Aprodeh presenta demanda de inconstitucionalidad contra el Código Penal Militar Policial, para que TC declare nula la jurisdicción militar.
Funesta misión.
Un grupo de Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) encabezadas por Aprodeh, pretende dejar al Perú sin justicia militar, lo que a las claras habla sobre la pretensión de estos cuestionados grupos por favorecer a los subversivos, pues todo esto busca que sea la justicia común –donde los favores se pagan de distintas maneras– la encargada de procesar a nuestros militares y policías.
Miguel Jugo Viera, integrante de Aprodeh, el mismo grupo que presentó la demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra los comandos Chavín de Huántar, y otros integrantes del Instituto de Defensa Legal (IDL), han presentado una demanda de inconstitucionalidad contra el Código Penal Militar Policial, a efecto de que el Tribunal Constitucional declare la inconstitucionalidad de la jurisdicción militar y de los ilícitos castrenses que son materia de su competencia por mandato expreso de la Constitución.
Todo este complot nos lleva a preguntarnos: ¿qué gana Aprodeh y sus compinches con que se declare la inconstitucionalidad de la justicia militar peruana? Esto se puede responder de la siguiente manera: Aprodeh consolida su estrategia de legitimar los execrables actos del terrorismo con el innoble fin de favorecer económicamente a personajes vinculados con los subversivos del MRTA.
Chavín de Huántar
Para ello solo basta recordar que el principal argumento de defensa de los comandos Chavín de Huántar, ante la Corte IDH, es que ellos ya fueron juzgados por el Fuero Militar Policial, donde el proceso fue sobreseído porque se demostró que sus actos se enmarcaron estrictamente dentro de sus funciones militares y con pleno respeto del marco jurídico.
Y es que el Fuero Militar Policial juzgó a los comandos porque así lo determinó la Corte Suprema de Justicia de la República (Contienda de Competencia N° 19/21-2002), en virtud de que éstos eran militares en actividad y los hechos fueron producto de un operativo militar en zona declarada en estado de emergencia.
Por ello es que Aprodeh, el IDL y otras ONGs, integrada por gente de la izquierda caviar, pretenden que el TC declare inconstitucional la jurisdicción militar peruana, para que así, correlativamente, se derive la nulidad del juicio de los comandos Chavín Huántar en dicho fuero castrense.
Los antecedentes
Pero esta pretensión de Aprodeh no es nada sorprendente si damos un breve repaso al accionar de esta ONG, respecto al tan aplaudido operativo Chavín de Huántar. De modo vergonzoso el Aprodeh señala que “el 17 de diciembre de 1996, un comando del Movimiento Revolucio-nario Túpac Amaru- MRTA, al mando del ciudadano peruano Néstor Cerpa Cartolini, asaltó la Residencia del Embajador del Japón en el Perú”, y luego desliza la infame idea de que “todos los emerretistas fueron asesinados”.
Esto demuestra que esta ONG maliciosamente está en busca de jugosas reparaciones económicas, maquilla al MRTA como “un grupo revolucionario”, a sus miembros como “comandos” y su accionar como un “asalto”. Es decir, para Aprodeh los miembros del MRTA no son terroristas, ni murieron en combate, ni secuestraron la embajada; sino, por el contrario, eran heroicos revolucionarios que luchaban por causas político-sociales.
NO ES LA PRIMERA VEZ
El 3 de marzo del 2009 el Colegio de Abogados de Lima, con el apoyo de la ONG IDL y de la Defensoría del Pueblo, presentó una demanda de inconstitucionalidad de por lo menos 6 artículos de la Ley 29182, respecto a la organización y funciones del Fuero Militar Policial. No obstante el Tribunal Constitucional dictó en la Sentencia N° 0001-2009, declarando la constitucionalidad de la existencia, organización y competencias del Fuero Militar Policial.
Según el ex vicepresidente de la República, Luis Giampietri, fue el ahora representante permanente del Perú ante la OEA, Walter Albán, quien elevó al Tribunal Constitucional la acusación para eliminar a la justicia militar.
LOS INTERESADOS
•Personas y organizaciones que respaldan la demanda:
•Miguel Jugo Viera, Secretario Adjunto de la Coordinadora Nacional de DDHH.
•Mario Huamán, Secretario General de la CGTP.
•Magdiel Carrión Pintado, Presidente de CONACAMI.
•Alberto Pizango Chota, Presidente de AIDESEP.
•Luz Gradys Vila Pihue, Presidente de ONANIAP.
•Jorge Prado Sumari, Presidente de Confederación Campesina del Perú.
•Rocío Silva Santisteban, Secretaria Ejecutiva de Coordinadora Nacional de DDHH.
•Francisco Soberón Garrido, Director Ejecutivo de Aprodeh.
•Fungen como abogados:
•David Lovatón Palacios, IDL.
•Juan Carlos Ruiz Molleda, IDL/Justicia Viva.
•David Velasco Rondón, Director de CEDEPAZ.
“ESTRATEGIA TERRORISTA”
“¡Ya basta de medias tintas. Aclaremos en qué país queremos vivir!”, exclamó el ex jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Jorge Montoya, en respuesta a este nuevo intento por traerse abajo la justicia militar. “Es claramente una estrategia dirigida por los remanentes terroristas”, apuntó.
“Ante esta denuncia queda evidenciada la penetración de las ONG, porque obedecen a una estrategia que los movimientos terroristas emplean para anular a las Fuerzas Armadas y a la Policía. Las Fuerzas Armadas están resquebrajadas y eso también quieren lograr contra la justicia militar”, sostuvo.
“Esto es inadmisible”, añadió Montoya al sostener que las referidas organizaciones están mostrando unas posiciones más agresivas e identificadas claramente con los movimientos terroristas.
El dato
“Hay que tener en cuenta que la ONG Aprodeh y los caviares se van a movilizar y se van a preparar para poder abordar a los miembros de la Corte IDH;
así es como los enemigos de la patria se preparan para atacar a los militares”, dijo semanas atrás el premier Óscar Valdés Dancuart.
COMENTARIO:
Rocío Carbajal nos dice...
Hay que aclarar que el FUERO MILITAR no ha podido demostrar imparcialidad e independencia en sus decisiones, por eso el Tribunal Constitucional les conminó a que promulguen el reglamento de ascensos que hacía tiempo que no tenían, incumpliendo la ley; que además la siguieron incumpliendo pues recién en diciembre 2010 lo promulgaron excediéndose largamente el plazo, burlándose del TC. El fuero ha sido utilizado por los gobiernos pues los magistrados dependen del Presidente de la República en forma Inconstitucional. También hay que aclarar por qué los policías son juzgados en ese fuero, pues el fuero militar es exclusivamente para los militares; a los policías los debe procesar el Fuero común aplicando el CJM. Hay que tener en cuenta que el Código de Justicia Militar Policial es Inconstitucional, pues la Carta Magna en ningún momento lo menciona. El Magistrado Landa del TC dio su voto dirimente en la sentencia con argumentos muy importantes y también el actual Presidente de la Republica se comprometió a que el Fuero común imparta justicia en aplicación del CJM con magistrados expertos en la materia y que postulen y cumplan con los requisitos del Consejo Nacional de la Magistratura. el 6/02/12
COMENTARIO:
Rocío Carbajal nos dice...
Hay que aclarar que el FUERO MILITAR no ha podido demostrar imparcialidad e independencia en sus decisiones, por eso el Tribunal Constitucional les conminó a que promulguen el reglamento de ascensos que hacía tiempo que no tenían, incumpliendo la ley; que además la siguieron incumpliendo pues recién en diciembre 2010 lo promulgaron excediéndose largamente el plazo, burlándose del TC. El fuero ha sido utilizado por los gobiernos pues los magistrados dependen del Presidente de la República en forma Inconstitucional. También hay que aclarar por qué los policías son juzgados en ese fuero, pues el fuero militar es exclusivamente para los militares; a los policías los debe procesar el Fuero común aplicando el CJM. Hay que tener en cuenta que el Código de Justicia Militar Policial es Inconstitucional, pues la Carta Magna en ningún momento lo menciona. El Magistrado Landa del TC dio su voto dirimente en la sentencia con argumentos muy importantes y también el actual Presidente de la Republica se comprometió a que el Fuero común imparta justicia en aplicación del CJM con magistrados expertos en la materia y que postulen y cumplan con los requisitos del Consejo Nacional de la Magistratura. el 6/02/12
Hay que aclarar que el FUERO MILITAR no ha podido demostrar imparcialidad e independencia en sus decisiones, por eso el Tribunal Constitucional les conmino a que promulguen el reglamento de ascensos que hacía tiempo que no tenían, incumpliendo la ley; que además la siguieron incumpliendo pues recién en diciembre 2010 lo promulgaron excediéndose largamente el plazo, burlándose del TC.
ResponderEliminarEl fuero ha sido utilizado por los gobiernos pues los magistrados dependen del Presidente de la Republica en forma Inconstitucional.
También hay que aclarar por qué los policías son juzgados en ese fuero, pues el fuero militar es exclusivamente para los militares; a los policías los debe procesar el Fuero comun aplicando el CJM.
Hay que tener en cuenta que el código de Justicia Militar Policial es Inconstitucional, pues la Carta Magna en ningún momento lo menciona.
El Magistrado Landa del TC dio su voto dirimente en la sentencia con argumentos muy importantes y también el actual Presidente de la Republica se comprometió ha que el Fuero común imparta justicia en aplicación del CJM con magistrados expertos en la materia y que postulen y cumplan con los requisitos del Consejo Nacional de la Magistratura.
Hay que aclarar que el FUERO MILITAR no ha podido demostrar imparcialidad e independencia en sus decisiones, por eso el Tribunal Constitucional les conmino a que promulguen el reglamento de ascensos que hacía tiempo que no tenían, incumpliendo la ley; que además la siguieron incumpliendo pues recién en diciembre 2010 lo promulgaron excediéndose largamente el plazo, burlándose del TC.
ResponderEliminarEl fuero ha sido utilizado por los gobiernos pues los magistrados dependen del Presidente de la Republica en forma Inconstitucional.
También hay que aclarar por qué los policías son juzgados en ese fuero, pues el fuero militar es exclusivamente para los militares; a los policías los debe procesar el Fuero comun aplicando el CJM.
Hay que tener en cuenta que el código de Justicia Militar Policial es Inconstitucional, pues la Carta Magna en ningún momento lo menciona.
El Magistrado Landa del TC dio su voto dirimente en la sentencia con argumentos muy importantes y también el actual Presidente de la Republica se comprometió ha que el Fuero común imparta justicia en aplicación del CJM con magistrados expertos en la materia y que postulen y cumplan con los requisitos del Consejo Nacional de la Magistratura.