BASTA YA DE HOMENAJES POSTUMOS, VIVIR CON DIGNIDAD: REMUNERACIONES Y PENSIONES JUSTAS
domingo, 9 de septiembre de 2018
viernes, 7 de septiembre de 2018
COMUNICADO DE LA ALIANZA POR LA REIVINDICACIÓN DE LAS FFAA Y PNP
“Vis Unita Fortior”
Alianza por la Reivindicación de las FFAA y PNP
COMUNICADO No 09/2018/ALIANZA
La Alianza por la Reivindicación de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, como integrante de las “ASOCIACIONES DE PÉNSIONISTAS UNIDOS”, expresa su total discrepancia con las declaraciones vertidas por el Sr Ministro de Economía en la entrevista que el Diario El Comercio le hiciera el 01 de setiembre 2018, por las siguientes razones:
1.Lo que aspira el Ministro de Economía, es buscar la manera de apuntalar el Producto Bruto Interno (PBI) y dice que viene trabajando propuestas.
2.También expresa el Ministro, que hay riesgos que vienen del Poder Legislativo y que ejercen presión en las cuentas públicas y pone como ejemplo la Caja de Pensiones Militar Policial y se pregunta ¿se hace sostenible con la intervención del Parlamento?, dice el Ministro, es un indicador de que el sistema tal como está y sobre todo con la “CÉDULA VIVA”, no es sostenible.
3.Lo primero que habría que decirle al Ministro, es que los Militares y Policías que están en Situación de Retiro, nunca han tenido ni tienen actualmente CÉDULA VIVA; tiene que hablar con propiedad y conocer realmente el problema pensionario. Lo que se tiene es la Cédula Renovable, que es equivalente a la remuneración pensionable, que de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1132 se llama Remuneración Consolidada, que aproximadamente es el 60% del percibo total del personal en Actividad.
4.También, manifiesta el Ministro de Economía, que anualmente, el Gobierno entrega para financiar el pago de pensiones 1,200 millones de soles y que con la homologación que hizo el Congreso al aprobar por insistencia la Ley Nº 30683, si esta Ley no es observada o derogada, tendrá que entregarse entre 1,000 a 1,200 millones más, es decir 2,500 millones que le costará al país.
5.Lo que no dice el Ministro, es que los Gobiernos y de manera especial los Ministros de Economía, nunca se preocuparon en solucionar el problema que creó el Ministro de Economía Silva Ruete, al bajar las aportaciones al 12% (6% el Estado y 6% el aportante) cuando los estudios actuariales indicaron que debía ser de 27% (15% el Estado y 12% el aportante) porcentaje que solo se aplicó en los dos primeros años de funcionamiento de la Caja, esta situación fue creada por los Gobiernos y no por los pensionistas.
6.Tomando como referencia tan solo los tres últimos gobiernos, los presupuestos se han incrementado, en promedio, entre el 7% y 10% por año, cabe preguntarse ¿en cuanto se han incrementado los presupuestos de los Ministerios de Defensa y del Interior?; es fácil impactar en la opinión pública cuando se habla en cifras globales, pero esto no grafica la realidad, pues no se considera en estas cifras la inflación acumulada, la pérdida del poder adquisitivo y mucho menos la importancia de las Fuerza Armadas y la Policía Nacional en la Defensa y Seguridad Nacional y el Mantenimiento del Orden Interno, fundamentales para mantener una economía estable y sostenible, siendo para quienes están transitoriamente en el poder muy fácil desconocer que los pensionistas perjudicados son precisamente quienes se enfrentaron en el campo de batalla a quienes pretendieron subvertir el orden legal establecido, y sin cuya participación, muchos de los que nos han gobernado hubieran abandonado el país en los años de cruenta lucha.
7.Señor Ministro de Economía, el Congreso de la República, dentro de las atribuciones que le competen, está el de formular leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes y velar por el respeto de la Constitución Política y las Leyes, y al promulgar la Ley Nº 30683 no hace más que cumplir con los principios constitucionales indicados anteriormente que solo busca se respete el orden legal establecido, y si bien existe un gasto para el erario público, esta iniciativa la tomo el Poder Ejecutivo mediante la promulgación de los Decretos Legislativos Nº 1132 y Nº 1133 en diciembre del año 2012.
8.Por último señor Ministro de Economía, lo que acoge el Congreso de la República mediante la promulgación de la Ley Nº 30683, no es la nivelación de las pensiones con las remuneraciones del ´personal en actividad, sino que equipara dentro del marco constitucional las pensiones del personal militar y policial que obtuvo sus pensiones antes del 10 de diciembre del 2012 con las del personal que perteneciendo al mismo régimen pensionario, es decir al Decreto Ley Nº 19846, viene pasando al retiro después de la indicada fecha; es decir, la Ley Nº 30683 solo se enmarca dentro de las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 19846, cuya vigencia el propio Ejecutivo reconoce en el tercer párrafo del articulo 2do. del Decreto Legislativo Nº 1133.
-
COMISION EJECUTIVA
ADOFAIP- ADOFERS-ASANP – ASOMAR - ASOFER.GRP -ASORPIP – ASTSOEPFFAA.CUSCO - APCPMP - ATSIFAP – ATSIFAP.PIURA – ATSIFAP.CHICLAYO – ATSIFAP.CALLAO – ATSIFAP.PISCO – ATSIFAP.AREQUIPA – ATSIFAP.IQUITOS – ASTYSOREP – ASTYSOREP.SULLANA – ASTYSOREP.LAMBAYEQUE – ASTYSOREP.HUARAZ– ASTYSOREP.TRUJILLO – ASTYSOREP.ICA – ASTYSOREP.AREQUIPA – ASTYSOREP.MOQUEGUA – ASTISOREP.TACNA – ASTYSOREP.PUNO – ASTYSOREP.CUSCO – ASTYSOREP.HUANCAYO – ASTYSOREP.IQUITOS – ASPIP - AVISTOMAR – AS. 21 DE MAYO – CACOP – COM.COOR. – COGRP – COMIPOL.PIURA – COMIPOL.TUMBES – FREUMILPOL.AREQUIPA – FEDERPOL – AMHOLE - INT’L POLICE ASSOC.SP. –– ASPIP – APOFEP - ASMAFAR-
Pasaje CRL. César CANEVARO Nº 190, Of. 404; Urb. Las Gardenias; Santiago de Surco. Teléf. 2792865; Cel. 961992149. RPM: #961992143: Email: alianza_secretaria_ejecutiva@hotmail.com
¡ALERTA EN LOS CUARTELES!
CONTINÚA LA CONSPIRACIÓN DEL GOBIERNO -EL MEF-
PARA ELIMINAR LA LEY 30683
jueves, 6 de septiembre de 2018
UNA ADMISIBILIDAD INDEBIDA
Estimados amigos:
Por tratarse de algo que es de nuestro especial interés, me permito hacerles llegar el artículo de opinión que se adjunta, al que le he titulado UNA ADMISIBILIDAD INDEBIDA, y que ha sido publicado el día de ayer -05-set-2018- en mi columna periodística “Radiofaro Político” del diario Expreso, el mismo que aborda un aspecto de la demanda de inconstitucionalidad contra la ley 30683, presentada por el ex Gobierno de PPK y apoyada por el presente Gobierno de Martín Vizcarra. Es un aspecto formal, pero que resulta fundamental para que el Tribunal Constitucional-TC-, pueda tener una cabal información, de los pormenores de la aprobación de esta acción, que podrían determinar, la improcedencia de la presentación de dicha demanda.
Creo que este aspecto, el TC no lo tomó en cuenta debiendo haberlo hecho, y por eso declaró admisible la demanda, lo que es peligroso, porque de no ser un descuido, estaría este Tribunal, dando señales de voluntad de declarar fundada la citada demanda de inconstitucionalidad, lo que no sería nada extraño, dado las últimas decisiones de este Tribunal, siendo la más insólita, la del caso "El Frontón".
Un cordial saludo
Enrique Quiroga Carmona
Mayor General FAP (r)
Abogado
Enrique Quiroga Carmona
Mayor General FAP (r)
Abogado
UNA ADMISIBILIDAD INDEBIDA
Diario Expreso 05 de setiembre del 2018
Una admisibilidad indebida
Columna: Radiofaro Político
ENRIQUE QUIROGA CARMONA
La demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 30683 que formuló el Gobierno del ex presidente PPK ante el Tribunal Constitucional –TC–, y que el actual Gobierno se ha obstinado en mantener, ha sido vista recientemente en audiencia por ese Tribunal, y ha quedado “al voto”. La posibilidad de que pueda declararse fundada dicha demanda es extremadamente preocupante, por los perjuicios que podría traer para los miembros de las FFAA y PNP, los que han sido señalados reiteradas veces a través de los medio de comunicación, y recientemente en el propio TC.
Pero este gobierno no solo ha continuado con esta demanda, sino que también está protegiendo un procedimiento irregular que fue iniciado por el gobierno del ex presidente PPK, y que el TC tal vez no habría advertido; lo que ha permitido declarar a esta, admisible. Me estoy refiriendo a que era absolutamente necesario acompañar como anexo a la demanda, la copia del Acta del Consejo de Ministros que aprobó la interposición de la misma –el 27-12 2017–, ya que de lo contrario el TC no podría conocer todos los aspectos importantes de esta aprobación, que podrían justificar plenamente o no, su admisibilidad
La copia de esta acta fue sustituida artificiosamente por una certificación del secretario del Consejo de Ministros que fue presentada como anexo a la demanda, en la que por cierto no se puede apreciar que la citada acta no fue suscrita por los ministros de Defensa y del Interior, que eran precisamente los titulares de los sectores políticos que podían ser gravemente afectados. Acta que, por lo demás, es absolutamente obligatorio efectuar, tal como lo dispone el Art. 15º de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo –Ley 29158–. ¿Fue esto un descuido?
Al parecer no fue así, sino que en el Gobierno eran conscientes de que la no suscripción de dicha acta por los ministros de Defensa e Interior, principalmente obligados, significó un rechazo de estos a la aprobación de la citada demanda de inconstitucionalidad. Y habrían considerado inconveniente presentarla con esa complicación, porque suponía un impedimento para lograr su propósito. Los ministros son los responsables políticos del sector a su cargo, y, como tales, tienen la obligación de refrendar –autorizar y responsabilizarse– los actos del Presidente de la República que en esta ocasión presidió el Consejo de Ministros.
Frente a un caso como este, el Presidente no puede prescindir del refrendo del ministro que corresponde, porque entonces él sería el responsable político y eso estaría en contra de los artículos 128º y 120º de la Constitución –cuando señala este último, que son nulos los actos del Presidente que carecen de refrendación ministerial–, y el Art. 25º de la Ley 29158. El Presidente de la República tiene la potestad de cambiar a los ministros y en este caso no lo hizo. Los miembros del TC que son connotados expertos en la materia tienen la oportunidad de enmendar esta situación evidentemente irregular.
¡ NOS RESPALDA LA CONSTITUCIÓN !
¡ NOS ASISTE LA LEY Y LA JUSTICIA !
¡ NOS AMPARA DIOS Y LA PATRIA !
jueves, 30 de agosto de 2018
SE IMPONDRÁ LA JUSTICIA DEMOSTRADA EN EL PLENO DEL 28AGO
¡¡ LA FELONÍA PROGRAMADA !!
Como si no bastaran los líos originados en la corrupción del Poder Judicial, ahora se prepara la gran felonía del Tribunal Constitucional en contra de los derechos de nuestras Fuerzas Armadas y la PNP.
Ollanta Humala y sus ministros de Defensa e Interior promulgaron – vía cuestionada delegación de facultades– los D. Leg. 1132 y 1133. En síntesis, ambas normas establecieron discriminación activa entre los pensionistas militares y policiales: quienes estaban en situación de retiro hasta antes del 10 de diciembre de 2012 terminaron percibiendo hasta 70 % menos ingresos que aquellos (con el mismo grado, méritos y derechos) que pasaron a ser pensionistas después de esa fatídica fecha.
El gran pretexto y farsa fue establecer una nueva pensión consolidada y una nueva estructura de ingresos aplicable al personal de las instituciones armadas. Oportunamente eso lo denunciamos como una puñalada contra los patriotas uniformados, no solo por la evidente inconstitucionalidad de las normas, sino también porque el propio Humala había ofrecido durante su campaña una solución integral para mejorar el nivel miserable de remuneraciones de miles de militares, policías, viudas y damnificados durante la guerra con Ecuador en 1941, en Falso Paquisha – 1981, la Cordillera del Cóndor 1995 – 1998; y la prolongada lucha antiterrorista que se desató en 1980 y aún prosigue en el Vraem.
Las normas señaladas fueron confrontadas en un prolongado proceso judicial que llegó hasta el TC a fines de 2013. Cuando ya había una sentencia favorable para militares y policías, el máximo órgano de
control fue renovado en sus miembros. Bajo la presidencia de Óscar Urviola Hani se impidió que la sentencia terminara de firmarse; luego se quebró mañosamente la causa y finalmente los nuevos tribunos (que son básicamente los actuales) sentenciaron en contra.
control fue renovado en sus miembros. Bajo la presidencia de Óscar Urviola Hani se impidió que la sentencia terminara de firmarse; luego se quebró mañosamente la causa y finalmente los nuevos tribunos (que son básicamente los actuales) sentenciaron en contra.
El año pasado, el Congreso aprobó la Ley 30683 por la cual se restablecieron los derechos conculcados y hoy se les paga no pensión vitalicia, sino remuneraciones elementalmente decentes.
PPK, traicionando su palabra empeñada, con el aliento antimilitar de Mercedes Aráoz, presentó una demanda de inconstitucionalidad que sospechosamente el TC programo en Arequipa, pese a que ni siquiera se ha aprobado el presupuesto nacional 2019.
¿Escandalosamente van a sentenciar los mismos que ya conocieron antes la causa? Por decencia e imparcialidad deberían inhibirse. Pero no, el antimilitarismo obsceno amenaza con imponerse nuevamente contra los derechos constitucionales del personal que ofrendó su vida en la lucha por la pacificación nacional. ¡Terrible!
martes, 28 de agosto de 2018
Tribunal Constitucional fallará a favor de ley que equipara pensiones militares
No hay forma de que el Tribunal Constitucional emita una sentencia en contra de esa norma, señala.

El congresista Javier Velásquez Quesquén aseguró que no hay forma de que el Tribunal Constitucional (TC) falle en contra de la ley que homologa las pensiones de los militares y policías. Anunció también que en un mes se conocerá la decisión de ese organismo autónomo.
“No hay ningún ángulo que permita que el tribunal pueda declarar inconstitucional la norma. Nosotros no hemos nivelado, lo que hemos hecho es aplicar la base de cálculo que el gobierno de Ollanta Humala utilizó para pagar pensiones a los que salieron el 10 de diciembre de 2012 y la hemos usado para los antiguos pensionistas”, sostuvo.
Cabe indicar que el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) dejó al voto nueve procesos de inconstitucionalidad, entre ellos la demanda interpuesta por el Poder Ejecutivo contra la Ley Nº 30683, que modifica el decreto legislativo para el ordenamiento definitivo del régimen de pensiones del personal militar y policial en situación de retiro.
La defensa de la causa por el Ejecutivo estuvo a cargo del procurador Luis Huerta Guerrero, mientras que la parte demandada estuvo representada por el procurador Guillermo Llanos Cisneros y los congresistas Javier Velásquez Quesquén (CPA) y Carlos Tubino Arias-Schreiber (FP).
El legislador aprista justificó su convencimiento, al recordar la sentencia emitida por el TC el pasado 17 de julio de 2018, en la cual le dio la razón a una demanda efectuada por el personal militar y policial.
El Congresista Javier Velasquez Quesquen, aseguró que no hay forma de que el Tribunal constitucional (TC) falle en contra de la Ley que homologa las pensiones de los Militares y Policías. Anunció también que en setiembre se conocerá la decisión de este organismo autónomo: "no hay ningún ángulo que permita que el Tribunal pueda declarar inconstitucional la norma. Nosotros no hemos nivelado, lo que hemos hecho, es aplicar la base de cálculo que el gobierno de Ollanta Humala utilizó para pagar pensiones a los que salieron el 10 de diciembre del 2012 y la hemos usado para los antiguos pensionistas"; sostuvo.
Cabe indicar, que el Pleno del Tribunal constitucional (TC) dejó al votonueve procesos de inconstitucionalidad, entre ellos la demanda interpuesta por el Poder Ejecutivo contra la Ley 30683, que modifica el Decreto Legislativo para el ordenamiento definitivo del régimen de pensiones del personal Militar y Policial en situación de retiro.
La defensa de la causa por el ejecutivo estuvo a cargo del Procurador Luis Huerta Guerrero, mientras que la parte demandada estuvo representada por el procurador Guillermo Llanos Cisneros y los Congresistas Javier Velasquez Quesquen y Carlos Tubino Arias Schreiber .
El legislador aprista justificó su convencimiento, al recordar las sentencias emitidas por el TC el pasado 17 de julio de 2018, en la cual le dio la razón a una demanda efectuada por el personal militar y policial.
"El 17 de julio de 2018 el TC ha dado una resolución de sentencia que constitucionaliza nuestra Ley y no creo que se contradigan"; añadió.
Sin embargo, agregó que en el supuesto de que la sentencia sea desfavorable, los afectadios pueden acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
lunes, 27 de agosto de 2018
CARTA ABIERTA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARTÍN VIZCARRA CORNEJO
SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
MARTÍN VIZCARRA CORNEJO
EL DÍA 24AGO2018 SE REALIZÓ LA VISTA DE LA CAUSA EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN LA CIUDAD DE AREQUIPA, SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY 30683 PRESENTADA POR EL EJECUTIVO. LOS PENSIONISTAS DE LAS FFAA Y DE LA POLICÍA NACIONAL, ESTAMOS SUMAMENTE INDIGNADOS CON UD SR. PRESIDENTE MARTÍN VIZCARRA, POR SU PROCEDER, AL NO DESISTIR DE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY 30683 ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, NO ESTÁ DEMÁS HACERLE RECORDAR LO SIGUIENTE:
1. DE ACUERDO A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ DE 1993, UD ES EL JEFE SUPREMO DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ.
2. TODO SUPERIOR TIENE LA OBLIGACIÓN DE VELAR POR EL BIENESTAR DE SUS SUBORDINADOS Y SUS FAMILIARES.
3. TIENE QUE SABER QUE, LA LEALTAD, SOLIDARIDAD, ES LA DE SUS SUBALTERNOS A SUS SUPERIORES LA QUE CUMPLIMOS A CABALIDAD, PERO, ESA LEALTAD Y SOLIDARIDAD, TAMBIÉN ES DEL SUPERIOR A SUS SUBALTERNOS, Y UD NO LA CUMPLE.
4. DEBE UD APRENDER EL SIGNIFICADO DE LO QUE ES EL HONOR, SOLIDARIDAD, JUSTICIA, Y SOBRE TODO ESTE ESLOGAN: "SUBORDINACIÓN Y VALOR" QUE LO APRENDEMOS EN LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN, PALABRAS QUE NUESTROS INSTRUCTORES INTERNALIZAN EN NUESTRAS MENTES MAÑANA, TARDE Y NOCHE, LAS CUALES LAS APLICAMOS Y CUMPLIMOS TODA LA VIDA.
5. LOS UNIFORMADOS SOMOS DESCENDIENTES DEL LEGADO DE NUESTROS HÉROES NACIONALES MIGUEL GRAU, FRACISCO BOLOGNESI, ABELARDO QUIÑONES, ALIPIO PONCE VÁSQUEZ, ALCIDES VIGO HURTADO. NO ESTÁ DEM´ÑAS SR. PRESIDENTE MARTÍN VIZCARRA CORNEJO HACERLE RECIORDAR UN POCO DE HISTORIA, DURANTE LA GUERRA DEL PACÍFICO, FUERON LOS GOBERNANTES COMO NICOLAS DE PIÉROLA, IGNACIO PRADO, MIGUEL IGLESIAS, QUE ABANDONARON A SU SUERTE A NUESTROS HÉROES QUE ENTREGARON SUS VIDAS MÁS ALLÁ DEL CUMPLIMIENTO DEL DEBER POR SU AMOR Y COMPROMISO CON LA PATRIA; SINO, LEA LAS MISIVAS QUE ENVIARON ESTOS HÉROES A SUS ESPOSAS, DONDE HACEN MENCIÓN LA POBREDUMBRES DE ESOS POLÍTICOS (DICHOS DOCUMENTOS SE ENCUENTRAN EN LOS MUSEOS DE LA MARINA GUERRA DEL PERÚ Y DEL EJÉRCITO PERUANO.
6. SEÑOR PRESIDENTE, NO SE OLVIDE QUE UD TUVO CONOCIMIENTO QUE EL EX PRESIDENTE PPK, EN SU CAMPAÑA ELECTORAL, FIRMÓ UN ACTA DE COMPROMISO CON EL PERSONAL UNIFORMADO PARA LA EQUIVALENCIA DE NUESTRAS PENSIONES DEL DECRETO LEY Nº 19846 CON RELACIÓN A LOS DECRETOS LEGISLATIVOS Nº 1132 Y 1133, SIN EMBARGO SE ZURRÓ EN SU PALABRA DE HONOR, ASÍ COMO DEL TRAIDOR OLLANTA HUMALA QUE NOS CONGELÓ NUESTRAS PENSIONES, ÉSTE ÚLTIMO TERMINÓ PRESO POR CORRUPTO Y EL PRIMERO ESTÁ A PUNTO DE SEGUIR LOS PASOS DE HUMALA POR EL MISMO MOTIVO.
7. POR ÚLTIMO, NO SE OLVIDE SEÑOR PRESIDENTE, QUE LA CORRUPCIÓN QUE UD TANTO SE UFANA EN COMBATIRLA, NO SOLO SE REFIERE A LAS COIMAS, SOBORNOS, OBRAS SOBRE VALORADAS, ETC. EN AGRAVIO DEL ESTADO; SINO QUE, LA CORRUPCIÓN ES LA FALTA DE ÉTICA, SOBRE TODO EN LOS ALTOS NIVELES JERÁRQUICOS, ES DECIR QUE, UN FUNCIONARIO VEA UN ILÍCITO Y NO LO DENUNCIA Y/O LO ADVIERTA, COMO EL CASO DE PPK Y OLLANTA HUMALA, QUE VIOLARON EL ART. 2 NUMERALES 2 Y 174 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, ASÍ COMO TAMBIÉN EL DECRETO LEY Nº 19846, UD. LES DE RESARCIR ESTOS HECHOS, SE HIZO DE LA VISTA GORDA Y NO DESISTIÓ DE LA DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY Nº 30683 QUE SE ENCUENTRA EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIIONAL CREANDO ZOZOBRA EN MILES DE PENSIONISTAS. MUCHOS CREÍAMOS EN UD. A PESAR DE QUE LLEVA EL NOMBRE DE NUESTRO SANTO PATRÓN SAN MARTÍN DE PORRAS.
ATENTANMENTE
FERNANDO CABELLO KAHN
CORONEL PNP (R)
DNI 43266077
COMENTARIO:
TÉNGASE PRESENTE, SEÑOR PRESIDENTE MARTÍN VIZCARRA CORNEJO, QUE EL HECHO DE HACERSE EL SORDO MUDO EN RELACIÓN A ESTA DEMANDA INCONSTITUCIONAL PRESENTADA POR PARTE DEL EJECUTIVO, QUERIENDO QUITAR EL CUERPO, DICIENDO QUE PPK FUE EL AUTOR DE LA MISMA ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL; ELLO NO LO EXIME DE ESTA RESPONSABILIDAD, PORQUE UD. ES EL PRESIDENTE DEL EJECUTIVO Y QUEDARÁ REGISTRADO EN LOS ANALES DE LA HISTORIA DEL PERÚ, "SI ESTO LLEGARA A SUCEDER", COMO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA QUE RECORTÓ LA EQUIVALENCIA PENSIONARIA LOGRADA CON LA LEY LEGISLATIVA Nº 30683 A LOS INTEGRANTES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ QUE LIBERARON AL PAÍS DEL TERRORISMO, LA SUBVERSIÓN Y LOS CONFLICTOS LIMÍTROFES, DEVOLVIENDO LA PAZ SOCIAL PARA VIVIR EN DEMOCRACIA. QUEDA PUES UD. NOTIFICADO DE ESTA CORRUPCIÓN ÉTICA QUE PODRÍA MAL EJECUTARSE POR SU GOBIERNO.
CARLOS RODRÍGUEZ HURTADO
DNI 42187900
COMENTARIO:
TÉNGASE PRESENTE, SEÑOR PRESIDENTE MARTÍN VIZCARRA CORNEJO, QUE EL HECHO DE HACERSE EL SORDO MUDO EN RELACIÓN A ESTA DEMANDA INCONSTITUCIONAL PRESENTADA POR PARTE DEL EJECUTIVO, QUERIENDO QUITAR EL CUERPO, DICIENDO QUE PPK FUE EL AUTOR DE LA MISMA ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL; ELLO NO LO EXIME DE ESTA RESPONSABILIDAD, PORQUE UD. ES EL PRESIDENTE DEL EJECUTIVO Y QUEDARÁ REGISTRADO EN LOS ANALES DE LA HISTORIA DEL PERÚ, "SI ESTO LLEGARA A SUCEDER", COMO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA QUE RECORTÓ LA EQUIVALENCIA PENSIONARIA LOGRADA CON LA LEY LEGISLATIVA Nº 30683 A LOS INTEGRANTES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ QUE LIBERARON AL PAÍS DEL TERRORISMO, LA SUBVERSIÓN Y LOS CONFLICTOS LIMÍTROFES, DEVOLVIENDO LA PAZ SOCIAL PARA VIVIR EN DEMOCRACIA. QUEDA PUES UD. NOTIFICADO DE ESTA CORRUPCIÓN ÉTICA QUE PODRÍA MAL EJECUTARSE POR SU GOBIERNO.
CARLOS RODRÍGUEZ HURTADO
DNI 42187900
sábado, 25 de agosto de 2018
viernes, 24 de agosto de 2018
jueves, 23 de agosto de 2018
FRENTE UNICO MILITAR - POLICIAL AREQUIPA
¡ALERTA ROJA EN LOS CUARTELES! CONTRA LA "EMBOSCADA POLÍTICA-JUDICIAL" QUE INTENTA ELIMINAR NUESTRA CONSTITUCIONAL LEY DE PENSIONES MILITAR-POLICIAL, ACCIÓN ANTIMILITARISTA Y TRAIDORA QUE DESENCADENARA ACTOS DE VIOLENCIA NO DESEADOS CUYO ÚNICO RESPONSABLE SERÁ EL EJECUTIVO
Nuestros policías y militares que lucharon por el país merecen respeto, por ello Lucharé hasta las últimas consecuencias, junto a mis pensionistas de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, también responsabilizo al Gobierno de turno por las peligrosas consecuencias de su desatino y arbitrariedad.
NOTA DE PRENSA
El Frente Unico Militar-Policial de Arequipa, invita a los Medios radiales, televisivos y escritos de la Republica, a la Conferencia de Prensa que dara el Señor Congresista de la Republica EDWIN DONAYRE GOTZH, el
dia Jueves 23 de agosto a las 17.30 horas en el local de AMSOR-PNP sitio en la Av Pro Hogar N° 500 Miraflores sobre la "Demanda de Inconstitucionalidad presentada por el Ejecutivo contra la Ley de Pensiones N° 30683"
Se agradece su concurrencia
Julio Cesar Del Carpio
Secretario Colegiado
FREUMIPOL-AREQUIPA
GRAN CONVOCATORIA FREUMILPOL-AQP.
El Frente Único Militar-Policial de Arequipa, con ASISTENCIA MASIVA de las Delegaciones de las FFAA-PNP, Viudas de Lima, la Macro Region Sur y Provincias CONVOCA a todos los Pensionistas de las FFAA-PNP, viudas, discapacitados y a la Gran familia militar-policial de Arequipa, a asistir al local del Tribunal Constitucional sitio en la calle Misti N° 102- Yanahuara-Arequipa, para el día viernes 24 de agosto de 2018, a las 08.00 horas.
ASUNTO: Audiencia de Vista sobre la Demanda presentada por el Ejecutivo por la Inconstitucionalidad de la Ley N° 30683,
DEFENSAS: Los Congresistas Javier Velásquez Quesquén, Carlos Tubino Arias-Schreiber, el Procurador del Congreso y el Cdte PNP Francisco Quispe Pinto.
"AHORA MAS UNIDO QUE NUNCA”. "NUNCA CLAUDICAREMOS EN DEFENSA DE
NUESTROS DERECHOS”.
SECRETARIA DE ORGANIZACIÓN FREUMILPOL
MARTES 28AGO SE REUNIRÁ EL PLENO EN LA SALA DEL TC PARA EMITIR SU VOTO CON RELACIÓN A LA VISTA DE LA CAUSA HOY VIERNES 24AGO.
COMUNICADO DE ALIANZA POR LA REIVINDICACIÓN DE LAS FFAA Y PNP
Alianza por la Reivindicación de las FFAA y PNP
COMUNICADO No 08/2018/ALIANZA
EN DEFENSA DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY No 30683
-1, La ley 30683 No nivela las pensiones con las remuneraciones del personal en actividad, lo que hace es equiparar las pensiones de quienes están incursos en el régimen del Decreto Ley 19846 y sus normas complementarias y modificatorias, lo cual la sitúa dentro del marco constitucional pues no deben existir diferencias entre quienes se encuentran en un mismo régimen pensionario y cumplen los mismos requisitos.
2.- En el Decreto Ley 19846 están incluidos los pensionistas que ingresaron a las Instituciones Militares y Policía Nacional hasta el 31 de diciembre de 1973 que perciben sus pensiones bajo el concepto de Montepío, y los que los hicieron hasta el 09 diciembre del 2012, los cuales perciben sus pensiones a través de la Caja de Pensiones Militar –Policial y su vigencia está determinada en el tercer párrafo del Decreto Legislativo 1133, lo cual se enmarca dentro del artículo 103 de la Constitución, que específica que ninguna Ley tiene el carácter retroactivo.
3.-En cuanto a la sostenibilidad financiera, es de remarcar primero que los nuevos montos pensionarios para quienes obtuvimos la condición de pensionistas antes del 10 de diciembre del 2012 se vienen abonando desde Enero del presente año; segundo que el Ejecutivo previa a la promulgación de la Ley 30683 planteo el pago de hasta el 85% del monto total de las pensiones, lo cual no era aceptable puesto que lo que se reclamaba era el respeto a lo estipulado en el Decreto Ley 19846, tercero el actual gobierno al hacer un ajuste económico sustento entre sus considerandos el pago de pensiones y cuarto al promulgar los Decretos Legislativos 1132 y 1133 en estricta aplicación de la Ley, el Ejecutivo debió calcular en toda su magnitud la incidencia económica. En este contexto consideramos que a la Ley 30683 no se le puede achacar iniciativa de gasto
4.-El régimen pensionario del Decreto Ley 19846 se ha tornado insolvente, no por los malos manejos de la Caja de Pensiones, sino por culpa del Ejecutivo ya que los distintos gobiernos de turno nunca corrigieron los aportes del Estado y del personal en actividad que de acuerdo a estudios matemáticos actuariales indicaron desde el inicio, que los aportes a las pensiones debían situarse en el 27 % y no en el 12% que caprichosamente se ha mantenido a través de los años, no siendo esto responsabilidad de los pensionistas.
5.-Como argumento el gobierno se aferra a la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente EXP. N.° 07357-2013-PA/TC , en el cual un grupo de pensionistas presentaron una acción de amparo pidiendo la inaplicabilidad de determinados artículos de los Decretos Legislativos 1132 y 1133, los pensionistas consideramos con todo respeto a los criterios de los ilustres magistrados, que en esta sentencia se cometió un error de interpretación al determinar que las pensiones del personal que obtiene la condición de pensionistas a partir del 10 de diciembre del 2012, se les otorga la Remuneración Consolidada como pensión, porque percibieron las remuneraciones estipuladas en el Decreto Legislativo 1132, cuando lo real es que las perciben porque se les aplica el contenido del artículo 10 del Decreto Ley 19846 y porque la Remuneración Consolidada es conceptuada como pensionable por el artículo 7° del Decreto Legislativo 1133.
6.-Debemos indicar que el Gobierno en funciones comete el error de comparar a los trabajadores al servicio del Estado con los servidores que visten el uniforme de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional con los demás, ya que estos en cualquier parte del mundo se constituyen en un régimen especial ya que están al servicio de la población cuando las circunstancias lo requieren las 24 horas del día, sin percibir beneficios adicionales por labores extras, y que al encargarse de la Defensa Nacional y el Orden Interno están poniendo sus vidas en constante riesgo, incluyendo el abandono familiar entre otras situaciones especiales ampliamente conocidas., siendo los únicos a los que constitucionalmente se les reconoce la equivalencia entre las remuneraciones que son patrimonio del personal en actividad y las pensiones que corresponden al personal en situación de retiro y sus beneficiarios., tal como se estipula en el artículo 174 de la Constitución de 1973 y que el propio gobierno reconoce en el artículo 36 del Decreto Legislativo 1148 Ley de la Policía Nacional del Perú publicado el 11 de diciembre del 2012.
7.- Se habla del impacto en la Economía Nacional. y no se tiene en cuenta que no se ha venido a discutir incidencias económicas, sin embargo debemos aclarar que las cifras que se exponen son incorrectas, ya que la aplicación de la Ley 30683 no sobrepasan los 800 millones, cifra que tiende a disminuir conforme pasan los años puesto que poco más del 40 % de estos pensionistas sobrepasan las expectativas de vida por lo cual en promedio se vienen reduciendo en un número que se sitúa alrededor de 1,200 fallecidos por año cuyas pensiones a groso modo se sitúan en promedio entre los 40 y 45 millones de soles anuales, monto que deja de abonarse como pensiones.
8. En un estudio de muestra hecho en una de nuestras Asociaciones sobre la base de 3,171 asociados encontramos que 1193 o sea casi el 38% sobrepasa los 80 años de edad, otros 865 sobrepasan los 70 años, es decir el 65 % de estos pensionistas superan esta edad, siendo esta población la más expuesta a sufrir enfermedades de alta complejidad que demandan gran inversión en su diagnóstico y tratamiento, con el agravante en el caso de Militares y Policías que muchas son secuela del servicio, ya que se trata de pensionistas que lucharon por la pacificación del país en las guerrilla de los años 60 y el terrorismo que afronto el país en los años 80 y 90, así como los diferentes conflictos con el Ecuador, que concluyeron con el del CENEPA el año de 1995. No se trata pues honorables magistrados del TC sólo de un problema de interpretación constitucional sino también, uno de carácter social donde se verían afectadas más de 95 mil familias.
COMISION EJECUTIVA
ADOFAIP- ASANP – ASOMAR - ASOFER.GRP -ASORPIP – ASTSOEPFFAA.CUSCO - APCPMP - ATSIFAP – ATSIFAP.PIURA – ATSIFAP.CHICLAYO – ATSIFAP.CALLAO – ATSIFAP.PISCO – ATSIFAP.AREQUIPA – ATSIFAP.IQUITOS – ASTYSOREP – ASTYSOREP.SULLANA – ASTYSOREP.LAMBAYEQUE – ASTYSOREP.HUARAZ– ASTYSOREP.TRUJILLO – ASTYSOREP.ICA – ASTYSOREP.AREQUIPA – ASTYSOREP.MOQUEGUA – ASTISOREP.TACNA – ASTYSOREP.PUNO – ASTYSOREP.CUSCO – ASTYSOREP.HUANCAYO – ASTYSOREP.IQUITOS – ASPIP - AVISTOMAR – AS. 21 DE MAYO – CACOP – COM.COOR. – COGRP – COMIPOL.PIURA – COMIPOL.TUMBES – FREUMILPOL.AREQUIPA – FEDERPOL – AMHOLE - INT’L POLICE ASSOC.SP. –– ASPIP – APOFEP - ASMAFAR-
Pasaje CRL. César CANEVARO Nº 190, Of. 404; Urb. Las Gardenias; Santiago de Surco. Teléf. 2792865; Cel. 961992149. RPM: #961992143: Email: alianza_secretaria_ejecutiva@hotmail.com
¡ ALERTA ROJA !
ULTIMATUM A VIZCARRA - PENSIONES
MILITARES Y POLICÍAS DISPUESTOS A SALIR A LAS CALLES
Altos mandos de las FFAA y PNP advierten que no aceptarán que el TC anule la
Ley que nivela sus pensiones.
Ley que nivela sus pensiones.

Los integrantes en retiro de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y Policía Nacional del Perú (PNP) están dispuestos a salir a las calles para protestar, en caso de que el Tribunal Constitucional (TC) resuelva anular la ley que nivela sus pensiones. Igualmente, le dieron al presidente Martín Vizcarra un plazo de 24 horas para que retire la demanda de inconstitucionalidad.
El exjefe del Comando Conjunto de las FF.AA., Jorge Montoya, lanzó un ultimátum al mandatario, a quien le recordó que debió retirar la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 30683 cuando asumió la Presidencia de la República al tratarse de una afrenta para las fuerzas del orden que lucharon contra el terrorismo.
“A los pensionistas [les hago] un llamado para que estén atentos a lo que haga el Tribunal Constitucional en contra de nosotros. No vamos a permitir más atropellos en este caso de las pensiones, y al Gobierno que tome conciencia y tiene 24 horas para retirar la demanda”, señaló el almirante en retiro.
El 6 de mayo de 2017, el Congreso aprobó la ley que reordena las pensiones del personal militar y de la PNP. Sin embargo el 1 de febrero de 2018, el Gobierno del entonces mandatario Pedro Pablo Kuczynski (PPK) presentó al TC una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 30683, que nivela las pensiones de militares y policías.
Montoya calificó de inaceptable que los ministros del Interior y de Defensa, Mauro Medina y José Huertas, avalen las acciones arbitrarias del Gobierno, toda vez que son ellos quienes deben defender los derechos de los militares y policías.
Es por ello que el almirante en situación de retiro de la Marina de Guerra del Perú no tuvo miramientos en señalar que una decisión adversa de parte del máximo Tribunal Constitucional, provocaría otra convulsión en el país, ya que los las fuerzas del orden en retiro y sus familiares están dispuestos a protestar en las calles.
“Nos verán en la calle, eso es lo que va a suceder. No le pueden quitar la pensión a quienes están recibiéndola y eso va a generar que salgan los policías y militares retirados; no hay que olvidar que estamos hablando de 2 millones y medio de personas, entonces no entiendo la razón por la cual el Presidente quiere buscar un conflicto social. Al mandatario le falta visión política”, dijo a EXPRESO.
Por su parte, el vicealmirante en retiro y exvicepresidente de la República, Luis Giampietri, afirmó que un grupo enquistado en el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el cual ha logrado mantenerse a lo largo de varios gobiernos, quiere desaparecer a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
En ese sentido, indicó que si el mandatario Martín Vizcarra deja que este grupo, que pone trabas para que los militares y policías mantengan sus derechos adquiridos, actúe como le da la gana, no está gobernando el país.
“Es un grupo antimilitarista enquistado en el MEF que estuvo con el ministro [Luis] Valdivieso, [Luis] Carranza, [Mercedes] Aráoz, entre otros, y quieren destruir a las FF.AA. [Martín] Vizcarra es el presidente de la República y si quiere ayudar, dé la orden a este grupúsculo y si no se la cumplen, entonces no preside el país, tan simple como eso”, comentó.
Giampietri se mostró a favor de que la familia militar y policial proteste en caso de que el TC le dé la razón al Ejecutivo. “A las FF.AA. y PNP le deben la paz que tiene el Perú y sería un gesto de tremenda ingratitud que se le dé la espalda en la etapa más difícil de sus veteranos, y si la gente reclama, que lo hagan y con fuerza”.
A su turno, el general PNP (r), Luis Montoya culpó al expresidente Ollanta Humala de la situación de zozobra en que viven los militares y policías en retiro, así como al exmandatario Pedro Pablo Kuczynski por haber incumplido una promesa de campaña.
“No estamos recibiendo aumento, no estamos pidiendo nada, el Congreso sacó esta ley para reparar el daño que hizo Ollanta Humala, el Congreso le enmendó la plana y quitó la ignominia contra las FF.AA. y PNP”, afirmó.
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