miércoles, 24 de mayo de 2017

DESBARATAN TODOS LOS ARGUMENTOS DEL GOBIERNO CONTRA EQUIVALENCIA DE PENSIONES EN FFAA Y PNP

El representante de los ex comandantes generales de La Marina de Guerra del Perú, Carlos Tejada, desbarató cada uno de los cuestionamientos del Ejecutivo sobre el proyecto de ley aprobado en el Congreso que iguala las pensiones de miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú en retiro.

—¿Cuál es la posición de los pensionistas de La Marina de Guerra del Perú respecto a la modificación del Decreto Legislativo 1133?
Los pensionistas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú se rigen por la Ley 19846, la cual decretó que los retirados debían recibir los mismos goces que el personal en actividad. Aunque en la práctica esto nunca se dio, ya que no se les otorgan los bonos que representan cerca del 40% de la remuneración total.
Lo que hizo el Decreto Legislativo 1133 fue crear inequidad, ya que las pensiones de los nuevos retirados pasaron a incorporar componentes no contemplados en la Ley 19846. La norma aprobada por el Congreso solucionaría esa inequidad.

—¿Es el Congreso quien debería solucionarla, teniendo en cuenta el impacto directo que podría tener en la asignación presupuestal del Ejecutivo?
El Congreso tiene como función legislar, no ser una mesa de partes del Ejecutivo. Puede legislar sobre leyes de pensiones o de beneficio social y ya lo ha hecho antes. Por ejemplo, cuando dispuso el reintegro de los fondos del Fonavi o cuando decretó que los trabajadores de EsSalud que estaban bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicios ingresen al régimen laboral de la Ley 728 —el cual le otorga más beneficios—.
Todas esas normas han tenido impacto económico y no por eso son iniciativas de gasto.

—El presidente ha cuestionado la decisión del Congreso.
PPK está incumpliendo su palabra. Una semana antes de la segunda vuelta se reunió con todos nosotros y hace dos meses reiteró que solucionaría el problema de la inequidad en las pensiones. Hasta el momento no lo hace y ha generado un gran malestar en las Fuerzas Armadas.

—¿Ustedes se han reunido con él?
El miércoles nos reunimos con el ministro de Defensa, Jorge Nieto, y nos manifestó su apoyo para solucionar esa inequidad. Aunque, claro, abiertamente no puede ir en contra del presidente. Hemos pedido reunirnos con PPK.

—¿También se reunieron con Fuerza Popular?
Tengo entendido que, en la campaña electoral, asociaciones de retirados se reunieron con todos los partidos para explicar sus demandas. Hubo ofrecimientos de todos los candidatos para solucionar este problema, ya que esa inequidad no se da en ninguna parte del mundo.
Alrededor de 600 millones de soles, los cuales se financiarán con cargo al presupuesto institucional de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú desde el 2018.

—¿Cómo tomarían que el Ejecutivo observe la norma?
Tanto los pensionistas como los miembros activos lo tomarían con mucho malestar. La decisión que tome el gobierno va a establecer cuál es su compromiso con la Fuerzas Armadas y la Policía.

—Para algunos, la reforma constitucional del 2004 impide precisamente nivelar las pensiones de esas entidades.
Eso no es cierto. La reforma constitucional no afectó la Ley 19846. Solo anuló la Ley 20530, la cual establecía que, al retirarse, un funcionario público común debía ganar lo mismo que uno en actividad.
En el debate parlamentario se decidió expresamente no afectar la Ley 19846 porque la propia Constitución establece que las Fuerzas Armadas y la Policía se rigen por sus normas.

—Algunos cuestionan esos regímenes especiales.
Son especiales porque nosotros no tenemos los mismos derechos de un funcionario cualquiera. No nos regimos por las 8 horas, no tenemos CTS, etc. Por ejemplo, en la reciente emergencia muchos militares han trabajado 24 horas al día por el mismo sueldo y no han visto a su familia durante meses.
Ninguna Fuerza Armada del mundo tiene un régimen pensionario regular.

—¿El Tribunal Constitucional ya no se manifestó en contra del reajuste pensionario a militares y policías?
Sí, pero vinculado a la posibilidad de volver pensionables los incrementos a las bonificaciones. La demanda constitucional buscaba que se le respeten los mismos goces y beneficios de miembros en actividad a funcionarios retirados. El Tribunal Constitucional ya falló en ese sentido, pero también señaló que no deben existir inequidades en las pensiones de los jubilados de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.

ANTECEDENTES
Se debe precisar que los pensionistas militares y policías del régimen de pensiones del Decreto Ley 19846 percibirán como pensión un monto equivalente al de aquellos que pasaron al retiro a partir del 10 de diciembre del 2012, que a su vez asciende a la “remuneración consolidada” que se otorga al personal en actividad.
La norma elimina la discriminación de la que eran víctimas los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú (PNP) que pasaron a la situación de retiro antes del 9 de diciembre de 2012.
De esta forma se modifica lo dispuesto en el decreto legislativo 1133 que desde el 9 de diciembre del 2012 establece un régimen pensionario discriminatorio para los policías y militares que pasaban a situación de retiro.
Al respecto, el congresista Carlos Tubino (FP) señaló que se ha corregido una injusticia cometida contra el personal uniformado en situación de retiro porque dicha disposición no respeta ni los años de servicios prestados a la institución militar ni el grado castrense alcanzado.
Su colega de bancada Yika García graficó la actual situación discriminatoria que vive hoy en día el personal militar en retiro con este caso: un oficial superior con el grado de Mayor del Ejército en retiro percibe una pensión superior respecto a lo que tiene un general del Ejército que se apartó de las filas castrenses antes de la dación del referido decreto legislativo.
La propuesta aprobada no solamente ordena definitivamente el régimen de pensiones del personal militar y policial que será el equivalente a la remuneración consolidada que se otorga al personal en actividad y según el grado remunerativo de conformidad con los artículos 10, 39 y 41 del Decreto Ley 19846 y sus normas modificatorias y complementarias.
“Cada entidad pagará con sus fondos propios la pensión consolidada de acuerdo con los años de servicios prestados y las remuneraciones pensionables abonadas”, señala el documento.
“La implementación será con cargo a los presupuestos del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior y las asignaciones presupuestales que se aprueben para tal fin”, se agrega en el texto.

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