Lima, 20 de enero de 2017
COMUNICADO
A LOS SEÑORES DEMANDANTES EN LOS RECURSOS DE AMPARO
CONTRA LOS DECRETOS LEGISLATIVOS 1132 Y 1133 CON EXPEDIENTES CON ARCHIVO
DEFINITIVO
Estimados Señores:
Saludándolos cordialmente, les
informamos que mantenemos en nuestro Archivo General 868 expedientes
correspondientes a la misma cantidad de Acciones de Amparo que fueron
interpuestas contra los Decretos Legislativos N° 1132 Y 1133, cuya relación
está detallada en el Anexo 1 – Lista de Expedientes con Archivo
Definitivo, que adjuntamos al presente Comunicado.
Siendo el
caso que procesalmente ya no cabe realizar ninguna acción con respecto a dichos
expedientes y que el mantenimiento de los mismos nos producen un gasto mensual
significativo, por tales razones solicitamos a los clientes que quisieran
mantener la custodia de su respectivo expediente, que tengan a bien apersonarse
a nuestra oficina ubicada en Calle Independencia 1060 – Miraflores (Alt. Cdra.
42 de la Av. Arequipa) de lunes a viernes en el horario de 11:00 a.m. a 4:00 p.m.
para llevar a cabo la entrega respectiva, a partir del 24 de enero en curso
hasta el día 28 de febrero próximo, a más tardar. Los expedientes que no fueran
recogidos hasta dicha fecha serán dados de baja. Cabe resaltar que la entrega
del expediente es personal, de lo contrario se deberá adjuntar una carta poder
simple con copia de su DNI.
Igualmente consideramos importante reseñar que por
nuestra asesoría legal se recaudó, entre febrero del 2013 y octubre del 2014,
la suma final de S/. 922,350.00 de un total de 2,380 expedientes, de los cuales
solamente en 1,770 se cumplió con cancelar el monto total del honorario pactado
en los respectivos contratos individuales (dentro
de los cuales se cuentan los comprendidos en la relación adjunta) y, en 610
casos no se cumplió con el mismo, no obstante lo cual continuamos prestando
nuestros servicios a clientes morosos hasta diciembre del año 2015.
Cabe recordar que dentro del honorario de S/ 500.00
por cada caso se incluyó: a) El Impuesto General a las Ventas y el Impuesto a
la Renta (lo que irrogó el pago de obligaciones tributarias por S/. 190,960.20);
y, b) Los gastos operativos y administrativos del Estudio (equipos, pagos al personal
profesional, administrativo y auxiliar, así como servicios de terceros, papelería,
fotocopias, impresiones, movilidades, gasto de oficina, entre otros)
ascendieron a S/. 594,889.80 En consecuencia, el ingreso neto total del Estudio
fue de S/136,500.00 y, por consiguiente, se percibió un honorario efectivo de
S/. 57.35 por cada expediente.
En la actualidad, continuamos atendiendo los casos
de 462 expedientes que aún se encuentran en giro ante el Poder Judicial y el
Tribunal Constitucional, sin ingresos por honorarios pero sí con los gastos
inherentes a la atención de los mismos, que afrontamos con nuestros propios
recursos y que nos representa un egreso mínimo mensual de S/.3,000.00
actualmente, lo cual hacemos de vuestros conocimiento a título informativo.
Finalmente, saludamos el avance de las gestiones
que realizan los representantes de la Alianza por la Reivindicación de las FFAA
y la PNP en coordinación con los representantes de otras Asociaciones de
personal militar y policial en situación de retiro que realiza ante el Congreso
de la República para obtener la modificación de la Segunda Disposición
Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1133, a fin de que se deje sin
efecto la discriminación y el grave daño que ocasiona a los pensionistas que
pasaron a situación de retiro con anterioridad a la vigencia del mismo y que se
les restituyan sus legítimos derechos pensionarios.
Atentamente,
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