Boluarte

martes, 16 de marzo de 2010

ALIANZA POR LA REINVINDICACION DE LAS FFAA Y PNP

COMUNICADO Nº 005-2010-ALIANZA

Como es de conocimiento público, el Ejecutivo promulgó el DU Nº 014-2010, que otorgó por única vez, una asignación extraordinaria al personal militar y policial en la situación de actividad, desde el grado de Teniente Coronel y equivalentes hasta el grado de Sub Oficial de tercera y equivalentes, de S/. 1,000.00, y a los pensionistas del régimen del DL Nº 19846 y sus modificatorias que hayan pasado al retiro por invalidez o incapacidad total y permanente, así como a las viudas y a los deudos de los caídos en acción de armas o a consecuencia de la misma. De esta manera discriminaron la equidad de la norma, al excluir del beneficio de la misma a un sector del personal militar y policial en actividad y a la casi totalidad del personal de las FFAA y PNP en la situación de retiro . Asimismo, dispuso la creación de una Comisión de Alto Nivel para que elabore una propuesta de reestructuración integral de las FFAA y PNP, contemplando sistemas remunerativos y provisionales que aseguren la equidad, sostenibilidad financiera, mérito y eficiencia en el cumplimiento de sus responsabilidades.
Los recientes y lamentables hechos sucedidos en la hermana república de Chile con motivo del mega terremoto y posterior tsunami, mostraron a sus FFAA y Fuerza de Carabineros, debidamente equipados y entrenados, actuar de inmediato en la solución de la emergencia presentada y del restablecimiento del orden público,
La ALIANZA POR LA REIVINDICACIÓN DE LAS FFAA y PNP reitera una vez más su enérgico rechazo ante la inconstitucional actitud discriminatoria de parte del gobierno central, quien no sólo pretende incumplir con lo aprobado por el Congreso de la República en el proyecto de Ley Nº 3752/2009-CR, si no que persiste con sus amenazas al quiebre de las jerarquías institucionales, maltratando innecesariamente a los miembros de las FFAA y PNP, quienes constituyen la esencia del Sistema de Defensa Nacional, sobre todo en la actualidad, cuando el Ministro de Defensa compromete la total participación de las FFAA en caso de un gran desastre natural.
La ALIANZA denuncia al Ejecutivo por haber observado el referido proyecto de Ley, haciendo sustracción de la materia, así como actuando con alevosía, premeditación y desprecio hacia la familia militar policial, buscando confrontarla contra los pobres del Perú e intentando desunión entre las propias instituciones, generando más bien una ola de rechazo e indignación que terminará envolviendo al propio gobierno por su pésimo manejo de la situación remunerativa y pensionaria de las FFAA y PNP.
La ALIANZA responsabiliza al gobierno por insistir en señalar engañosamente la falta de liquidez como una causal para incumplir lo planteado en el proyecto de Ley Nº 3752/2009-CR. Sin embargo continúa con las exoneraciones tributarias en beneficio de las grandes empresas y los ricos del Perú, así como negándose a emprender una verdadera lucha contra la corrupción que envuelve a las propias esferas del poder, en tanto la ministra de Economía muestra su incapacidad para mejorar la captación de ingresos tributarios, así como para atacar la evasión de impuestos -que según analistas llega al 5.2% del PBI (18,000 millones al año).
La ALIANZA POR LA REIVINDICACION DE LAS FFAA Y PNP, se felicita por nuestra adhesión y participación en la marcha de apoyo al Congreso de la República programada y conducida por el FRENMIPOL el último jueves 4 de marzo, la misma que puso de manifiesto la unidad y cohesión de las FFAA y PNP, y manifiesta su determinación de continuar participando en las subsiguientes acciones que sean necesarias hasta el logro de sus grandes objetivos: EL BIENESTAR DE LA FAMILIA MILITAR-POLICIAL
Felicitamos a los Señores Congresistas integrantes de la Comisión de Defensa por la ponderada insistencia del proyecto de Ley Nº 3752/2009-CR, reiterándoles nuestro agradecimiento y reconocimiento por su visión nacionalista de poner en la agenda política nacional la problemática de la familia militar-policial; mostrando voluntad y sensibilidad para solucionar las postergadas necesidades de mejoras salariales y de bienestar del personal de las FFAA y de la PNP, activo y cesante. y se fortalezca nuestro alicaído Sistema de Defensa Nacional.
La ALIANZA reclama del doctor ALAN GARCIA PEREZ, asumir su plena y total responsabilidad como JEFE SUPREMO DE LAS FFAA Y PNP, con lealtad ante sus subordinados, responsabilidad sin demagogia con la Defensa Nacional, y exige de su persona el cumplimiento de la palabra empeñada, el cumplimiento del Acta de Acuerdos Nº 001-2007 del 19 de diciembre de 2007 ante la negativa de dar cumplimiento al DS Nº 213-90-EF, inexplicablemente ignorados, sin escuchar al clamor ciudadano de mejorar las condiciones remunerativas y de bienestar de las FFAA y PNP, a fin de superar las cruciales necesidades de la familia militar-policial y los requerimientos básicos de la Defensa Nacional .
Lima, de marzo de 2010SECRETARÍA DE IMAGEN Y PRENSA

ASANP – ASCOM.PNP - ADISFFAA.P – ASMAFAR – ADOFAIP – ASOMAR – AOPIP - APENFFAAPONA – ASORPIP –ASTOSUBPE - ATSIFAP – ATOMER - ASTYSOREP - AVISTOMAR – AMHOLE - ASPIP – COMITÉ COORDINADOR – SEIS DE AGOSTO

Av. San Felipe Nº 379 Jesús María. Teléfono: 463 9439. Fax: 463 8224. Móvil: 999 435 689. Correo Electrónico: alianzaporlareivindicacionffaa-pnp@yahoogroups.com

COMENTARIO

Camilo Sergio Renato Rivera Arroyo dijo...
CREO QUE EL COMUNICADO DE LA ALIANZA NO SE AJUSTA LO QUE DICE A LO QUE REALMENTE HACE, ES DECIR HABLA DE DESLEALTAD HACIA SUS SUBORDINADOS.... QUE LA UNION... QUE ESTO Y AQUELLO... PERO SIN EMBARGO CUANDO SE INVITA A UNA REUNION CON EL PRIMER MINISTRO, Y GENTE DEL EJECUTIVO.... SEPARA (SEGUN ELLOS) LA PAJA DEL TRIGO Y SE DEDICA A INVITAR A SUS "AMIGOTES" O A QUIENES NO TIENEN LA REPRESENTATIVIDAD DE LOS PENSIONISTAS COMO "APENFFAAPONA".


POSIBLEMENTE ASISTAN UN GRUPO DE GENERALES Y CORONELES, O MEJOR DICHO QUIENES NO REPRESENTAN EL SENTIR DE LOS PENSIONISTAS DE SUPERVISORES A SUB OFICIALES COMO SI LO HACE "APENFFAAPONA" QUE REPRESENTA A MAS DE NUEVE MIL QUINIENTOS PENSIONISTAS.... CREO QUE A ESO NO SE LLAMA UNION Y SE DEBE PREDICAR CON EL EJEMPLO...QUE LASTIMA ESTA DISCRIMINACION A TAN IMPORTANTE ASOCIACION.
18 de marzo de 2010 15:56

ACIDEL responde...
Es necesario que asista a las reuniones de la Alianza, como lo hacen los directivos de las demás Asociacines; Ud sabe que los Comunicados se elaboran con la aprobación del pleno; hubieramos deseado escucharlo en vivo su propuestas. Lo esperamos este lunes a las 15:30.

SUGERENCIAS HAY, VOLUNTAD POLÍTICA NO LO HAY


“Artículo Segundo”  “S U G E R E N C I A S”

Para mejorar las remuneraciones de los servidores “Militares – Policiales”

Hace menos de un mes (Enero 2010), tuve la oportunidad de escribir un “primer artículo” emitiendo conceptos genéricos y algunos otros, con el fin de mejorar las remuneraciones del personal militar – policial; como también el comportamiento del precio de los minerales y las utilidades que obtienen las empresas mineras.
- Estos ingresos son la principal fuente de recursos de nuestro ente recaudador “SUNAT”, a través de los diferentes impuestos que tienen la obligación de cobrar. Sino alcanzamos estas metas, no se podrán atender las necesidades que requiere el país, como el concerniente al pago de las remuneraciones del personal “Militar – Policial”.
- El sector de mayor generación de ingresos, indudablemente es el “Minero”; siendo las “Regalías” la segunda fuente más importante del país, como lo son también para las Regiones; luego sigue el ingreso por “Canon Minero”. Es por eso que las “Regalías” han existido siempre como impuesto. Sin embargo durante el régimen del gobierno anterior, dispusieron que no se pagará por que lo consideraban una contraprestación y no un tributo.

ANÁLISIS DE DIVERSOS DISPOSITIVOS LEGALES que se debe “RENEGOCIAR” o “MODIFICAR”
1. “ANULAR” o “MODIFICAR”:
Determinados “Decreto Ley” que se dieron en la década del 90, y que continúan afectando la economía del Perú.
a. Decreto Ley Nº 807 (07 Abril1996) derogando la Ley que protege el mercado interno. Con esta ley las empresas transnacionales pueden vender los combustibles a los peruanos a precio de importación (incluido fletes, seguros y aranceles) que no pagan.
b. Las empresas transnacionales tienen el beneficio del D.L. Nº 818, que les permite recuperar en forma anticipada el IGV, pagar los aranceles hasta en 14 semestres, y tiene también el arrastre de pérdidas de 4 a 8 años. Beneficios que no gozan las empresas peruanas.
2. PERDIDA DEL DOMINIO DEL GAS
- Durante el régimen del Presidente Alberto Fujimori, se prefirió privatizar losyacimientos de hidrocarburos extraídos del suelo peruano, a precio del mercado internacional.
- En cuanto al gas de “Camisea”, la entrega se realizó sin la participación del Estado peruano, como si fuera una inversión sin riesgo. Este echo debió tratarse de manera diferente, porque estas cuantiosas reservas ya habían sido detectadas y probadas. El nuevo operador solo tenía que sacar el producto a la superficie.
- Fue la compañía argentina “Plus Petrol” quien lideró la explotación de esta enorme inversión; y todavía no satisfechos con este gran beneficio solicitaron al Estado Peruano no pagar casi US$ 100 millones de dólares para la construcción de los gaseoductos.
Lo raro en este contrato, es que no se aprecia ningún sistema de control sobre los líquidos de gas, que vienen asociados al petróleo, y que son casi 600 millones de barriles de crudo. De estos beneficios el Estado Peruano no participa en nada.
3. RENEGOCIAR Y CONFIRMAR, que el gas proveniente del Lote 88 es exclusivo para satisfacer la demanda interna. Sin embargo durante el Gobierno del Presidente Alejandro Toledo, se modificó el contrato original y algunos otros dispositivos legales para no cumplir este derecho del Estado Peruano.
- Se debe considerar en la renegociación que al cabo de 15 ó 18 años, cuando termine el contrato de exportación del gas de “Camisea” las instalaciones pasen a manos del Estado Peruano. Esto vendría a ser una compensación, porque los actuales inversionistas no han gastado en la exploración. Se calcula el valor de estas instalaciones en US$ 15,000 millones de dólares aprox.
4. RENEGOCIAR
El D.S. Nº 071-2006-EM, conocido “Programa Minero de Solidaridad con el Estado”, donde le dan un carácter voluntario y temporal que equivale a las utilidades netas del 3% de las 43 empresas mineras más importantes del país. Este importe se consideró en S/. 500 millones de soles cada año, hasta completar S/. 2,500 millones en 5 años. Además si disminuyera la cotización de los minerales, podría posibilitar su reducción.
5. RENEGOCIAR LA LEY Nº 27133:
- Al parecer esta ley tenía nombre propio, y fue para favorecer a una determinada empresa.

Historia:
La Ley Nº 28552 (de junio 2005), decía en su base primigenia que el abastecimiento del Lote 56 era para el mercado interno, y que el espíritu de la misma determinaba: “UN HORIZONTE PERMANENTE DE 20 AÑOS”.
- Al promulgarse la Ley 27133, se modificó la Ley Nº 28552, que consideraba en su texto y de manera muy simple la redacción de: “UN PLAZO DE 20 AÑOS”; eliminando la condición de: “Un horizonte permanente”. Este nuevo texto impide que el abastecimiento – ya no sea permanente.

6. COBROS INMEDIATOS QUE PODRÍAN REALIZARSE:
a. Elevar a US$ 40’ millones de dólares, el precio del alquiler de 90 plataformas que operan actualmente frente al mar de Piura y cuyo precio permanece hace muchos años en solo US$ 10 millones de dólares c/año, cuando el precio del barril de petróleo era de US$ 20.00 $ 40’000
b. Cobrar a la empresa que usa el gasoducto del gas de “Camisea” el 2% de su valor, y que tiene un precio aproximado de US$ 18,000 millones. Con ello se obtendrá US$ 360’ millones de dólares c/año. $ 360’000
c. ¿OTROS POSIBLES COBROS?
- Lograr que se aplique el impuesto a la “Sobreganancia”, remplazando con ello al D.S. Nº 071-2006 denominado “Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo” – que consiste, en otorgar voluntariamente la cantidad de 500 millones de soles durante 5 años, hasta totalizar 2,500 millones de soles aprox. US$ 167’ millones de dólares cada año.
- Este impuesto de “Sobreganancia” entraría en vigencia a mediados del año 2011 (al vencimiento de los 5 años). El “Ovolo Voluntario” podría ser del 6% sobre las utilidades netas que deberán aportar más de 43 empresas mineras, y cuyo monto podría incrementarse con la incorporación de nuevos aportantes, como las empresas exportadoras de petróleo y de gas.
- Este impuesto generaría c/año casi US$ 1,500 millones de dólares; T/c S/. 2.85 que arrojaría S/. 4,275 millones de soles.
- Esta información económica debe ser revizada y confrontada por los técnicos del “MEF” y del “M.E.M.”, de conformidad a los balances de gestión presentados por las empresas a la “SUNAT” y “CONASEV”.
$ 1,500’000
d. Mejorar la eficacia en la lucha contra el contrabando, especialmente en Puno y Tacna; que según información de la “Sociedad Nacional de Industrias” asciende a casi US$ 1,000 millones de dólares al año; pero con una relativa eficiencia del 15% captaríamos US$ 150 millones de dólares.
- De idéntica manera, aumentar el control en el puerto del “Callao”, para reducir el contrabando, sobrevaluaciones o exportación de artículos sin valor para (beneficiarse con el drawback) que es el 8% del valor declarado.
$ 150’000
US$ 2,050’000

Resumen
1. El Presupuesto General de la República, no puede sufrir perforaciones; y de ninguna manera generar inflación por gastos adicionales no presupuestados.
2. La solución en cuanto al sinceramiento de las remuneraciones del personal Militar – Policial debe ser integral y no parcial. El bono compensatorio de S/. 1,000 no es la solución.
3. El Perú como país soberano, no requiere recibir “OVOLOS VOLUNTARIOS” de ninguna empresa.
La aplicación del impuesto a la “Sobre Ganancia” actualmente funciona en “Inglaterra” y “EE.UU. de Norteamérica” con el nombre de “Wind Faltax” con excelentes resultados.
4. Si el Poder Ejecutivo estima en 5,500 millones de soles al año, este aumento remunerativo, y si no cuenta con el ingreso económico suficiente ocasionaría una inflación del 1.3% del PBI. Nuestro deber es buscar soluciones en el corto o mediano plazo. Con este posible ingreso de US$ 2,050 millones de dólares equivalente a casi S/. 5,842 millones de soles (t/c. 2.85) aliviaría de alguna manera este álgido y difícil problema.
S/. 5,842’
<5,500>
S/. 342’ (saldo a favor)
- Y por último, expresamos que es obligación de los peruanos colaborar para que la gestión del gobierno de turno sea exitosa en todas sus áreas, como también es obligación de nuestras autoridades gobernar dentro del marco de la ética, responsabilidad y honestidad.
- En los últimos años hemos sido testigos de graves casos de corrupción que ha involucrado a altas autoridades de la Nación, con el otorgamiento de exoneraciones tributarias, modificación de Leyes, Decretos Supremos, Reglamentos, etc., y sin que se noten la presencia de los entes fiscalizadores, ni tampoco de los partidos políticos de oposición.
- Nuevamente debo preguntar:
¿Cómo está manejando Chile, el cobro de los tributos: canon, regalía minera, renta, etc.?
- Es tal, la solvencia económica del país sureño, que la Presidenta Michelle Bachelet acaba de promulgar un aumento sustancial de remuneraciones al personal Militar – Policial, mejorando los haberes que estaban congelados más de 10 años.
Las ventajas de este aumento: Es para evitar que continúen retirándose personal joven altamente calificado, pasando al sector privado.
- Además continúa vigente el “Canon Minero”, con un porcentaje del 10% sobre las utilidades en la explotación del cobre. Esta odiosa comparación me veo obligado a mencionar, porque tiene que haber alguna diferencia en su política de administración económica.
La respuesta radica tal vez en la cantidad de elementos corruptos en uno u otro país.

• No hay necesidad de ser relativamente inteligentes para darnos cuenta que muchos de nuestras autoridades son atraídos fácilmente por el poder del dinero. Una evidencia concreta fue expuesta públicamente por el Presidente de la República con motivo del caso de la empresa estatal “Perú - Petro”, donde se constató que uno de los Directores de esta empresa manejaba información privilegiada, que era utilizada en las licitaciones de los pozos de gas; y a los que el Sr. Presidente Alan García denominó “ratas”.
- ¿Qué culpa tienen los servidores castrenses, de contar con autoridades públicas corruptas, que por acción u omisión incumplen sus obligaciones en el área del control de los tributos?. Esto mismo ha sucedido con la “Caja Militar – Policial”, donde han ocasionado un saqueo inmenso de su patrimonio, ante la vista y paciencia de las autoridades.
- Por eso no llego entender ¿Cuál fue el criterio del Sr. Presidente Alejandro Toledo, cuando “OBSERVO” el proyecto de Ley sobre el pago de “Regalías” con fecha 25 de Julio 2006? A tan solo 4 días de espirar su gobierno. Esta “observación” impidió cobrar varios cientos de millones de dólares a las empresas mineras que no habían pagado “regalías” desde el año 2005.
- A través de múltiples ejemplos, se aprecia la modificación, anulación u observación de Leyes o proyectos de Ley. Indudablemente que el factor humano es vital para conducir eficientemente un país.
En el próximo artículo, emitiremos algunas otras sugerencias.
Lima,  febrero del 2010
_______________________________
NESTOR ANDRADE GAISBACH
DNI Nº 07854521
“SOCIEDAD NACIONAL DE INDUSTRIAS”
DIRECTOR
1976 – 1997

“Artículo Tercero”  “SUGERENCIAS”


“Sobre la captación de recursos económicos para mejorar las remuneraciones del personal “Militar – Policial”.
En los Artículos “Primero” y, “Segundo” se han precisado las causas del deterioro económico de este personal, y las formas posibles de obtener dinero fuera del “Presupuesto General de la República” vigente, con el fin de no crear inflación.
- Al respecto tiene que haber voluntad política del Supremo Gobierno para que se proyecten Leyes y Decretos Supremos que modifiquen, anulen o tal vez crear nuevas normas tendientes a lograr mejoras en la cobranza de los tributos, así como de los nuevos por dictarse en el futuro.
- Las cobranzas inmediatas son:

1. El cobro de US$ 40’ millones de dólares por el alquiler de las 90 plataformas ubicadas frente al mar en Piura. Este alquiler del Estado al “Consorcio Perú LNG” ha estado congelado en US$ 10’ millones hace muchos años. US$ 40’
2. Aplicación del impuesto a la “Sobreganancia” a las empresas mineras, porque actualmente rige el “Obolo Voluntario” que culmina a mediados del 2011 – (5 años de vigencia). El impuesto de “Sobreganancia sería mínimo de 6% sobre las utilidades netas.
Se puede obtener casi US$ 1,500’millones. US$ ,500’
3. Reducción del contrabando en Puno y Tacna, así como en el “Callao”; que según estadística de la “Sociedad Nacional de Industrias” es del orden de US$ 1,000 millones de dólares al año. Con una eficiencia del 15% se podría obtener US$ 150 millones al año. US$ 150’
4. Cobrar a la empresa que usa el gasoducto del gas de “Camisea” el 2% de su valor, y que tiene un precio aproximado de US$ 18,000 millones. Con ello se obtendría US$ 360’ millones c/ año. US$ 360’
TOTAL: US$ 2,050’
Tipo de cambio: S/. 2.85
Se obtendrá: S/. 5,842’ millones de soles.

NOTA.- El fundamento del impuesto a la “Sobre ganancia” decretado por el Presidente Barak Obama en EE.UU. de Norteamérica, es que este beneficio extraordinario sea pagado para ayudar a las familias de esta gran nación, pagar sus mayores gastos de energía, con las enormes utilidades obtenidas con la subida del petróleo en los últimos años.

Nuevos ingresos de dinero que también podrían captarse:
1. Revisar los convenios de “Reinversión de utilidades “ de las empresas mineras, porque existen algunas que tienen:
a. Convenios vencidos y los quieren hacer pasar como vigentes, para beneficiarse con “el no pago a las utilidades en el 80%”.
b. También hay contratos en trámite de obtener la reinversión de utilidades, a pesar de haberse suspendido el beneficio tributario para muchas de las mineras. La relación de las mismas, son de conocimiento del “MEF” y “MEM”.
c. Obtener mayores ingresos, haciendo que el Estado participe en el cobro de “más regalía” con respecto a la venta de gas. Este último tiene relación con el contrato firmado el 18 – Setiembre 2007, al haber ganado la empresa “REPSOL YPF” la licitación pública internacional para el suministro de gas natural licuado (LNG) proveniente de “Camisea” a la Terminal de Gas Puerto Manzanillo “México”. Esto salió a la luz pública ante la denuncia del candidato presidencial por México(Abril 2008) del Dr. Manuel Sanchez Obrador, expresando que esta operación costará a México US$ 21,000’ millones de dólares entre el 2011 y 2026 – precio mucho más caro que si lo hubiera comprado directamente al Perú.
Este contrato entre privados no nos concierne aparentemente porque los mexicanos se afectan en casi US$ 15,000 millones.
- El objetivo es determinar “cuál es el precio en boca de pozo” para calcular lo que se debe de cobrar en la “regalía” que es el 37%. Si llegamos a conocer el verdadero precio del gas, que este año se exportará a México, podremos obtener una mejor recaudación.
d. Bajo la fórmula de “Reinversión de Utilidades” con el 80% de las utilidades netas, ha servido para que muchas empresas mineras dejen de pagar este significativo tributo. Consideramos que es muy elevado y tentador por su elevado porcentaje, que podría reducirse al 40%. Con ello alentaríamos las inversiones y reinversiones, pero nunca dejando de pagar este tributo. Ejemplos:
• En el año 2006, la Empresa “Cerro Verde” pretendió evadir US$ 240’ millones de dólares amparándose en una Ley derogada en el año 2000 sobre reinversión de utilidades.
• En el año 2006, la “Minera Volcán” presentó un pedido de reinversión de utilidades por US$ 107’ millones de dólares que felizmente no prosperó.
• Actualmente la Empresa Minera “Antamina” acaba de obtener el beneficio de “Reinversión de Utilidades”, (período 2009 – 2013), con lo cual el Estado dejará de recaudar US$ 270’millones por impuesto a la Renta. La mitad corresponde al CANON que deberá cobrar la “Región Ancash”.
Consecuencias: Como esta región no cobrará el 50% de los US$ 270’ millones se ha paralizado la producción producto de una huelga realizada por el Sindicato de Trabajadores de esta empresa.

DISEÑO DE UNA ARQUITECTURA DAÑINA PARA LOS INTERESES DEL PERÚ
Lo acontecido en la Concesión del “Gas de Camisea” en que a pesar de haber sido gratuito su otorgamiento al “Consorcio Perú LNG”, El Estado no se ha beneficiado con la recuperación de estos yacimientos después de retirarse voluntariamente la empresa norteamericana “SHELL”, al no encontrar el petróleo requerido. Como las “riquezas de Camisea” consistían en líquido y gas natural, el Estado Peruano entregó gratis a la nueva concesionaria estos yacimientos; a esta última le interesaba los líquidos por su alto valor comercial y la facilidad de convertirlo en dinero. Al estado Peruano le interesaba el gas natural por el alto valor energético del yacimiento.
- Por esta razón se realizó una transacción entre el “Estado” y la “Empresa Concesionaria”:
1. El Concesionario obtenía la explotación de líquidos y gas.
2. El Concesionario comercializaba los líquidos al precio del mercado para recuperar su inversión.
3. El Precio del gas tendría un tope de US$ 1.00 por millón de BTU, cuando el uso era para energía eléctrica, y de US$ 1.80 por millón de BTU si tenía otro destino.
- Por eso consideraron, que la única vía para obtener dinero era mediante la exportación, bajo la base de que estuviera cubierto el consumo del mercado peruano en forma permanente “mínimo 20 años”.
- Así fue como empezó la exportación. Al resultar muy atractivo este negocio, comenzaron a insistir más en la exportación, ejerciendo tal influencia en las altas autoridades del Poder Ejecutivo y Legislativo, e incluso llegaron a modificarse: Leyes, Decretos Supremos, Reglamento de Hidrocarburos, etc. Con el fin de conseguir que además del lote 56 y 57 destinado para la exportación, también se incluyera parte del lote 88 (separado exclusivamente para abastecer el mercado interno).
- Por estas razones el abastecimiento al mercado interno: industria, plantas, etc. Están racionados y restringidos sus suministros.
- Este sólo ejemplo, demuestra la facilidad y enorme influencia de estos grupos de poder económico en nuestras autoridades.
- ¿CÓMO PRETENDEMOS TENER UN PAÍS FUERTE, INDEPENDIENTE, CON LA PRESENCIA DE ESTA CLASE DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS?.
- Comprender “que este país, no pertenece a ningún grupo político” que transitoriamente llegó al Poder por la decisión electoral de un pueblo que confió en ellos y que fue traicionado en sus ideales.
- El provecho económico inicial estaba en la diferencia de US$ 0.80 centavos de dólar por cada millón de BTU. Si tuviéramos estos ingresos adicionales para beneficio del país, obtendríamos varios cientos de millones de dólares más.
- Con los ejemplos e ideas expuestas en líneas anteriores, estimamos que es posible lograr muchos cientos de millones de dólares adicionales, al margen del estimado inicialmente en US$ 2,050’ millones de dólares considerados como cobranza inmediata, con los cuales propusimos como solución inicial en la solución de las remuneraciones del personal Militar Policial.

CONCLUSIONES
1. El “Estado Peruano”, es un cuerpo orgánico que se encuentra muy enfermo y contaminado por el virus canceroso de la “CORRUPCIÓN”.
2. El rayo láser por aplicar, debe ser operado por el Señor Presidente de la República, debiendo entender los peruanos que este es “Un tema de alta prioridad” que involucra al sector público y privado. A los primeros por hacer mal uso de la función pública transitoria que se les asignó (Caso de las municipalidades, SUNAT, Contraloría General de la República, Poderes del Estado, etc.); y a los segundos “Sector Privado” por ubicarse en la posición de “corruptores” para incumplir sus obligaciones como contribuyentes.
3. El afán del suscrito, emitiendo sugerencias, no persigue ningún protagonismo político, y se realiza con el fin de aportar ideas para que el Estado obtenga mayores ingresos tributarios.
Tal vez a algunos grupos de poder económico les incomode. Ha sido posiblemente la relativa importancia que se ha dado al tema de la mejora económica del personal castrense, que hasta la fecha no ha sido resuelto eficazmente.
El estado peruano como “Empleador” tiene la gran ventaja de que dicho personal no puede sindicalizarse ni agremiarse, la actitud del personal militar – policial tiene más mérito porque continua actuando con paciencia, humildad y respeto para con las autoridades superiores, conscientes del delicado rol que el Estado les ha asignado.
4. De lo que estoy firmemente convencido es que si no derrotamos la enfermedad de la corrupción, este país no podrá avanzar con mayor velocidad, ni se podrá derrotar el fenómeno de la pobreza. Por eso la exhortación va dirigida a los políticos, funcionarios públicos, inversionistas nacionales y extranjeros – que aplican con tanta eficacia las acciones mediáticas de “LOBBYS”, ubicándose en la posición de corruptores.
5. El dinero para cubrir algunas necesidades importantes de este país “existe”. Se requiere emplear al máximo sus mentes, conocimientos y voluntades para lograr este saludable propósito, como es el caso de la justa remuneración del personal militar – policial.
Considero también, que este tema no es el más importante para el país, pero si tiene una naturaleza muy delicada, pero que por desidia e inoperancia de los conductores de regímenes anteriores no ha sido resuelto hasta la fecha.
Al actual gobierno y no a los próximos corresponde dar la solución real al respecto.

Lima,  marzo del 2010



_______________________________
NESTOR ANDRADE GAISBACH
DNI Nº 07854521
“SOCIEDAD NACIONAL DE INDUSTRIAS”
DIRECTOR
1976 – 1997

TODOS APORTAMOS SOLUCIONES AL PROBLEMA

DEMANDAS DE LAS FFAA Y PNP; CON PROPUESTAS ESTRATEGICAS A FIN DE DAR SOLUCION INTEGRAL A LA CRISIS ECONOMICA DE SUS INTEGRANTES

I. DEMANDAS DEL PERSONAL DE LAS FFA Y PNP A. AUMENTO DE SUELDOS AL PERSONAL DE LAS FFAA Y PNP
B. OTORGAR MENSUALMENTE UN BONO EXTRAORDINARIO DE S/ 500.00 SOLES AL PERSONAL DE LAS FFAA Y PNP
C. DAR SOLUCION A LA INSOLVENCIA DE LA CAJA DE PENSIONES MILITAR-POLICIAL
D. DEFENSA DE LA INTAGIBILIDAD DEL DECRETO LEY Nº 19846

II. PROPUESTAS ESTRATEGICAS
A. SOBRE EL AUMENTO DE SUELDOS AL PERSONAL DE LAS FFAA Y PNP
1. Nivelación de los sueldos del personal policial-militar en situación de actividad y retiro, sin discriminación, para los cual el Estado cuenta con los recursos necesarios, como las Reservas Internacionales Netas (RIN), que ascienden a 36 mil millones de dólares

2. El Gobierno al formular el Presupuesto Fiscal Anual debe de considerar como estrategia de política siempre, un incremento de sueldos para el personal militar y policial en forma gradual, racional y viable teniendo como soportes fuentes de financiamiento de los recursos que se generan como son:
1. Recursos Ordinarios.
2. Recursos Directamente recaudados.
3. Recursos de Operaciones Oficiales de crédito.
4. Donaciones y Transferencias.
5. Recursos determinados.

3. En el Perú no hay ningún problema, nuestra moneda está sobrevaluada, los mismos funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) lo afirman. Somos más de 28 millones de peruanos y hablamos de mejorar los ingresos de más 200 mil militares y policías en actividad y en retiro es decir al 0.091% de la población, y no generaría una inflación de dichos aumentos salariales. Se tiene que tener en consideración que los militares y policías, al tener mayores ingresos, van a consumir alimentos, vestidos y viviendas, y va a mejorar la reactivación de la pequeña y mediana empresa y también del sector agrario y del sector artesanal pesquero del Perú. Esto sin dejar de mencionar que este dinero del incremento va a retornar al tesoro público, vía IGV e Impuesto a la Renta.

4. Algunos técnicos con experiencia afirman, que cuando el Estado ahorra los recursos suficientes, sus finanzas se equilibren, es decir que cuando ya se está en crecimiento hay que soltar recursos, porque si no lo hace, cómo va a acompañar el sector público y/o el sector privado para que se sostenga el crecimiento de un país, y soltar recursos en forma gradual y racional no significa inflación.

5. Asignación de un porcentaje de los canons y regalías mineras y energéticas, para las FFAA y PNP de tal manera que no afecte en lo mas mínimo en el desarrollo sostenible socio económico de las diferentes zonas del país, a fin de establecer un equilibrio estratégico tanto en el Frente Externo como en el Frente Interno

6. Revisión y renegociación de los contratos mineros y energéticos para lograr una mayor captación de recursos económicos para el erario nacional. La fórmula de “Reinversión de Utilidades” con el 80% de las utilidades netas, han servido para que muchas empresas mineras dejen de pagar este significativo tributo. Considerando que es muy elevado y tentador por su elevado porcentaje, pudiendo reducirse al 40%. Con ello se alentaría a las inversiones y reinversiones, pero nunca dejando de pagar este tributo

Sobre el particular tiene que haber una voluntad política del Gobierno Central para que en el futuro se proyecten Leyes y Decretos Supremos que modifiquen, anulen o tal vez crear nuevas normas tendientes a lograr mejoras en la cobranza de los tributos, así como de los nuevos por dictarse en el futuro. Las cobranzas inmediatas son:
a. El cobro de US$ 40’ millones de dólares por el alquiler de las 90 plataformas ubicadas frente al mar en Piura. Este alquiler del Estado al “Consorcio Perú LNG” ha estado congelado en US$ 10’ millones hace muchos años. US$ 40’
b. Aplicación del impuesto a la “Sobre ganancia” a las empresas mineras, porque actualmente rige el “Óbolo Voluntario” que culmina a mediados del 2011 – (5 años de vigencia). El impuesto de “Sobre ganancia” sería mínimo de 6% sobre las utilidades netas.
Se puede obtener casi US$ 1,500’millones. US$ ,500’
c. Cobrar a la empresa que usa el gasoducto del gas de “Camisea” el 2% de su valor, y que tiene un precio aproximado de US$ 18,000 millones. Con ello se obtendría US$ 360’ millones c/ año. US$ 360’

TOTAL: US$. 900’
Tipo de cambio: S/. 2.85
Se obtendrá: S/. 2,565 millones de soles.
Fuente: Néstor Andrade Gaibach
“Sociedad Nacional de Industrias”

Director 1976 – 1997
7. La Defensa Nacional y el Orden Interno (Seguridad Ciudadana) es fundamental para el desarrollo de un país, como lo prescribe la Constitución Política del Perú en su Art. 171º “Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional participan en el desarrollo económico y social del país, y en la defensa civil de acuerdo a ley” ha quedado probado internacionalmente que la mejor manera de vivir en paz es estar preparado para la guerra, tanto en el Frente Externo ante una amenaza exterior y en el Frente Externo para la lucha frontal contra la inseguridad ciudadana, el crimen organizado y el narcotráfico. “la seguridad de un país tiene su costo”

B. OTORGAR MENSUALMENTE UN BONO EXTRAORDINARIO DE S/ 500.00 SOLES AL PERSONAL DE LAS FFAA Y PNP.
Como se generaría el bono extraordinario al personal de las FFAA y PNP en actividad y en retiro?
Es solamente realizar un análisis profundo sobre el manejo de los Presupuestos Fiscales de los últimos años, análisis que no se ha realizado y si lo han hecho han tendido un orientación o manipulación política a los intereses del Gobierno de turno. Esta falta de conocimiento ha traído como consecuencia que no se generen alternativas tan simples como que, por ejemplo, los proyectos de inversión pública que no se ejecutan o el gasto corriente que no se ejecuta o el gasto que se ejecuta y no está bien sustentado y, al final, no trae ningún beneficio al Estado.
El economista Germán Lench Cáceres (Doctorado en Economía, ex asesor principal de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso, ex director General de Administración del Ministerio del Interior y ex Jefe de Planeamiento y Presupuesto de un Programa del Ministerio de Agricultura) planteo un bono mensual permanente de 500 soles por espacio de un año; manifestando que cada año sobran recursos del Presupuesto de la República. Por ejemplo si el año pasado sobraron S/.16 mil millones, ¿acaso no puedes destinar S/. Mil millones para incrementar S/. 500 a las Fuerzas Armadas y Policiales, por doce meses?, si se puede: falta voluntad política
¿Cuántas modalidades existen para obtener los S/. Mil millones necesarios para financiar este bono mensual de S/. 500?

Se ha encontrado DIEZ modalidades pero sólo se mencionaré TRES:

1. Primera Alternativa.
En los últimos cuatro años ha sobrado dinero de lo no ejecutado por el Gobierno Central, sin mencionar a los Gobiernos Regionales.
El año 2006 sobraron S/. 5 mil millones.
El año 2007 sobraron S/. 14 mil millones.
El año 2008 sobraron S/. 19 mil millones.
El año 2009 sobraron S/.16 mil millones (con crisis internacional). ¿Acaso no alcanza de este dinero sobrante para financiar los S/. Mil millones que se necesitan para financiar el bono?

2. Segunda Alternativ
Sin involucrarse con la descentralización ni con los Gobiernos Locales, se puede tomar del Gasto Corriente del Gobierno Nacional, que asciende a S/. 11,083 millones; los S/. Mil millones. Los ahorros se pueden generar comprando pasajes aéreos de US$ 80 en vez de comprarlos a US$ 500, y no comprando mobiliarios en exceso, como se hace. Y aquí, en lo de mobiliarios, se ha exceptuado a sectores importantes como Educación y Salud, Restando los S/. Mil millones al Gasto Corriente le van a quedar S/. 10,083 millones que tranquilamente se puede gastar.

3. Tercera Alternativa.
Pasar de ahorrar S/. 100 millones de los S/. 700 millones que cada año se destinan para pagar consultorías en el país. Después, de tantos fondos que se han creado uno es el Fondo Nacional de Inversión Pública Regional y Local (FONIPREL). Este fondo tiene asignado S/. 500 millones cada año y sólo ejecuta S/. 20 millones anuales. De aquí se pueden destinar para el bono unos S/. 50 millones y ya tendríamos S/. 150 millones.
Los S/. 850 millones restantes que se necesitan para completar la tercera alternativa pueden obtenerse destinando estos S/. 850 millones de la Reserva de Contingencia que cuenta con S/. 4 mil 710 millones.
C. DAR SOLUCION A LA INSOLVENCIA DE LA CAJA DE PENSIONES MILITAR-POLICIAL
1 El Estado cumpla con cancelar la deuda adquirida con la Caja de Pensiones Militar Policial, ascendiente a la suma de MIL TRECIENTOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NUEVOS SOLES (S/. 1,300´453,000.00).
2 Regularizar la tasa de aportación al Sistema previsional militar policial con un 26%: correspondiéndole 09% al miembro aportante y 17% al Estado.
3 Los pensionistas de las promociones aportantes a la Caja MILPOL de los años 1974, 1975 y 1976, sean transferidas a las pensiones de Montepío otorgadas por el Estado; en razón que con el transcurrir del tiempo los pensionistas de Montepío se han reducido y asimismo consideran los especialistas que actualmente ya no es una carga pesada para el fisco, permitiendo con ello mejorar su déficit actuarial y descongestionar las obligaciones acumuladas. de la Caja de Pensiones Militar-Policial.
4 Personal de pensionistas debe seguir aportando con un 3% 4% según la escala jerárquica y de los beneficios otorgados (Oficiales de alta jerarquía) para apoyar en el desarrollo económico de la Caja de Pensiones Militar-Policial
5 Las pensiones de viudez y orfandad deben de continuar aportando mensualmente a la Caja Militar-Policial hasta cubrir los años de servicios reglamentarios prestados a la nación

D DEFENSA DE LA INTAGIBILIDAD DEL DECRETO LEY Nº 198461. POR LA MODILIDAD DE PRESTACION DE SERVICIOS EXCEPCIONALES A LA NACIÓN Y SU CONTRIBUCIÓN A LA PACIFICACION DEL PAÍS
Por las diferentes modalidades de prestación de servicios a la nación, los miembros de las FFAA y PNP cuentas con características particulares que nos hacen diferentes a los demás trabajadores estatales de la Administración pública; la labor militar policial es de dedicación exclusiva de alto riesgo, con un trabajo sacrificado, abnegado, digno y silencioso en lograr en forma permanente la paz social, y de conformidad con lo prescrito en la Constitución Política del Perú en su Art. 171º “ Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional participan en el desarrollo económico y social del país, y en la defensa civil de acuerdo a ley”, y además por haber logrado las FFAA y PNP una victoria estratégica contra las Organizaciones Terroristas de Sendero Luminoso y el MRTA y haber contribuido a la Pacificación del país; también se debe tener en consideración los siguientes fundamentos:
a. El personal militar policial están disponibles trabajando para el Estado las 24 horas del día, los 365 días del año.
b. Diferencia de otros sus funcionarios, del Estado no cobran horas extras, ni sobre tiempo a pesar de mantenerse en las bases y cuarteles o comisarías sin horario de salida y cubriendo guardias o patrullas a cualquier hora, en zonas de emergencia o en las fronteras.
c. No escogen el lugar de destino o centro de trabajo, ni pueden negarse a trabajar en las diferentes bases, cuarteles y dependencia policiales del país,
d. La familia del personal militar policial deben sacrificarse con estos cambios de empleo, pues muchas veces tienen que vivir adaptándose constantemente a los cambios de localidad, o viviendo separados por las características de las localidades de empleo como zonas de emergencia, zonas de frontera, lugares inhóspitos, etc.
e. No cuenta como otros funcionarios del Estado con Catorce (14) sueldos al año, (un sueldo completo por navidad y otro por fiestas patrias)
f. Muchas veces, por exigencias del servicio y la vida militar policial, no pueden hacer uso del período vacacional y no tienen compensación por ello y tampoco se puede acumular esos períodos para hacer uso de los mismos posteriormente.
g. Cuando el personal militar policial pasan a la situación de retiro no le otorgan una compensación por tiempo de servicios (CTS), digna y justa, y en la actualidad el CTS oscila entre S/. 2,200.00 y S/. 3,500.00 según la escala jerárquica
h. La FFAA y PNP con su sacrificada misión constitucional han permitido que la democracia permanezca como Sistema de Gobierno, como se demuestra en el mantener el orden en los diferentes conflictos sociales, en la lucha frontal contra el crimen organizado, contra el narcoterrorismo en el VRAE, en el resguardo de nuestras fronteras, arriesgando sus vidas para protección del ciudadano.
i. Porque el 80 y/o 90% de los pensionistas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional participaron en derrotar militarmente y policialmente al terrorismo en las décadas de los años 80 al 90; ha sido considerada como una victoria estratégica de las FFAA y de la PNP, ofreciendo muchos de nuestros compañeros sus vidas y los demás luchamos con sacrificio, abnegación, patriotismo y con dignidad por la pacificación del país, que permitió con ello, brindar un clima de seguridad, de paz social, lográndose el despegue socio económico de nuestra nación, con el ingreso de inversiones de capitales extranjeros y repatriación de capitales nacionales, el incremento del turismo, mejora en el PBI, y en el desarrollo sostenido económico por muchos años, por lo tanto los actuales pensionistas militares y policiales han luchado y contribuido, para que actualmente el Perú goce de un clima de seguridad y tranquilidad
j. Durante la décadas del 80-90 considerados como años de terror que sufrió el Perú, muchos miembros de las FFAA y PNP (de civil) se desplazaban hacia Sierra Norte, Sierra Central y Sierra Sur a sus Centros de Trabajo en vehículos de transportes públicos (Omnibuses), juntamente acompañados de empleados del Sector Educación (Profesores), del Sector Salud (Médicos, Enfermeras y Auxiliares de Enfermería), empleados bancarios, trabajadores del campo, persona civiles de diversas actividades, pero cuando fueron interceptadas por columnas de Sendero Lumino o MRTA, previa identificación de los pasajeros, los únicos ejecutados y asesinados fueron militares y policías; dejando en libertad al resto empleados de la administración publica y personas civiles, en consecuencia, no todos los empleados del sector publico somos iguales, nos diferencia por la excepcionalidad de la modalidad de prestación de servicios a la nación, el riesgo de vida, la defensa y seguridad del Estado y la sociedad, y sacrificio por la preservación de la paz social.
k. Por pertenecer a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú nuestros pagos por la prestación de servicios a la nación se fundamentan en un Régimen Excepcional y/o Especial; Régimen que se sostiene en un soporte constitucional, prescrito en la Constitución Política del Perú en su Art Nº 103 LEYES ESPECIALES:”Pueden expedirse leyes especiales porque así lo exige la naturaleza de las cosas, pero no por la razón de las diferencias de las personas. La ley, desde su entrada en vigencia, se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes y no tiene fuerza ni efectos retroactivos, salvo en ambos supuestos, en materia penal cuando favorece al reo. La Ley se deroga solo por otra ley. Tanbien queda sin efecto por sentencia que declara su inconstitucionalidad. La Constitución no ampara el abuso del derecho”.

l. Si el Estado estaría pensando en modificar y/o anular algunos aspectos contemplados en el Decreto Ley Nº 19846, tendrían que pensar también en cambiar todo el paquete de excepciones, es decir que en lo sucesivo deberán considerar en el Presupuesto respectivo:
a) Horario de trabajo de ocho horas de jornadas diarias
b) El pago de horas extras.
c) El pago de una bonificación especial por servicio nocturno.
d) El pago por Servicio de Guardia de 24 horas
e) El pago por especialidad, responsabilidad de cargo, dedicación exclusiva y riesgo de vida.
f) El pago de viáticos por los servicios prestados que sean fuera del lugar de su vivienda.
g) El pago de devengados

2. PORQUE LA EQUIVALENCIA DE LAS REMUNERACIONES CON LAS PENSIONES
a. Las remuneraciones y pensiones es un par inseparable, diferente que en la actividad civil, por la naturaleza de los servicios y por el riesgo de vida que cumple el personal militar y policial, como se realiza en muchos países como el caso de Chile, Ecuador y Colombia, que si reconocen la labor abnegada y sacrificada que cumplieron los integrantes de sus Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
b. Las remuneraciones y pensiones otorgadas al personal militar y policial deben ser dignas, justas y legitimas por los principios de equidad, justicia y de gratitud de la sociedad, y por el reconocimiento de valerosos peruanos que ofrecieron su vidas, y de los que lucharon y siguen luchando por preservar la paz social aportando significativamente en el desarrollo estratégico sostenible socio-económico del país.
c. El personal militar y policial al termino de su carrera profesional espera una pensión justa, digna y legitima a la par y equivalente con la remuneración, porque si no se logra este beneficio de jubilación equitativa y justa, podría traer consecuencias nefastas para el país, porque los actuales miembros de las FFAA y PNP al señalarse una remuneración en actividad y luego que su pensión va ser otro sueldo en forma diferencial, lo que va originar una situación caótica y anárquica pudiendo generarse en mas actos de corrupción, con el único propósito de asegurase una vejez sin preocupaciones económicas, porque la jubilación no va a satisfacer sus expectativas, ni sus necesidades básicas.

 
3. FORTALEZA CONSTITUCIONAL AMPARADO EN LA CONSTITUCION POLITICA DEL PERU
Art.1º La persona humana como fin supremo
La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado

Art. 11º Acceso a prestación de salud y pensiones
El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas. Supervisa asimismo su eficaz funcionamiento.
(Comentario: Entonces significa que el Estado estuvo y esta en la obligación de cautelar, y supervisar el correcto funcionamiento financiero del Sistema Previsional Militar Policial (Caja MILPOL).

Art. 24º Remuneración justa y cabal
El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure para el y su familia, el bienestar material y espiritual. El pago de la remuneración y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligación

Art. 26º Los principios laborales
En la relación laboral se respetan los siguientes principios:
1. Igualdad de oportunidades sin discriminación.
2. Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.
3. Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.

Art 165º Constitución de las Fuerzas Armadas
Las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea. Tiene como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la Republica. Asumen el control interno de conformidad con el Art 137º de la Constitución

Art 166º Policía Nacional
La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.

Art. 171º Participación en el desarrollo
Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional participan en el desarrollo económico y social del país, y en la defensa civil de acuerdo a ley

Art. 174º Homologación en los Grados, Honores y Pensiones.
Los grados y honores, las remuneraciones y las pensiones inherentes a la jerarquía de Oficiales de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional son equivalentes. La ley establece las equivalencias correspondientes al personal militar o policial de carrera que no tiene grado o jerarquía de oficial. En ambos casos, los derechos indicados solo pueden retirarse a sus titulares por sentencia judicial.
Arequipa, 11 de Marzo de 2010

Horacio Gomero Derteano
Coronel PNP (r)
Telf. 054-777870
Cel. 054-959741054