BASTA YA DE HOMENAJES POSTUMOS, VIVIR CON DIGNIDAD: REMUNERACIONES Y PENSIONES JUSTAS
martes, 9 de junio de 2009
EL ASCENSO POSTUMO DE LOS POLICIAS MUERTOS EN BAGUA REPRESENTAN DE CUATRO A NUEVE SOLES PARA LOS FAMILIARES
domingo, 7 de junio de 2009
SINDICATO UNICO DE LA POLICIA PERUANA
http://bloguay.com/rumimaki/
PRONUNCIAMIENTO Nº 22
MUERTE DE POLICIAS Y NATIVOS CULPA DEL APRA.
El Sindicato Único de la Policía Peruana (SUPP), hace llegar sus CONDOLENCIAS a las Esposas, Hijos y familiares de nuestros COMPAÑEROS DE ARMAS, quienes eran integrantes del Sindicato Policial Clandestino, igualmente a los familiares de nuestros HERMANOS NATIVOS, todos ellos caídos en Bagua; los uniformados cumpliendo ORDENES DE REPRESION del Gobierno Aprista a través de la incompetente e incapaz Ministra del Interior Mercedes Cabanillas y los Nativos defendiendo las tierras y recursos de la selva de todos los peruanos, ante su inminente privatización.
EL SUPP RESPONSABILIZA DE ESTAS LAMENTABLES MUERTES al Presidente de la República Dr. Alan García Pérez, Presidente del Consejo de Ministros Yehude Simon Munaro, Congreso de la República, Ministro de Defensa Antero Flores Aráoz, Ministra del Interior Mercedes Cabanillas Bustamante, Director de la PNP José Sánchez Farfán, altos oficiales en actividad y retiro asesores de la ministra, todos ellos monaguillos del APRA.
EL SUPP manifestó y denunció oportunamente, cómo este Gobierno, viene enfrentándonos peruanos entre peruanos, utilizando a los efectivos policiales como carne de cañón para reprimir a nuestro pueblo peruano, cuyo único afán del Gobierno Aprista es defender su política entreguista y vende patria, el cual LOS TRABAJADORES UNIFORMADOS MAS CONCIENTES RECHAZAMOS, REPUDIAMOS Y CONDENAMOS; por eso la Ministra implementó un REGLAMENTO INCONSTITUCIONAL E INHUMANO para que la policía sea más sumisa, obediente, amordazada y sin derechos laborales, el mismo no nos intimida, menos callará nuestra voz de protesta e identificación con el ciudadano y trabajador peruano.
La inseguridad ciudadana en todo el país, los herido y muertos, civiles y policías en estos últimos tiempos NOS DA LA RAZON AL SUPP, hoy más que nunca, URGE TENER UNA POLICIA DEMOCRATICA, donde los trabajadores uniformados sean dignos, respetados, sin corrupción, al servicio de la ciudadanía y pueblo en general, y no tengamos que ser utilizados por los gobiernos de turno como un ente represivo.
Hacemos de conocimiento de la prensa independiente y pueblo peruano en general, los policías en actividad descalificamos a la Ministra del Interior Mercedes Cabanillas y pedimos su renuncia inmediata a dicha cartera, por ser responsable directa de la muerte de los policías y nativos. Hasta la actualidad no realizó acción alguna en beneficio de los trabajadores uniformados, solo promesas y mentiras, como la entrega de uniformes en forma simbólica, hospitales sin medicamentos, Fondo de Vivienda Policial convertido en una entidad financiera, sueldos de hambre, intimidación al personal por presentar solicitudes de homologación de haberes de acuerdo al DS. N°213-90-EF, los mismos ya bordean los cincuenta mil pedidos, para luego hacer valer por la vía judicial, Gasolinazos y robo descarado del rancho en todo el país.
Tenemos como muestra a los Corruptos y Ladrones de sus propios colegas, al Comisario de Atusparia – Lambayeque, así como al General PNP. Raúl Becerra Velarde, Comandante PNP. Jorge Raffo Lecca, Coronel PNP. Jorge Gonzáles Romero y también al ahijado de la Ministra el Comandante PNP. Víctor ZANABRIA ANGULO, Jefe del Departamento de Seguridad de Bancos de la Unidad Policial “Aguilas Negras” enquistados en dicha unidad desde el grado de capitán por ser Aprista, en su jefatura de Comandante tuvo 7 asaltos a distintas agencias bancarias y un efectivo policial muerto, Robo descarado de la gasolina y rancho del personal policial, apropiación de Dinero con sus incondicionales, la suma de DIEZ MIL NUEVOS SOLES cada quincena que paga ASBANC por el patrullaje de los conos de Chosica, Lurín, Ventanilla, Puente Piedra y Huaycan.
¡Viva el Sindicato Único de la Policía Peruana –SUPP!
¡Solo Sindicalizados lograremos una policía digna al servicio del pueblo peruano!
¡Solo Sindicalizados erradicaremos la corrupción y tendremos una policía democrática!
¡Por el pago directo a cada efectivo policial por el concepto de rancho, para evitar el robo descarado de los Jefes de Unidad!
¡Renuncia inmediata de la incompetente e incapaz Ministra del Interior Mercedes Cabanillas!
¡LEGALIZAR EL SUPP GARANTIZA EL CAMBIO EN LA PNP!
Richard G. ORTEGA QUISPE
“Comandante RUMIMAKI”
Secretario General del SUPP
policianuevo@hotmail.com
ALAN GARCIA SIGUE TRAICIONANDO A LAS FFAA Y PNP
En dos años las Fuerzas Armadas y Policiales quedarían sin pensiones
Partida de S/.222 millones, aprobada en el Congreso, es insuficiente. MEF aún no da luz verde para que fondo pensionario reciba ese recurso
Por: Katherine Subirana Abanto
La Caja de Pensiones Militar-Policial es conocida por haber sido la caja chica del fujimontesinismo, y aunque eso hace inferir que su estado financiero es bastante malo, pocos saben la verdadera urgencia de su reestructuración.
Es así que el pleno del Congreso aprobó el pasado 7 de mayo transferir a la caja S/.222 millones y declarar la intangibilidad de sus fondos. Sin embargo, esta cantidad de dinero, según el presidente del directorio de dicha institución, el Contralmirante AP José Boggiano Romano, alcanzaría para sostener a la institución solo por dos años más.
¿A qué se debe esta situación?
SALVAVIDAS EN LA ORILLA
Boggiano adelanta que de aprobarse los dos proyectos en cola, se podría asegurar la vida de la Caja de Pensiones Militar-Policial por ocho años al menos. El primero de ellos se refiere a que el Estado aumente su porcentaje de aportaciones, de 6% a 8%, y en el mejor de los casos, a 12%, que, sumado al 6% de aporte de los trabajadores, aseguraría una mayor estabilidad a la caja.
El otro proyecto también involucraría un desembolso de recursos del Estado. Aquí se propone que la caja deje de pagar las pensiones del personal —no militar— que sirvió a las FF.AA. en determinado momento, como a los reclutados de emergencia por la guerra del Cenepa. Así, el Estado asumiría estos pagos y buscaría la manera de cubrir el dinero que la caja ha venido desembolsando.
Voceros del Ministerio del Interior coinciden en que con estas medidas la caja no asegura más de ocho años de vida, sin embargo sostienen que la idea es contar con estas soluciones de emergencia en el corto plazo, y a partir de ello empezar a discutir medidas sostenibles que eviten el colapso de este sistema de pensiones.
Quienes se retiran de la caja con 15 o 20 años de servicio reciben de pensión el equivalente a su último sueldo. Si se retiran con 20 o 30 años, reciben tres cuartas partes de su sueldo. Y los que se jubilan con más de 30 años se benefician con la cédula viva.
¿OTRAS MEDIDAS?
Este Diario conversó con agentes policiales en actividad que expresaron su preocupación por la ley que amplía a 38 años el tiempo de servicio para su jubilación. “¿No será una medida para salvar la caja y no nos lo aclaran abiertamente?”, coincidieron en cuestionar el técnico de tercera y el suboficial de segunda entrevistados, que pidieron mantener sus nombres en reserva.
LOS ALTIBAJOS DEL SISTEMA DE PENSIONES
“El régimen de pensiones público es una bolsa, donde el dinero que entra, de los aportantes, sale inmediatamente para pagar a los jubilados. Además, en el caso específico de la caja y sus 30 mil pensionistas, no todos reciben la misma cantidad de dinero. Si se tiene en cuenta que muchos de ellos gozan de cédula viva, y se le suma la deuda creada por la corrupción, es insuficiente que el aporte para la caja de pensiones sea de solo 12%”, explica el especialista.
¿Una alternativa ante el caos reinante?
EN PUNTOS
El manejo durante el fujimontesinismo causó un forado de S/.200 millones en la caja. Esto debido a que se involucró a este fondo en el negocio inmobiliario y se sobrevaloraron las construcciones.
El proyecto del Congreso para inyectar S/.222 millones aún no ha sido aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas, a pesar de que este —con los ministerios de Defensa e Interior— forman el Comité de Alto Nivel que ve el salvataje de la caja.
El presidente de la Comisión de Defensa del Congreso, Édgard Núñez, considera que además de las medidas propuestas, se deberían aprobar otras inyecciones de dinero similares a la caja de pensiones.
EL DATO
LA TRAICION DE ALAN GARCIA PEREZ
La Tercera Disposición Complementaria del Decreto Supremo 213-90-EF del 19 de julio de 1990 (aludida por el D.U. 062-2009) establece que los percibos totales del General de División o grados equivalentes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, será el 75% de la remuneración total de un congresista.
NOSOTROS, las personas que hemos entregado nuestra juventud a las Fuerzas Armadas y que tenemos un sueldo paupérrimo, (que en el caso de un Técnico Supervisor después de más de TREINTA AÑOS de servicio llega a 1,810.00 nuevos soles incluyendo el combustible) , que nos queda?, que esperanza tenemos?
Que acción va a tomar el COMANDANTE GENERAL DE LA FAP, EL JEFE DE ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FAP, EL COMANDANTE DE PERSONAL?
Defenderán nuestros derechos que vienen siendo conculcados, o esperaran que el personal se olvide de este Decreto de Urgencia?
Es hora de concertar acciones, debemos estar unidos HOY MAS QUE NUNCA.JUNTOS TODO LO PODEMOS, DESUNIDOS NADA SOMOS.
===================================================Alianza por la Reivindicación de las FFAA y PNP
MITIN DE PROTESTA
Señores de la Alianza, es pertinente convocar a un MITIN DE PROTESTA e invitar a los Señores Congresistas que están poniendo el hombro por sus FFAA y PNP, para darles mejor calidad de vida amte la prepotencia de este gobierno (Si, el del mal menor, que ahora resulta ser un mal mayor).
El Dr. Alan García Pérez y el Consejo de Ministros, se están burlando de los Congresistas; el Presidente del Congreso debe pronunciarse al respecto, en vista que se está atropeyando la función parlamentaria, al aprobar un Decreto de Urgencia sin ser autorizado para legislar sobre un tema pendiente de solución, más aún, exstiendo proyectos y una moción por discutirse en el Congreso de la República. Ello podría ser, incluso, causa de censura a los Ministros de Estado firmantes: Presidente de la PCM, Economía, Defensa e Interior.
De acuerdo a lo que establece y facultades que le otrga la Ley, el Congreso debe derogar este Decreto de Urgencia, por existir temas pendientes de discusión sobre el particular; además, el DU N° 062-2009, colisiona contra las Resoluciones Judiciales que han permitido que muchos Oficiasles, al amparo de procesos administrativos-contenciosos contra el Estado, logren obtener estos beneficios, precisamente, de la Tercera Disposición Complementaria del DS N° 213-90-EF; constituyendo más que suficiente jurisprudencia, que acorde con lo que establece la Carta Magna, debe corresponder a todos, por tenerse los mismos derechos y beneficios ante la Ley y ser la persona humana el fin supremo del Estado.
Más aún, el Tribunal Constitucional de Garantías y la Defensoría del Pueblo, parece que no leen los Diarios de circulación nacional, donde se está tocando este tema, que también es de su competencia pronunciarse, ya que se está viendo la constitucionalidad y vigencia de la norma y la vulnerabilidad de los derchos de los Militares, Policías, viudas y discapacitados de las FFAA y PNP, que también pertenecemos al PUEBLO PERUANO.
sábado, 6 de junio de 2009
SE HABLA DE ¿ENEMIGOS DEL PERU? NO... SON ENEMIGOS DE LA POLICIA
ASI INFORMO LA PRENSA
Dictan decreto de urgencia para aplicar homologación a uniformados
Norma es aclaratoria para no multiplicar la expectativa “respecto a un decreto que no tiene sustento normativo”.
Amparándose al artículo 78º de la Constitución Política que reconoce el principio de equilibrio presupuestario, se dictó dicha medida con carácter de urgencia, y en virtud de que el Presupuesto del Sector Público está constituido por los créditos presupuestarios que representan el equilibrio entre la previsible evolución de los ingresos y los recursos a asignar de conformidad con las políticas públicas de gasto, “estando prohibido incluir autorizaciones de gasto sin el financiamiento correspondiente”. Asimismo, hace referencia a las leyes y decretos de leyes que se dieron desde el año 1991 hasta el 1996 en los que se prohibió, entre otros, el incremento de remuneraciones, cualquiera sea la denominación, sistema, modalidad o periocidad. También, menciona al Decreto Supremo Nº 051-91-PCM que deja sin efecto las disposiciones que establecían el incremento de remuneraciones tomando como referencia el ingreso que percibían otros funcionarios (senadores y diputados). “Resulta necesario y de interés nacional aprobar una medida de carácter urgente y de naturaleza económica y financiera, que precise que no resultan aplicables la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 213-90-EF y sus disposiciones conexas, a fin de evitar que se produzcan gastos públicos adicionales a los considerados en la Ley Nº 2928, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, lo que pondría en riesgo el cumplimiento de las metas previstas, perjudicando ulteriormente a la colectividad”, indica el decreto.
Al final se señala que esta ley aclaratoria es para no multiplicar la expectativa “respecto a un decreto que no tiene sustento normativo”. Fue acordada en el último Consejo de Ministros.
El Decreto de Urgencia 062 es inconstitucional
Sobre el Decreto de Urgencia Nº 062 se pronunció ayer el abogado de la Alianza de Reivindicación de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, Óscar Morales, así como otros representantes de ambas instituciones castrenses, quienes coincidieron en señalar que la norma es inconstitucional.
En diálogo con EXPRESO Morales Vega consideró la emisión de esta norma como una muestra de que el gobierno está dando manotazos de ahogado, pues cada vez eran más los beneficiarios con la aplicación del DS 213-90-EF, y también porque había crecido el interés de los efectivos policiales por hacer valer sus derechos económicos.
Aseguró que si el gobierno quiso derogar el DS 213, debió hacerlo a través del primer poder del Estado, toda vez que este decreto ya había cobrado carácter de Ley al ser un derecho consuetudinario adquirido en el fuero judicial, y por estar respaldado por la figura del “in dubio pro operario”.
Al respecto, el presidente de la Comisión Ejecutiva de la Alianza, vicealmirante (r) Francisco Vainsten, consideró a esta Ley como una ofensa para los miembros de las Instituciones Castrenses, quiénes, indicó, estaban logrando hacer justicia.
También informó a este diario que durante la tarde de ayer, él y los demás miembros de la Alianza sostuvieron una reunión con los voceros de las diferentes Bancadas del Congreso, menos la oficialista, para acordar que se agende la Moción de Orden del Día que debata el carácter de Ley para el Decreto Supremo 213 antes de que acabe la legislatura.
DIANA DE LA CRUZ NÚÑEZ.
Se declaró inaplicable el decreto que establecía que el sueldo de los altos oficiales de estas instituciones era equivalente a un 75% de la remuneración total de un congresista.
A través de un decreto de urgencia, el Gobierno declaró inaplicable el Decreto Supremo 213-EF, de 1991, que establecía que el sueldo de los altos oficiales de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional era equivalente a un 75% de la remuneración total de un senador o diputado.
Dicha medida deja sin piso los recientes reclamos que habían planteado, en diversas instancias jurisdiccionales, oficiales en retiro de la Policía Nacional que reclamaban el aumento de sus pensiones sobre la base del mencionado decreto.
Según el DU 062-2009, publicado ayer en El Peruano, la norma busca evitar que se produzcan gastos públicos adicionales a los considerados en el Presupuesto de 2009.
De otro lado, el jefe de la PNP, General José Sánchez Farfán, anunció que hoy se iniciará la entrega de los nuevos uniformes a los efectivos de esa institución, empezando con 1,500 agentes de la Dirección Nacional de Operaciones Especiales (Dinoes).
ALIANZA POR LA REIVINDICACION DE LAS FFAA Y LA PNP
LIMA 04 DE JUNIO DE 2009
LA ALIANZA POR LA REIVINDICACIÓN DE LAS FFAAA Y PNP, HACE DE CONOCIMIENTO A LA OPINIÓN PÚBLICA QUE EL DÍA 04 JUNIO EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DEL DIARIO OFICIAL “EL PERUANO”, SE HA PUBLICADO EL DECRETO DE URGENCIA Nº 062-2009, EL CUAL ES INCONSTITUCIONAL E INTENTA DEROGAR EL DECRETO SUPREMO 213-90-EF, VIGENTE A PARTIR DEL 1º DE JULIO DE 1990, QUE ES UNA NORMA CON RANGO DE LEY ORGÁNICA POR CUANTO FUE DADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, DR. ALAN GARCÍA PÉREZ, AL AMPARO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1979, VIGENTE EN ESE ENTONCES, POR LO QUE JURÍDICAMENTE NO ES POSIBLE DEROGAR DICHO DECRETO SUPREMO POR PARTE DEL GOBIERNO. CONSECUENTEMENTE, RECHAZAMOS ESTE ACTO PREPOTENTE QUE ATENTA CONTRA LA MORAL, DIGNIDAD Y CONDICIÓN HUMANA DE LAS FFAA Y PNP Y SUS SUFRIDAS FAMILIAS.
EL INDICADO DECRETO DE URGENCIA CON EL CUAL SE INTENTA DEROGAR EL DECRETO SUPREMO 213-90-EF, QUIEBRA EL DEBIDO PROCESO DE LOS JUICIOS, QUE EN FORMA UNÁNIME RECONOCE EL DERECHO DE HOMOLOGACIÓN QUE LE ASISTE AL PERSONAL DE LAS FFAA Y PNP EN LA SITUACIÓN DE ACTIVIDAD Y RETIRO.
EL DERECHO A LA HOMOLOGACIÓN SEGÚN EL REFERIDO DECRETO SUPREMO, TIENE CARÁCTER DE LEY ORGÁNICA POR EL TIEMPO TRANSCURRIDO Y DE ACUERDO AL INDUBIO PRO-OPERARIO, QUE SIGNIFICA “QUE LA DUDA FAVORECE AL TRABAJADOR”. LOS DECRETOS DE URGENCIA NO PUEDEN NI DEBEN SER UTILIZADOS PARA DEROGAR NI MODIFICAR UN DECRETO SUPREMO QUE REGULA ORGÁNICAMENTE LAS REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL DE ACTIVIDAD Y RETIRO. EL PODER JUDICIAL, DE ACUERDO A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, DEBE RESOLVER LO QUE LE ES MÁS FAVORABLE AL TRABAJADOR. EN ESE SENTIDO EL DECRETO DE URGENCIA ES UNA BARBARIDAD JURÍDICA PROPIA DE LOS PEORES DICTADORES DEL PERÚ.
LAS FFAA Y PNP SE DEBEN RESPETAR AL IGUAL QUE LOS SÍMBOLOS PATRIOS. YA BASTANTE DAÑO SE HACE A LA DEMOCRACIA DEJAR DE LADO EL INTERÉS NACIONAL ABUSANDO DE DECRETOS LEY QUE ATENTAN CONTRA LA CALIDAD DE VIDA DE NUESTRAS COMUNIDADES INDÍGENAS, ASÍ COMO ANUNCIANDO QUE LA SUNAT TOME UN CANAL PRIVADO DE TELEVISIÓN, ATROPELLANDO LA GARANTÍA CONSTITUCIONAL QUE ES LA “LIBERTAD DE PRENSA”, ACCIÓN QUE PONE EN PELIGRO EL ESTADO DE DERECHO Y LA GOBERNABILIDAD DEL PAÍS.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA ES EL PRIMER PODER DEL ESTADO. ENTRE SEPTIEMBRE Y OCTUBRE DE 2008, 70 ILUSTRES PARLAMENTARIOS FIRMARON UNA CARTA-PETITORIA DIRIGIDA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO, PARA QUE SE INSERTE UN INCISO EN EL PRESUPUESTO AF 2009 AUTORIZANDO AL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PROCEDA CON LA HOMOLOGACIÓN DE REMUNERACIONES Y PENSIONES DE ACUERDO AL DECRETO SUPREMO 213-90-EF. ANTE LA LEY TODOS SOMOS IGUALES, POR LO QUE EL DECRETO DE URGENCIA NO TIENE NINGÚN VALOR JURÍDICO, MORAL, NI CONSTITUCIONAL, POR LO QUE CONSIDERAMOS QUE ES UN ATROPELLO CONCULCATORIO DE NUESTROS DERECHOS, MÁS AÚN TENIENDO EN CUENTA QUE EL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA , ES EL JEFE SUPREMO DE LAS FFAA Y PNP.
ES GARANTÍA CONSTITUCIONAL MUNDIAL QUE” NO HAY TRABAJO SIN DIGNIDAD” Y DEBEMOS RECORDAR QUE EL SEÑOR PRESIDENTE SIENDO CANDIDATO EN MARZO DE 2006, RECONOCIÓ, SE COMPROMETIÓ Y ASEGURÓ QUE DE SALIR ELEGIDO COMO PRESIDENTE, PONDRÍA EN VIGENCIA EN SU TOTALIDAD EL DS 213-90-EF, POR SER DE JUSTICIA.
7. LA MOCIÓN DE ORDEN DEL DÍA SOBRE LA HOMOLOGACIÓN QUE SE VA A DEBATIR EN EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, ES UNA MUESTRA MÁS DE LA NECESIDAD DE HACER VER QUE SE ACTÚE EN DEFENSA DE LAS FFAA Y PNP, PORQUE ELDECRETO DE URGENCIA QUE SE HA EMITIDO ES NULO IPSO JURE.
SECRETARÍA DE IMAGEN Y PRENSA
ASANP – ADESOFA – ADISFFAA.P – ADOFAIP - AMHOLE - AOPIP – ASCOM.PNP - ASMAFAR - ASOMAR – ASORPIP – ASPIP - ASTOSUBPE - ATOMER - ATSIFAP – ASTYSOREP - ASTYSOREP SULLANA - AVISTOMAR – C.C.
COMITE COORDINADOR DE LAS FFA, PNP, VIUDAS Y DISCAPACITADOS
Señor Oficiales Tecnicos Sub Oficiales de las FFAA y PNP,
Viudas y Discapacitados
El motivo de la presente es saludarlo cordialmente y darle a conocer, dentro de la difícil situación por la que atraviesan las FFAA y PNP, la percepción del Comité Coordinador de las FFAA, PNP, Viudas y Discapacitados, sobre el esperado Incremento de las Remuneraciones de nuestro Personal y la crítica situación de la Caja de Pensiones Militar Policial, con el peligro de su quiebra inminente; así como las gestiones que hemos venido realizando en un intento de afrontarlos y superarlos, conforme se informa, en breve resumen.
Remuneraciones:
En el primer gobierno del presidente, Dr. ALAN GARCÍA PERÉZ, mediante el D.S. 213-90-EF, 19 de Julio de 1990, se aprobó el Sistema de Remuneraciones, Bonificaciones, Beneficios y Pensiones del Personal Militar y Policial, disponiéndose que el percibo total de un General de División y equivalentes, sea el 75% de la remuneración total de un Congresista; igualmente; se establece que el percibo total de un Técnico Jefe Supervisor sea la semisuma del percibo total del Mayor y Capitán; y, finalmente, fija los percibos totales del personal militar de acuerdo a porcentajes sobre la base del percibo total del General de División y del Técnico Jefe Supervisor. Cabe enfatizar que, hasta la fecha, lo dispuesto en este Decreto Supremo aún no se ha cumplido en su totalidad.
Desde febrero 2007, los miembros de este Comité tuvieron la oportunidad de plantearle al Ministro de Defensa, Dr. Allan Wagner Tizón, la necesidad y conveniencia de establecer la nueva escala de remuneraciones tomándose como base el espíritu del mencionado Decreto Supremo, aprobado en el anterior gobierno del actual Presidente, Dr. Alan García Pérez. Luego de una serie de exposiciones, reuniones y discusiones con él y su Grupo Asesor Económico Financiero, una vez consensuada una Nueva Escala de Remuneraciones, el Ministro dispuso la conformación de un Comité de Trabajo encabezado por la Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos del Ministerio de Defensa e integrado por los Directores de Personal y/o de Economía de las Instituciones Armadas, así como, por el Director de Economía de la PNP, representante del Ministerio del Interior.
Es así que con fecha 19 de diciembre en la 9ª reunión de dicho Comité ad-hoc, se firmó el Acta de Acuerdo No. 01–2007; que establece lo siguiente:
· Reafirmar que la Ley de Pensiones 19846 de las FFAA y PNP no se verá alterada y/o modificada por el presente proyecto de norma.
· Recomendar la aprobación del proyecto de la nueva norma del Sistema de Remuneraciones para que pueda empezar a ser considerado en el Presupuesto del Año Fiscal 2009 ejecutándose en cinco etapas, comenzando con un incremento del 30% en la primera, 20% durante las siguientes tres etapas, para finalizar en la quinta etapa con el 10%, según la escala de remuneraciones siguiente:
Cuadro de Remuneraciones (En Nuevos Soles)
Caja de Pensiones Militar Policial:
En cuanto a la Caja de Pensiones Militar- Policial, fundada el año 1974, su deterioro comienza en 1979, cuando el Gobierno en funciones permitió, a propuesta de su Ministro de Economía y Finanzas, de claro sesgo anti militarista, redujera las aportaciones del 27% al 12%; como consecuencia, el aporte de sus miembros bajó del 12% al 6%, y el del Estado del 15% al 6%, so pretexto de no poder aumentar las remuneraciones; con el beneplácito de todos los que de una u otra manera intervinieron en tan desatinada decisión para el futuro de la CPMP.
Además de este irresponsable inicio; en diferentes oportunidades el Estado dejó de pagar los montos que les correspondía aportar, dejando que sólo el personal uniformado aportara con sus sueldos. De la misma forma, ningún Gobierno atendió las recomendaciones de los estudios actuariales presentados por la Caja sobre la necesaria adecuación a la Situación Económica Financiera para su sostenibilidad futura.
Estas son las principales causas donde radica la crítica situación de la CPMP que se encuentra al borde de la quiebra, en tanto se presenta una visión errónea de ciertos políticos, acompañados por una campaña de la prensa anti militarista pretendiendo confundir a la nación señalando que estas no son las causas de su grave situación.
En nuestra opinión, la problemática de la CPMP debe ser solucionada bajo los siguientes criterios generales:
· Que el Estado reconozca las importantes deudas que mantiene con la CPMP, acompañado del correspondiente compromiso del pago, en una modalidad factible de financiamiento.
· Que el Estado asuma el traspaso de cinco promociones al Sistema de Pensiones Montepío.
· Que se produzca el incremento de aportes de acuerdo a la nueva escala de remuneraciones y pensiones.
· Que el plazo de implementación debe producirse a más tardar con el inicio del año fiscal 2009.
. Si la Caja quiebra, sepan Uds. señores Generales y Almirantes, que no sólo quedarán perjudicadas, las promociones que a partir del año 1974 pertenecen a la CPMP, sino también estaremos involucrados todos los Militares y Policías, por que al desaparecer la CPMP, el gobierno se vería en la “necesidad” de unificar el sistema de pensiones creando una nueva Ley, que al modificar y/o eliminar la Ley 19846, desaparecería automáticamente la Cédula Viva para los Militares y Policías.
¿Qué se propone para evitar que esto suceda?
Ejercer la unión.
¿Qué tareas tenemos que realizar para conseguir estos objetivos?
Primero: Recolectar firmas en los Planillones que se están distribuyendo, los cuales contienen en su parte posterior, una Carta Abierta al Presidente de la Republica, en donde entre otras cosas se le solicita que como Jefe Supremo de las FFAA y PNP nos reivindique aprobando la nueva norma del Sistema de Remuneraciones de las FFAA y PNP. ¿Por qué planillones con firmas? Por que demuestra nuestra presencia y comunión de lo solicitado en la carta. Consideramos que deberíamos conseguir y presentar un numero importante de firmas, para así captar la atención de todas las tiendas políticas ávidas de votos, ante la inexcusable postergación que venimos sufriendo, particularmente desde los niveles de Comandantes y todo nuestro personal subalterno y tropa, por casi dos décadas.
Segundo: Lograr el incremento de remuneraciones, con lo cual se contribuirá a solucionar la problemática de la CPMP, porque en la propuesta que se está planteando, un porcentaje de los aumentos iría directamente a los ingresos de la Caja, en tanto el Estado también incrementará su aporte, lo que implica su aprobación en el presente año.
Tercero: Lograr la mayor cohesión del personal de las FFAA y PNP así como de sus Organizaciones, Instituciones y Asociaciones, incluyendo a las Viudas y Discapacitados, a través de la de difusión de los planteamientos propuestos.
Señores Generales y Almirantes:
Está en nuestras manos apoyar a la solución de esta difícil situación, por que se lo merecen los miles de oficiales y personal subalterno de las FFAA y PNP, viudas y discapacitados. Hoy nos corresponde pronunciarnos y trabajar unidos para corregir errores cometidos en el pasado, a fin de darles una nueva visión más profesional y solidaria a nuestra gente.
Demostremos que los Generales y Almirantes luchan por su personal y finalmente por sus Instituciones; hagámoslo con firmeza en defensa de los derechos de todo nuestro personal de jefes, oficiales y cadetes, junto con nuestros técnicos, suboficiales, alumnos, y tropa, para lograr la esperada equidad remunerativa y un sólido sistema previsional.
Agradeciéndoles su deferente atención, nos despedimos atenta y cordialmente,
POR EL COMITÉ COORDINADOR DE LAS FFAA, PNP, VIUDAS Y DISCAPACITADOS
Presidente
Vicealmirante MGP
Francisco VAINSTEIN Borrani
Comite Cordinador
viernes, 5 de junio de 2009
PANDEMIA DE LUCRO
En el mundo, cada año mueren dos millones de personas víctimas de la malaria, que se podría prevenir con un mosquitero. Y los noticieros no dicen nada de esto. En el mundo, cada año mueren dos millones de niños y niñas de diarrea, que se podría curar con un suero oral de 25 centavos. Y los noticieros no dicen nada de esto. Sarampión, neumonía, enfermedades curables con vacunas baratas, provocan la muerte de diez millones de personas en el mundo cada año.
Y los noticieros no informan nada…
-Sí, ahora comenzó la psicosis de la gripe porcina. Y todos los noticieros del mundo sólo hablan de esto…
La empresa norteamericana Gilead Sciences tiene patentado el Tamiflú. El principal accionista de esta empresa es nada menos que un personaje siniestro, Donald Rumsfeld, secretario de defensa de George Bush, artífice de la guerra contra Irak…Los accionistas de las farmaceúticas Roche y Relenza están frotándose las manos, están felices por sus ventas nuevamente millonarias con el dudoso Tamiflú. La verdadera pandemia es el lucro, las enormes ganancias de estos mercenarios de la salud. No negamos las necesarias medidas de precaución que están tomando los países. Pero si la gripe porcina es una pandemia tan terrible como anuncian los medios de comunicación, Si a la Organización Mundial de la Salud le preocupa tanto esta enfermedad, ¿por qué no la declara como un problema de salud pública mundial y autoriza la fabricación de medicamentos genéricos para combatirla?
Dr. Carlos Alberto Morales Paitán
jueves, 4 de junio de 2009
GOBIERNO RECONOCE ERROR Y LO ENMIENDA CON DECRETO DE URGENCIA N° 062-2009 DEL 03JUN2009
Ministerio del Interior advierte: Con “cuento” de la homologación estafan a policías retirados
COMUNICADO OFICIAL N° 006-2009-MININTER
En vista que malos abogados vienen cometiendo delito de estafa al inducir a algunos miembros de la Policía Nacional del Perú, en situación de retiro, a reclamar ante el Poder Judicial homologación de pensiones, apelando a supuestos derechos que los amparan, el Ministerio del Interior cumple con informar lo siguiente:
1.- El Decreto Supremo N° 213-90-EF del 19 de julio de 1990, mediante su tercera disposición complementaria que las remuneraciones totales del General de División o grados equivalentes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, será del 75% de la remuneración total de un Senador o Diputado.
2.- Mediante el artículo 2do del Decreto Supremo N° 051-91-PCM de 24 de marzo de 1991 (GOBIERNO DE FUJIMORI), se dejó sin efecto desde el 1 de febrero de 1991 las disposiciones legales y administrativas que establecían remuneraciones mensuales tomando como referencia el ingreso total y otros beneficios de carácter mensual que perciban Senadores y Diputados.
3.- La Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, del 25 de noviembre de 2004, estableció en el numeral 2 de su sétima disposición transitoria “déjese sin efecto todas las disposiciones legales o administrativas que establezcan sistemas de remuneraciones de carácter vinculante entre Entidades o por cargos públicos.”
4.- Por lo tanto no es válida la aplicación de la tercera disposición complementaria del Decreto Supremo N° 213-90-EF y así lo considera el Poder Judicial. Existen diversos expedientes que así lo demuestran: N° 2008-0078-0-1709-JM-CI-01 y N° 2008-0079-0-1709-JM-CI-01).
5.- El pasado 30 de marzo, el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Motupe (Chiclayo-Lambayeque) señaló que la demanda de un Teniente General ® no es amparable porque erróneamente solicita el pago de 11 mil 700 nuevos soles, equivalentes al 75% de lo que percibe un Congresista.
6.- Tanto el Decreto N° 051-91-PCM, que permanece vigente y la Ley N° 28411 dejaron sin efecto la aplicación de tercera disposición Complementaria del DS N° 213.90.EF en lo que respecta al otorgamiento de remuneraciones vinculantes. Sin embargo hay otros artículos del mismo Decreto que si permanecen vigentes.
7.- Reiteramos la advertencia, especialmente a señores Oficiales de la Policía Nacional del Perú, para que no se dejen sorprender en trámites que únicamente despiertan falsas expectativas y les hacen perder tiempo y dinero.
Lima, 25 de mayo de 2009
Oficina de Comunicación Social
Ministerio del Interior
Cabe anotar también, que con fecha 05MAY2009, la Dirección General PNP emitió el Memorandum N° 451-2009-DIRGEN/JAJ/PNP indicando que: habiendose tomado conocimiento que Personal PNP de la Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, venía informando a los efectivos Policiales sobre la aplicación de la escala de remuneraciones establecidas en el DS N° 213-90-EF del 19JUL1990, para que judicialmente hagan valer su derecho; a pesar de que dicha escala, informa el documento, fue dejada en suspenso con el Decreto Supremo N° 051-91-PCM; y hacen referencia, que estos hechos están causando transtornos administrativos y judiciales a la Institución. Disponiéndose entonces que: "En tal sentido, esta Dirección General PNP DISPONE: que se instruya al Personal PNP para que deponga dicha actitud, de lo contrario se adoptará las medidas disciplinarias a que hubiera lugar". Que para mayor ilustración acompañamos el documento.
Como hacemos referencia, el DS-051-91-PCM "normas reglamentarias sobre niveles remunerativos de funcionarios, servidores y pensionistas del estado", dispositivo que indica el comunicado de la Ministra Cabanillas.
Sabemos que el DS N° 051-91-CPM, en su Artículo 1º deja sin efecto todo lo que se refiere a pagos mensuales del DS N° 213-90-EF; es decir, las remuneraciones, pero las demás disposiciones siguen en vigente; y cumple parcialmente en lo que respecta a pagos que son por única vez, como son los dos sueldos por 25 años y tres, por 30 años de servicio y otros.
Entonces, cuando el Dr.Alan García Pérez dice que el DS N° 213-90-EF está derogado por el DS N° 051-91-CPM y por la Ley de Presupuesto 28411, no es verdad y él lo sabe, porque el DS N° 213-90-EF, se cumple hasta hoy parcialmente.
La Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, del 25 de noviembre de 2004, estableció en el numeral 2 de su séptima disposición transitoria lo siguiente:
SEPTIMA DISPOSICION TRANSITORIA
Distribución porcentual, sistemas remunerativos vinculantes y mecanismos de indexación
1. Déjase sin efecto toda disposición legal que establezca la distribución porcentual con cargo a fondos públicos, para el otorgamiento de subvenciones a personas naturales, incentivos y estímulos económicos, bajo cualquier denominación, al personal del sector público, manteniéndose los montos que sirvieron de base para efectuar el último pago por subvenciones, incentivos o estímulos económicos, en el marco del Decreto Legislativo Nº 847.
2. Déjase sin efecto todas las disposiciones legales o administrativas que establezcan sistemas de remuneraciones de carácter vinculante entre Entidades o por cargos públicos.
3. Déjase sin efecto todas las disposiciones legales o administrativas que establezcan mecanismos de referencia o indexación, percibiéndose en los mismos montos en dinero recibidos actualmente, las remuneraciones, bonificaciones, beneficios, pensiones, dietas y en general, toda cualesquier otra retribución por cualquier concepto de los trabajadores y pensionistas de los organismos y Entidades del Sector Público.
MAS SOBRE LAS DECLARACIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DR. ALAN GARCIA PEREZ (Por Juan Freire)
Sabemos que todos los dispositivos legales emitidos con caracter de Secreto no son publicados pero, sin embargo, se dan cumplimiento, de lo contrario no tendrían razón de emitirlos; así es como se han hecho adquisiciones de armas y demás pertrechos y enviado a personal al exterior y autorizado el ingreso de miembros de FFAA de otros países, entre otras cosas; por tanto, no es verdad que lo clasificado como secreto y que no es publicado en el diario oficial El Peruano, no se da cumplimiento. Eso sería una incongruencia entre la norma y su aplicación.
La declaración del Presidente no es seria de su parte, ya que no es capaz de honrar lo que dispuso años anteriores, y como todos los presidentes que hasta la fecha no lo han cumplido, todos están en falta y sujetos de ser denunciados ante la justicia.
Existe un informe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas que, luego de varias explicaciones, en el numeral 4.- indica: "El Decreto Supremo Nº 213-90-EF del 19JUL1990, que aprueba las remuneraciones, bonificaciones, beneficios y pensiones del personal Militar y Policial a partir del 1º de julio de 1990, fue dictado al amparo del inciso 20) del artículo 211º de la Constitución Política del Perú del año 1979 con caracter de "secreto".
En tal medida, el Ministerio de Economía y Finanzas lo viene aplicando. Por tanto, el Presidente miente una vez más, ya que dentro del propio Ministerio de Economía y Finanzas reconocen su aplicabilidad.
Adicionalmente, el Ministro de Defensa ha enviado el oficio Nº 1521-2009-MD/VP/D/02 de fecha 13 ABR-2009 al Ministro de Economía y Finanzas (Expuesto anteriormente), cuyo asunto es: "Consolidado de Demandas Adicionales requeridas por el pliego 026: Ministerio de Defensa", en cuyo Anexo "B", bajo los títulos "7. NIVELACIÓN DE LA BONIFICACIÓN ESPECIAL POR CALIFICACIÓN Y/O SERVICIO PARA EL PERSONAL MILITAR EN ACTIVIDAD 199,393,393" y "6. ACTUALIZACIÓN DE LA BONIFICACIÓN ESPECIAL POR CALIFICACIÓN AL PERSONAL MILITAR PENSIONISTA", en ambos casos, la solicitud está referida a lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Supremo 213-90-EF, con lo cual se está reconociendo la vigencia de dicha norma que, sin embargo, niegan el reconocimiento de su aplicación total.
La declaración del Presidente es motivo de un enfrentamiento entre su Gobierno y la familia Militar-Policial que debe unirse con mayor razón para enfrentarse política y legalmente, no respaldando, nunca más con nuestro voto, a ese partido de mentirosos, por decir lo menos, demandándolos como corresponda judicialmente.
Los dirigentes de las Asociaciones representativas de las FFAA y PNP, unidos como un solo puño, tienen la responsabilidad de lo que se haga a partir de ahora. Considero importante tomar contacto con el personal en actividad para que, sin comprometerlos, se les diga nuestro sentir ya que ellos también serán afectados como nosotros, una vez que pasen al retiro. Atentamente. Juan J. FREIRE R.
En vista que se han dado cuenta del error en que se hallaban; es decir, de actuar como Gobierno de manera inconstitucional. Se han visto obligados a corregir el error; y con ello, efectivamente, reconocer la vigencia del DS N° 213-90-EF del 19JUL1990. ¿Y que es lo que han hecho para corregir el error? Promulgar el Decreto de Urgencia N° 062 del 03JUN2009, ES DECIR HACE CUATRO DIAS, CON LO CUAL DETERMINAN LA NO APLICACIÓN DE LA TERCERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEL DECRETO SUPREMO N° 213-90-EF Y DISPOSICIONES CONEXAS, que precisamente hablan de las remuneraciones, homologaciones, pensiones y otros beneficios. Lo cual nos parece un accionar extemporáneo que debe ser visto por el Tribunal Constitucional de Garantías, por cuanto se están sacando normas, por debajo de la manga, a efecto de no darse cumplimiento de lo que dispone el DS 213-90-EF y es derecho que nos corresponde al personal Militar-Policial en actividad y retiro, a las viudas y discapacitados de las FFAA y PNP.
A continuación el Decreto de Urgencia N° 062-2009 del 03JUN2009
martes, 2 de junio de 2009
GRACIAS SEÑORES CONGRESISTAS DE LA REPUBLICA
A continuación, para conocimiento de la familia Militar-Policial presentamos el Proyecto de Ley presentado al Congreso por los Congresistas Gustavo Darío Espinoza Soto y Rocío Gonzales Zúñigael 28 de mayo del 2009A LA FAMILIA MILITAR POLICIAL
UNA PRUEBA MÁS DE LA VIGENCIA DEL DS 213-90-EF DEL 19JUL1990
COMENATRIOS:
el 17/05/12
lunes, 1 de junio de 2009
CUMPLIMOS CON EL PEDIDO DE FREPPOL
Desde hace muchos años, diferentes Gobiernos están ejerciendo maltratos, muestras de indiferencia, desconsideración y hasta discriminación con nosotros los Policías, que ya es hora de unirnos y ponernos fuertes y enfrentarlos, en defensa de nuestra DIGNIDAD y de nuestras esposas, viudas, discapacitados e hijos.
Número UNO.-
Número DOS.-
Número TRES.-
¡COLEGAS POLICIAS Y AMIGOS, YA ES HORA DE DEFENDERNOS, YA ES HORA DE RECLAMAR NUESTOS JUSTOS DERECHOS, el Poder Judicial y el Ministerio Público ya tienen 14 sueldos por fiestas patrias y año nuevo y somos nosotros los Policías y las FFAA, quienes trabajamos el doble dichos meses, por que tanta discriminación, ya es hora de imponer el orden con libertad.
¡FRENTE POLITICO PATRIOTICO CON ORDEN Y LIBERTAD (FREPPOL).
Colabora con unas copias y pasa al colega, familia y amigos.
AYUDA A LA COLECTIVIDAD: "NUEVA MODALIDAD DE EXTORSION"
Se está presentando una nueva forma de extorsión, tomen en consideración este mensaje, tengan mucho cuidado y corran la voz...
¡TENER MUCHO CUIDADO CON LA RESPUESTA!
'Acabo de recibir una llamada de amenaza de muerte desde ese número y fue un hombre quien habló'.
¡¡¡OJO!!! aquí viene lo peligroso:
Derivado de la angustia o molestia fingidas de la persona que llama, la persona que contesta la llamada se ve presionada y tratará de explicar que no es posible, y luego proporcionará información muy valiosa para los delincuentes, con respuestas como las siguientes:
'Eso no puede ser, aquí no hay ningún hombre', 'yo vivo sola con mis hijos', 'la casa está sola hasta la noche', 'los señores no están', 'mis papas no están', solamente está la empleada', 'yo vivo solo', 'estuve fuera todo el día', etc.