lunes, 22 de febrero de 2016

CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL

GESTIONES REALIZADAS PARA SALVAR LA CPMP. EL ESTADO PRETENDE DISOLVERLO Y LIQUIDARLO. AHORA DEPENDE DEL TC QUE ORDENE AL GOBIERNO DEVUELVA MÁS DE S/. 1,366 MILLONES DE SOLES A DICIEMBRE DEL 2010 QUE LE ADEUDA.

Asociación Nacional Policial Militar-ANAPPOMIL
“GRUPO CORAJE”  

INSCRITO EN LA PARTIDA N° 13196838 - SUNARP - LIMA - RUC: 20557174860- SUNAT-LIMA

COMUNICADO N° 033-21/FEB/2016

Se hace de conocimiento a la opinión pública y a los señores Pensionistas, Viudas, Huérfanos, Discapacitados e Inválidos y Sobrevivientes (Padres y Madres del causante)  de la Gran Familia Militar-Policial de nuestras FF.AA y PNP que pertenecemos a la Caja de Pensiones Militar Policial - CPMP que actualmente se encuentra en proceso y listo para resolverse en el Tribunal Constitucional nuestra demanda de Acción de Amparo sobre la deuda atribuible que tiene el Estado a la CPMP que asciende a S/. 1,366 millones a diciembre del 2010 siendo los siguientes conceptos que adeuda: bonificaciones, gratificaciones e incrementos no pensionables, planilla de terrorismo, renovación de cuadros, promociones y ascensos póstumos y los correspondientes intereses legales. Conforme a la Carta N° 37-2011/CPMP-GG de fecha 03FEB2011. Al respecto, se consigna cronológicamente las gestiones realizadas siendo nuestra pretensión salvar la CPMP:

I PARTE
(Proceso Contencioso Administrativo)

1.  Con escrito N° Uno de fecha 19JUL2011 Rommel Augusto Roca Laos interpone demanda ante el 13vo. Juzgado Permanente en lo contencioso administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima. Expediente N° 3854-2011-0-1801-JR-CA-13. Peticionando que por Mandato Judicial se ordene al Presidente de la República que disponga que el Ministro de Economía y Finanzas de ese entonces devuelva a la Caja de Pensiones Militar Policial - CPMP la suma de dinero ascendente a S/. 1,366 millones de nuevos soles que adeuda a diciembre del 2010 más intereses legales.

2.  Mediante Resolución N° 01 de fecha 3 de agosto del 2011 el señor Nilton Augusto Lopez Campos Juez del 13vo. Juzgado Permanente en lo Contencioso Administrativo     de la Corte Superior de Justicia de Lima, declara IMPROCEDENTE la demanda alegando que el recurrente carece de legitimidad para obrar. Esta excepción sólo lo puede proponer el demandado más no el Juez, conforme lo establece el Artículo 446° numeral 6 del Código Procesal Civil. Ante esta situación ilegal contrario al debido proceso se presentó en su debida oportunidad el Recurso de Apelación el cual fue concedido.
3.  Con Resolución N° 04 de fecha 12JUL2012 la Primera Sala Contenciosa Administrativa Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, conformada por los señores  Magistrados: González Chávez, Távara Martínez y Hasembank Armas. CONFIRMA la Resolución N° 01 de fecha 03AGO2013 que declara  improcedente la demanda por falta de legitimidad para obrar del demandante. Contraviniendo dicho Colegiado que esta excepción sólo lo puede proponer el demandado más no el Juez, conforme lo ordena el Artículo 446° numeral 6 del Código Procesal Civil. Se presentó en su debida oportunidad el Recurso de Casación el cual fue concedido.

4.  Mediante Resolución de fecha 31JUL2013 la Primera Sala de Derecho Constitucional      y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de Lima. Casación N° 1452-2013, conformada por los siguientes Magistrados: Ramiro Eduardo De Valdivia Cano, Chumpitaz Rivera,  Isabel Cristina Torres Vega (Esposa de un abogado-asesor de la Fuerza Aérea del Perú, conforme se encuentra acreditado con su informe de fecha 03JUL2007. Expediente N° 1628-2006 de la Primera Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima), Elizabeth Roxana Margaret     Mac Rae Thays y Juan Chavez Zapater y como Juez Supremo ponente la                 Dra. Isabel Cristina Torres Vega declararon IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por el demandante Rommel Augusto Roca Laos.

5.  Con escrito N° 04 de fecha 28OCT2013 se solicita la nulidad de Casación de la Resolución de fecha 31JUL2013 de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de Lima. Casación N° 1452-2013 en          razón que la Juez Supremo ponente la Dra. Isabel Cristina Torres Vega es esposa        de un Procurador del Estado - FAP y el Dr. Chumpitaz Rivera no está nombrado con resolución alguna quien rubrica ilegalmente la aludida Resolución de fecha 31JUL2013 y usurpa funciones del Dr. Javier Arévalo Vela que conforma la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de Lima, conforme se acreditó en ese entonces con la Resolución Administrativa N° 001-2013-P-PJ, publicado el 03ENE2013. Esta petición de nulidad fue declarado improcedente. 

II PARTE
(Demanda de Acción de Amparo)

1.  Con escrito N° 01 de fecha 27DIC2013 se presentó la demanda al Juez del Tercer Juzgado Constitucional. Expediente N° 44512-2013 (Proviene esta aludida demanda en impugnación contra el Fallo de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Casación N° 1452-2013 de fecha 31JUL2013 para que se declare nula y sin efecto legal).

2.  Mediante Resolución N° 01 de fecha 27ENE2014 el Dr. Ricardo Chang Racuay Juez del Tercer Juzgado Constitucional de la Corte superior de Justicia de Lima. Expediente     N° 44512-2013-0-1801-JR-CI-03, declara IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por Rommel Augusto Roca Laos. Se aprecia que en dicha resolución solamente tiene la suscripción del Auxiliar Jurisdiccional más no la suscripción del Juez que ha llevado el proceso siendo esta resolución nula de conformidad con el Artículo 122° numeral 7 del Código Procesal Civil. Se interpuso en su debida oportunidad el Recurso de Apelación el cual fue concedido.

3.  Con Resolución N° 04 de fecha 23OCT2014 la Quinta Sala  Civil de la Corte Superior     de Justicia de Lima, conformada por los señores Magistrados: Ordoñez Alcántara, Céspedes Cabala y Palacios Tejada. CONFIRMAN el Auto emitido mediante Resolución N° 01 de fecha 27ENE2014 que declaró improcedente la demanda de amparo. Dicho Colegiado contraviene lo dispuesto en el Artículo 122° numeral 7 del Código Procesal     Civil que ordena la nulidad de la resolución se da cuando ésta no tiene la suscripción del Juez que ha llevado el proceso. Tal y conforme como ha sucedido con la Resolución       N° 01 de fecha 27ENE2014 del Juez del Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.

4.  Con escrito N° 03 de fecha 04FEB2015 Rommel Augusto Roca Laos presenta el Recurso de Agravio Constitucional para ser elevado al TRIBUNAL CONSTITUCIONAL el cual es concedido mediante Resolución N° 05 de fecha 05FEB2015 de la Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima. Expediente N° 44512-2013-0-1801-JR-CI-03 el cual fue notificado el 11MAR2015.

Señores pensionistas de las FF.AA y PNP han transcurrido más de once (11) meses y este expediente se encuentra listo para ser resuelto en el Tribunal Constitucional ante ésta excesiva dilatación innecesaria de acuerdo a nuestro programa de lucha pensionaria             por la restitución del principio de equivalencia de nuestros derechos pensionarios y  salvar a la CPMP se ha previsto un Plantón para el día viernes 11MAR2016 desde las 10:00 a 12:00 horas en el Frontis del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL no solamente exigiremos que dicho Colegiado resuelva la Admisión de la demanda ordenando ulteriormente que el Estado devuelva a la Caja de Pensiones Militar Policial-CPMP que asciende a mas S/. 1,366 millones a diciembre del 2010 sino también se ADMITA la demanda de acción de inconstitucionalidad de “algunos” y “diversos” artículos del Decreto Legislativo          N° 1132 y 1133 respectivamente, el primero “Aprueba la Nueva Estructura de Ingresos Aplicable al Personal Militar de las FF.AA y Policial de la PNP”. Dichos ingresos económicos se ha ordenado en Cinco (5) Tramos solamente para el personal en situación     de Actividad, discriminando económicamente al personal de las FF.AA y PNP en situación de Retiro. Y, el segundo establece el “Ordenamiento Definitivo del Régimen de Pensiones del Personal Militar y Policial”Esta última norma también discrimina económicamente al personal militar y policial de las FF.AA y PNP en situación de Retiro. 
ROMMEL ROCA LAOS
Comandante (r) FAP
Promotor de más de 5,000 Firmas a Nivel NACIONAL
Presidente de la Asociación Nacional Policial-Militar                                       
“Grupo Coraje”

domingo, 21 de febrero de 2016

GARCÍA Y EL JUEZ CONYUGAL

Escribe
César Hildebrandt
La reputación de Alan García se sostiene en varios pilares : las prescripciones, los sobreseimientos, las leguleyadas, los otrosíes, los amparos, los habeas corpus, los debidos procesos (como cuando se le pide al Congreso que precise los delitos que precisamente
está en proceso de determinar) y las sentencias secuaces del archipodrido poder judicial del Perú.
A todo eso se ha sumado ayer,

como anécdota postrera, el fallo del juez Jesús Manuel Soller Rodríguez, ahijadito del candidato y aprista conyugal y consanguíneo para redundar.
García cree que eso lo consagra como figura impoluta. Pero muchas veces que el poder judicial peruano te
absuelva es como limpiarte la piel con un zorrillo en actividad.
Allá García y su prontuario de favores judiciales. Allá el Apra y su deriva hacia los extramuros de la política.
Lo que yo sé es lo que vi. Y lo que vi en 1983 fue a un aprista de clase media que vivía modestamente en Miraflores. Se llamaba Alan García y era una gran promesa de la política y del cambio moderado que muchos exigían para un país aquejado de terrorismo y corrupción.
Como todos sabemos, llegó a la presidencia en medio de una enorme expectativa. Copado por lo peor del empresariado y por sus más inescrupulosos asesores, lo primero que hizo fue comprarse un lujoso departamento en la avenida Pardo. Después, con el tiempo, vendrían la casa de Chacarilla, la residencia playera de Naplo, el depa de París, el inmueble de Bogotá y no sabemos que otras cosas más.
Y en ese tiempo no es que diera conferencias internacionales ni que Chang
lo bancara con sueldos espléndidos. No, toda esa masa dineraria y patrimonial vino de la oscuridad. De las tinieblas del presupuesto de las obras públicas. De todo
aquello que investigó, en 1996, el vocal supremo instructor Hugo Sivina Hurtado, acusación impecable que jamás fue refutada y que, años más tarde, con García fugado, pasaría a la condición de "prescrita" gracias a la complicidad secreta del montesinismo judicial. Pero aquí están transcritas algunas
de las palabras de Sivina, para que las recuerden los que las olvidaron y para que se enteren los jóvenes que no lasconocieron:
HUGO SIVINA HURTADO, Vocal Supremo Instructor
INFORME FINAL Expediente N° 001-9525.03.96
"Señor Presidente:
Que el suscrito, designado Vocal Supremo Instructor, abro instrucción contra don Alan García Pérez, ex-Presidente Constitucional
de la República del Perú, como instigador en la comisión de los delitos de Colusión ilegal y Negociación Incompatible y como autor de los delitos de Cohecho Pasivo y de Enriquecimiento ilícito, en agravio del Estado Peruano, dictando en su contra mandato de Detención...
(5) Se ha acreditado, con la documentación autenticada recabada por este Despacho que, efectivamente, en la cuenta cifrada abierta para acopiar depósitos destinados al doctor Alan García Pérez, cuenta del Barclays Bank de las Islas Grand Caymán, llegaron aingresar hasta tres remesas por la suma total de US$ 840,000.00.
(6) Se ha acreditado que el mismo Alfredo Zanatti Tavolara, propietario de la World Wide Financial Holding Corporation, que a su vez es el titular de la cuenta cifrada N° 285762361-2952733 en el Barclays Bank de las Islas Grand Caymán, ha manifestado que, por orden suya, el señor José Lázaga abrió dicha cuenta cifrada el 28 de agosto de 1989 con mil dólares, a solicitud del ex-Presidente Alan García, quien le había dicho que la necesitaba para el Canal 13, precisando que las cantidades que no corresponden a sus empresas pertenecerían al doctor Alan García.
Esas cantidades fueron lassiguientes: el depósito de S$ 995,153.13 con fecha 7 de septiembre de 1989. el depósito de US$ 300,000.00 de fecha 12 de octubre del mismo año, el depósito US$ 1’000,000.00 ingresado el 16 de noviembre de ese año, el depósito de US$ 300,000.00 ingresado el 4 de enero de 1990, y el depósito de US$ 239,985.00ingresado el 14 de agosto de 1990, evidenciándose que entre estos depósitos, que pertenecían al procesado García, según lo dicho por Alfredo Zanatti, se encuentran las remesas de dinero que había depositado Sergio Siragusa.
(7) Se ha acreditado, con la declaración testimonial prestada por José Lázaga ante las autoridades de Miami-Florida, que este admite haber ayudado a constituir la empresa World Wide Financial HoldingCorporation, corroborando así la versión prestada por Alfredo Zanatti ante este Despacho y evidenciando que dicha cuenta cifrada fue abierta especialmente para recibir sumas de dinero de terceras personas en favor del ex-Presidente Alan Gaercía, entre ellas el depósito por la suma total de US$ 840,000.00 que efectuó Siragusa.
(8) Se ha establecido de lo actuado que del total de US$ 6’104,000.00 de mo-vimientos que tuvo la referida cuenta, un total de US$ 2’835,138.00 pertenecieron al doctor Alan García Pérez.

(9) Está acreditada la vinculación económica entre el procesado Alan García Pérez y el referido Alfredo Zanatti —quien brindó al procesado el uso de la mencionada cuenta cifrada - la misma que viene desde el año 1987, cuando el ex-Presidente García favorece a Zanatti con el otorgamiento de dólares preferenciales al amparo del régimen de los dólares MUC, beneficiándolo con el 88% de los dólares MUC que el BCR había otorgado al sector Transportes y Comunicaciones, por lo que el ex-Presidente le requirió como contribución la suma de US$ 250,000.00 y la adquisición, a través de otrascontribuciones, del 66% de las acciones de la empresa Radiodifusora 1160 - Canal 13.
(10) Se ha acreditado, con las declaraciones testimoniales de Bernardo Fernández y Abraham Zavala, que estos efectivamente recibieron los montos de dinero del extranjero remitidos por el señor Alfredo Zanatti, precisamente desde la cuenta cifrada referida; así como también, según lo manifestado por Bernardo Fernández, que Alfredo Zanatti era un representante de Alan García y que actualmente ha llegado al convencimiento de que el verdadero propietario de Canal 13 era el procesado Alan García Pérez.
(11) La adquisición en común entre Zanatti y el ex-Presidente García Pérez de una aeronave se corrobora con el fax de fecha 29 de junio de 1992, que ha sido sometido a peritaje y corresponde a la letra del encausado García 
Pérez..."
Me he limitado sólo a algunas parrafadas de ese documento histórico. Y no he dicho nada de los 6 millones de dólares encontrados en una cuenta exterior de Agustín Mantilla, que era el que servía la limonada cuando García invitaba a alguien a su casa. Y tampoco me he referido al BCCI, el banco pakistaní al que García favoreció escandalosamente colocando en sus arcas lavanderas buena parte de nuestras escasas reservas (dos funcionarios del BCR aprista recibieron tres millones de dólares en calidad de coima). Para no hablar del negociado de los aviones Mirage, denunciado documentadamente por Carlos Malpica en "Pájaros de alto Vuelo"ese libro que es parte de la historia moderna del Apra.
Que García se entere.  Y todavía quiere volver a ser presidente y tiene la desfachatez de criticar a Cesar Acuña, que al parecer es casi su gemelo, aunque Alan es más rata...

LA DEBACLE DEL PRESUPUESTO MILITAR Y POLICIAL

Juan Mendoza: La debacle del presupuesto militar y policial

La provisión de defensa nacional y seguridad interna es escasa e ineficiente. Somos incapaces de controlar nuestro territorio. El ciudadano de a pie vive asediado por los delincuentes que actúan con impunidad y atrevimiento. ¿Qué explica esta lamentable situación?
La razón central es la insuficiente asignación de recursos. Según el Stockholm International Peace Research Institute, entre el 2010 y el 2014 el gasto militar ha sido 1.3% del PBI en el Perú, en comparación a 2.1% en Chile, 3.3% en Colombia y 2.9% en Ecuador. Asimismo, entre el 2006 y el 2014, el gasto militar, como porcentaje del presupuesto del gobierno general, ha sido 6.5% en el Perú, 10.1% en Chile, y 8.4% en Ecuador. La participación del Ministerio del Interior en el presupuesto total ha caído desde 8% en el 2000 a menos de 6% como promedio de los últimos años. Chile, con cerca de la mitad de nuestra población, asigna 4 veces más presupuesto a las cárceles que el Perú.
Y no solo asignamos poco a defensa y seguridad, sino que lo hacemos con una estructura de gasto anacrónica, reminiscente de los ejércitos de siglos atrás. El gasto corriente ha representado cerca del 90% de los presupuestos de Defensa y del Interior como promedio entre el 2000 y el 2013. Por ello, el grueso de nuestro armamento tiene décadas de antigüedad, y 2 de cada 3 comisarías no tiene acceso al sistema de denuncias policiales.

Pese a que este gobierno, en un indudable acierto, ha incrementado las remuneraciones militares y policiales, aún hay mucho camino por recorrer. Los militares y policías colombianos y ecuatorianos perciben entre el doble y el triple que sus pares peruanos. Y las pensiones militares y policiales son las más bajas de la región, luego de la equivocada reforma previsional del 2012.
¿Adónde queremos llegar con militares y policías mal equipados y remunerados? ¿Queremos poner en juego la viabilidad misma del Estado-Nación renunciando a la provisión de sus funciones esenciales?


Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones arquetípicas que debemos fortalecer. Aquellos que las han mancillado con actos de corrupción deben ser castigados ejemplarmente. Pamela Acosta ha escrito un excelente artículo sobre el daño que Montesinos y sus secuaces le causaron a la institucionalidad militar. Nunca más debemos dejar que episodios similares ocurran en nuestro querido Perú.
Pero justos no pueden pagar por pecadores. Urge asignar más recursos a la defensa nacional y a la seguridad pública. ¿Qué dicen los candidatos?

CÍRCULO MILITAR DEL PERÚ

¡ALERTA MILITAR!: MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA CLAUSURÓ SEDE DEL CÍRCULO MILITAR DEL PERÚ

El local, ubicado en la avenida Salaverry, carece de certificado de seguridad, según informó el municipio

Municipalidad de Jesús María clausuró sede del Círculo Militar
El local carecía del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones vigente.(Municipalidad de Jesús María)


Personal de Fiscalización de la Municipalidad de Jesús María clausuró hoy la sede del Círculo Militar (ubicado en la Av. Salaverry) debido a que este carecía del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones vigente. La medida complementaria de clausura temporal se llevó a cabo para resguardar la integridad de los asistentes a este local, los cuales superan los cinco mil cada fin de semana. 


Al respecto, Ivan Llontop, subgerente de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad de Jesús María señaló que para poder reabrir sus puertas, el Círculo Militar deberá iniciar los trámites para renovar su certificado de defensa civil y deberán cumplir con las exigencias del decreto supremo 058-2014 PCM sobre las inspecciones técnicas de seguridad de edificaciones. 

“Si no cumplen con iniciar sus trámites a fin de garantizar que no existe riesgo estructural, arquitectónico o eléctrico puede ordenarse el cierre definitivo este local”, afirmó Ivan Llontop, subgerente de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad de Jesús María.

El funcionario de Jesús María informó que a lo largo del año se realizan inspecciones a los diferentes locales en el distrito de Jesús María a fin de garantizar el bienestar de sus visitantes y trabajadores y de no cumplir con las normas vigentes, estos locales son clausurados hasta que subsanen las observaciones


miércoles, 17 de febrero de 2016

SERÍA UN BUEN PRECEDENTE PARA DESPUÉS IMPONER CONDICIONES EN LA 2DA VUELTA

ESTRATEGIA ELECTORAL MILITAR POLICIAL HISTÓRICO Y SIN PRECEDENTES

La estrategia planteada para el voto blanco en la primera vuelta por todos los militares y policías en retiro y actividad para luego poner condiciones en la segunda vuelta es en verdad una gran estrategia que sería histórico y sin precedentes.
Es decir, si en la primera vuelta en lugar del voto blanco pusiéramos los de las FFAA la palabra "militar" y los de la PNP la palabra "policía". Durante el escrutinio se darán cuenta, harán estadísticas y reflejará realmente de cuantos somos y sería un comentario impactante y, cualquiera de los 2 candidatos que queden, sabrán que somos una FUERZA ELECTORAL capaz de inclinar la balanza y por lo tanto nos darán prioridad, nos miraran con importancia, entonces pondremos CONDICIONES BIEN CLARAS.

Asi como hacen campaña los candidatos a la presidencia, todos los militares y policias debemos hacer nuestra propia campaña de que el VOTO ES SECRETO por tanto nadie sabrá quién fue el que inscribió: militar y policía. Esta campaña, debiera estar a cargo también de todas las asociaciones de militares y policías en retiro, difundiendo agresivamente a los de actividad para que se unan a esta campaña que beneficiará finalmente a TODOS NOSOTROS Y NUESTRAS FAMILIAS.
Si realmente nos pusiéramos de acuerdo, con toda seguridad que GANAREMOS. 
El gobierno no intervendrá pues está de salida y no le interesa. Por eso, las asociaciones, pueden participar, por lo menos por esta única vez en beneficio de las mayorías, asi veremos quienes hacen campaña por el voto militar-policial y veremos también quienes están coludidos con el oficialismo traicionando vilmente a la gran familia militar-policial, con su silencio complice y su calculada inacción dirigencial...

Las asociaciones deben pronunciarse públicamente y eso no es delito, para eso fueron elegidos, asumiendo la representatividad corporativa de los asociados.

HISTORIA DE LA INFAMIA: CAMARADAS DE ARMAS Y COLEGAS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIA NACIONAL DEL PERU NUNCA OLVIDEN ESTA TRAICION

ALAN GARCÍA ENVIÓ PROYECTO DE LEY PARA QUITAR LA PENSIÓN RENOVABLE A LAS FFAA Y PNP EN COMPLICIDAD CON MERCEDES ARAOS, NUNCA OLVIDAR A ESTOS TRAIDORES

lunes, 15 de febrero de 2016

Deuda social a PNP y FF.AA. supera los 350 millones
Keiko : Se debe reconocer sacrificio de soldados y PNP
La incorporación a la remuneración policial de los bonos que por diversos conceptos reciben, así como el pago de las“reparaciones” que se les adeuda como víctimas del terrorismo en la defensa de la democracia se contempla reconocer dentro del plan de gobierno de Keiko Fujimori. El mismo derecho se reconoce a los integrantes de las Fuerzas Armadas.
En junio del 2012 un informe de la Comisión de Defensa del parlamento, concluyó que “el Estado ha acumulado una deuda de S/. 316,081,477.76 con los deudos y discapacitados de las FF.AA. y PNP por concepto de beneficios que no se han entregado”.
Pero eso no es todo, luego de recibir la información de las organizaciones de combatientes discapacitados y de deudos, se estimó que también “existe una deuda pendiente por la adjudicación de viviendas de S/. 515,862,000.00”.
El plan de gobierno de Fuerza Popular, en el capítulo referente a la “Defensa Nacional”, en el punto cuarto se indica claramente: “Complementar las recomendaciones de la CVR para reparar a las víctimas militares del terrorismo”, lo que la Comisión de Defensa ya cuantificó.
“Las Fuerzas Armadas conjuntamente con las fuerzas policiales jugaron un rol muy importante en la lucha contra el terrorismo y en el desarrollo nacional. En Fuerza Popular creemos que el estado peruano no ha hecho aún lo suficiente para reconocer y compensar a nuestros soldados que sacrificaron sus vidas, su salud y la seguridad de sus familias por devolverle la paz y la seguridad al país”, se subraya.
Se indica que los uniformados tuvieron protagonismo en “garantizar las condiciones para resolver los conflictos fronterizos pendientes y llegar a acuerdos de paz” tan Importantes como el alcanzado con la hermana república del Ecuador.
“Es una tarea pendiente la culminación del proceso de reconciliación nacional, así como la implementación de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad y de la Reconciliación. No se ha concluido el proceso de reparaciones individuales ni colectivas. No se ha considerado la reparación a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional y a los Comités Autodefensa”, se reitera también en el capítulo referido a la “reconciliación nacional”.
Mejora de sueldos
Los sueldos de la PNP se han incrementado en base a diversos bonos, sin embargo esta fórmula esconde un abuso laboral, ese ingreso no se contabiliza para la pensión cuando pasen al retiro.
Superar ese punto, así como revisar la norma que no contempla una igualdad remunerativa al personal militar que paso al retiro con los actuales oficiales, será revisado.
“Fortalecer la capacidad técnica de nuestras Fuerzas Armadas de la mano con una mejora en los salarios y las prestaciones de salud y bienestar”, se expresa como plan a seguir.
Asimismo, se indica que Fuerza Popular considera que resulta indispensable definir nuevas políticas públicas orientadas a fortalecer la capacidad de inteligencia, respuesta rápida, vigilancia de fronteras y otras funciones cruciales a cargo de nuestras fuerzas armadas, frente a los riesgos que presenta el actual contexto de la seguridad nacional en el país.
Para ello, proponemos las siguientes medidas de política pública:
Fortalecer la capacidad de inteligencia de nuestras fuerzas armadas aparejada de un mayor control a cargo del Congreso, respecto de sus actividades; Implementar el sistema de reservas y movilización nacional.
Asimismo se fortalecerá la capacidad técnica de nuestras fuerzas armadas de la mano con una mejora en los salarios y las prestaciones de salud y bienestar; fortalecer las capacidades para responder a emergencias ocasionadas por tos distintos desastres naturales.

A LA OPINIÓN PÚBLICA, PENSIONISTAS, VIUDAS, HUÉRFANOS, DISCAPACITADOS, INVÁLIDOS Y SOBREVIIVENTES DEL GREMIO MILITAR POLICIAL



DEMANDA DE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

Se hace de conocimiento a la opinión pública y a los señores Pensionistas, Viudas, Huérfanos, Discapacitados e Inválidos y Sobrevivientes (Padres y Madres del causante) del Gremio militar-policial de nuestras FF.AA y PNP que pasaron dicho personal a la situación de retiro antes del 10DIC2012 que el día martes 09FEB2016 el Dr. Juan Bautista Bardelli Lartirigoyen acompañado del Dr. Carlos Felipe Plaza Soto y el suscrito se presentaron ante el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL para interponer la demanda de acción de inconstitucionalidad contra “algunos” artículos del Decreto Legislativo N° 1132 que “Aprueba la Nueva Estructura de Ingresos Aplicable al Personal Militar de las FF.AA  y Policial de la PNP”. Al respecto, los artículos que se han impugnado son los siguientes y se resumen de la mejor manera a continuación:

- Artículo 3° del DL. 1132.- Omite consignar el “Principio de la Legalidad” por cuanto las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que le fueron conferidas y esto no ha sido establecido en dicha norma cuestionada.  

- Artículo 4° del DL. 1132.- Discrimina económicamente en todos sus extremos al personal sin excepción de pensionistas de diferentes grados jerárquicos de las FFAA y PNP vulnerando un principio constitucional -entre otrosa la igualdad de oportunidades sin discriminación consagrado en el Artículo 26° numeral 1 de la Constitución.

- SEGUNDA Disposición Complementaria Derogatoria del DL. 1132.- Esta norma deroga cuatro (04) leyes a la vez: Ley 28254, Ley 28750, Ley 29142, Ley 29465 contraviniendo el Artículo 103° de la Constitución, ordena que “La ley se deroga solo por otra ley”. El Decreto Legislativo N° 1132 tiene rango de ley, conforme está prescrito en el Articulo 200° numeral 4 de la Constitución y la facultad de derogar las leyes existentes es atribución del Congreso de la República más no del Poder Ejecutivo. Por consiguiente, el Ejecutivo ha vulnerado el Artículo 102° numeral 1 y Articulo 103° de nuestra actual y vigente Constitución Política del Perú.

domingo, 14 de febrero de 2016

JULIO GUZMAN, LO QUE HAY QUE SABER DE ÉL

LA FAMOSA ACTA

"Era marzo de 1999, una llamada telefónica ordenó a todos los coroneles y generales de las tres Fuerzas Armadas y la Policía Nacional que estaban en el país, viajar a la capital con suma urgencia. Sin explicación de por medio, se les indicó que acudan a una instalación de la Fuerza Aérea, una vez allí se dieron con una sorpresa, para muchos desagradable.
Así es como lo recuerda mi padre, el General de Brigada del Ejército en retiro, Andrés Acosta Burga.
Era la primera vez que él y yo, desde que tengo uso de razón, conversábamos sobre un asunto tan delicado: el régimen fujimontesinista y su relación con las Fuerzas Armadas. Confieso que conscientemente había evitado el tema porque creía que invadiría un espacio muy personal, además temía encontrarme con una respuesta que no me agradara escuchar. Siempre me pregunté “¿si tantos militares acabaron presos por apoyar, directa o indirectamente, a este régimen, no será acaso que…?”, y ponía mi mente en blanco para no pensar más. Sin embargo, tras esta larga charla, sentí que por primera vez conocía a mi papá, que nuestros pareceres no eran tan distintos, que la brecha entre los dos, “la distancia que nos separa” (CISNEROS, Renato 2015), se había acortado.
La reunión que quedó registrada en un vladivideo no fue la primera, me dice mi papá. Días antes todos habían sido convocados de la misma manera y acudieron al mismo lugar, pero una vez allí les dijeron que la orden había sido cancelada y que regresen a sus unidades. Cuando volvieron a ser citados, se encontraron en medio de un gran salón rodeados de cámaras. “Encontramos toda una parafernalia de cámaras que filmaban todo por todas partes, dirigida por uno de los oficiales que trabajaba para el Servicio de Inteligencia, el señor Huamán. Evidentemente todos nuestros movimientos eran grabados, cámaras por todos lados, ya puedes imaginarte que era una atmósfera de presión psicológica, de carácter intimidatorio”, me dijo.
Toda mi niñez y adolescencia estuve rodeada de militares, viví en una villa militar, estudié en un colegio militar, iba al círculo deportivo militar a pasar los veranos. Crecí viendo a mi papá con su impecable uniforme verde, y una de las cosas que más me gustaba hacer era visitarlo en el cuartel. Veía el respeto con el que se dirigía a sus superiores, el mismo con el que se dirigían a él sus subordinados. Lo veía estudiar hasta tarde en la sala para sus exámenes de ascenso mientras mi mamá nos exigía a mis hermanos y a mí guardar sepulcral silencio para no interrumpirlo. Y cuando esas quemadas de pestaña rendían sus frutos y nos avisaba que sí, que lo habían ascendido de grado, todos en casa nos llenábamos de orgullo y felicidad. Lo acompañábamos en todos sus cambios de colocación, menos a uno, cuando lo mandaron al Frente Huallaga en 1993, era muy peligroso que una mujer y tres niños vivieran en zona de emergencia, así que todo ese año estuvimos solos en Lima, pegados a las noticias, rezando porque no hubieran atentados. Así era mi vida, una especie de burbuja impenetrable, casi nada entraba y casi nada salía. Cuando empecé el instituto en 1997, las cosas cambiaron.
Después de pasar lista a los coroneles y generales que habían asistido a la convocatoria (no se exigió la presencia de los que estaban de agregados militares en el extranjero), ingresó al salón quien entonces era el Jefe del Comando Conjunto, el general César Saucedo Sánchez, junto con los comandantes generales de las instituciones castrenses y la Policía. En la mesa también estaba el asesor presidencial Vladimiro Montesinos Torres. Entonces se procedió a leer un documento, “una especie de pronunciamiento” en el que se expresaba apoyo a los estamentos militares, pero también a los órganos de inteligencia. “Cuando mencionan eso, yo recuerdo una especie de murmullo, por lo menos en el sector en el que estábamos nosotros en el Ejército, porque no tenía nada que hacer una institución como el Servicio de Inteligencia en una reunión eminentemente castrense, el Servicio de Inteligencia en ese momento no era dependiente de ninguna institución castrense, dependía de la Presidencia”, me recordó mi papá.
Cuando empecé a formarme como periodista ya habían graves cuestionamientos al gobierno de Alberto Fujimori, el más reciente en esa época, la ley de interpretación auténtica que permitía que, luego de aprobada la nueva Constitución Política del Perú, el presidente intentase la re-reelección. Yo acababa de salir de mi burbuja y el golpe con la realidad fue muy duro. Aunque me tomó tiempo entender, asumí una posición, pero me sentía en medio de un fuego cruzado, y no faltaron quienes me negaron el derecho a protestar por ser “hija de un militar”.
Un acta, según la definición de la Real Academia de la Lengua, es una relación escrita de lo sucedido, tratado o acordado en una junta. Es decir, un documento que surge tras un debate entre dos o más personas y que recoge sus acuerdos y desacuerdos. Lo que ocurrió en ese salón de la Fuerza Aérea fue cualquier cosa menos un debate, y en consecuencia, lo que se firmó no puede de ninguna manera ser llamado un acta. Los hombres que ese 13 de marzo de 1999 fueron convocados a ese lugar jamás tuvieron la oportunidad de discutir el contenido del documento, no participaron de su elaboración y fueron presionados a firmarlo bajo la evidente amenaza que significaba verse registrados en video.
Hace unos días, Julio Guzmán, candidato a la Presidencia de la República por el partido Todos Por el Perú (TPP), despidió al General de la Policía en retiro Félix Murazzo del cargo de coordinador del área de seguridad ciudadana de su equipo técnico luego de que se diera cuenta de que había sido uno de los tantos militares y policías que firmaron este documento con la excusa de que “colisiona con los principios rectores” de su organización. Para mi papá fue algo injusto, no por tratarse de Murazzo específicamente, sino porque a ellos se les llamó a firmar un documento que ya estaba elaborado previamente. “No se puede estigmatizar a cualquier persona que haya sido llamado, cumpliendo órdenes, y decir que solo por haber firmado un documento ya se le pueda descalificar… Si esa acta hubiera sido producto de un debate y fuese considerada constitucional, todos los que participamos estaríamos bajo el mecanismo de conspiración, y el hecho de hacerlo bajo el poder que el Estado le dio a ciertos generales para obligarnos, no convalida esa acta. Esa acta fue elaborada por un pequeño grupo de personas y fue impuesta a la demás oficialidad”, me dijo.
¿Pudieron haberse negado? Seguro que sí, pero eso hubiera significado poner en riesgo toda una vida dedicada a una institución que debía estar por encima de los vaivenes políticos. Mi papá cumplió 34 años de servicio en el Ejército, antes, durante y después de Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos. Vivió, y puedo decir que hasta sufrió en carne propia, la injerencia política que no cesó tras la caída del régimen. “Se mantuvieron algunos vicios porque les convenía y por eso se cometieron abusos, y muchos miembros de las Fuerzas Armadas callaron o soportaron estoicamente porque dependían de una remuneración, porque tenían una familia, y por último porque muchos estaban verdaderamente comprometidos con la institución, tenían vocación de servicio, y reflexionaron como muchos hemos reflexionado: “ya saldrá este señor del mando, será momentáneo, pero yo seguiré en mi institución””.
Y mi papá siguió hasta el día en que se dispuso su pase al retiro en el año 2008.
El fujimontesinismo, y no sólo este, le hizo mucho daño a las Fuerzas Armadas, las usó, torció sus objetivos y las puso en contra de la sociedad. ¿Qué se ha hecho en más de 15 años por reconstruir esa relación? Muy poco. La distancia entre ambos es todavía muy grande. No pretendo entrar en polémica con nadie, esta es una posición personal, subjetiva y de parte, pero creo que si queremos reconciliación en nuestro país, mantener y reforzar el estigma, no ayuda en nada."
Pamela Acosta.