miércoles, 4 de mayo de 2011

FEDERACION NACIONAL DE DEFENSA LEGAL DEL PERSONAL MILITAR Y POLICIAL

DEMANDARAN A PRESIDENTE GARCIA POR AUMENTOS EXCLUYENTES EN LAS FFAA Y PNP

Los abogados de la “FEDERACION NACIONAL DE DEFENSA LEGAL DEL PERSONAL MILITAR Y POLICIAL” interpondrán una demanda de amparo constitucional contra la norma que autoriza el aumento del personal policial y militar en razón de que éste no ha considerado al personal en situación de retiro de las instituciones castrenses y militares, pese a que por mandato constitucional sus remuneraciones no sólo son homogéneas sino que el personal en situación de retiro cuenta con los mismos derechos que el personal en situación de actividad, tal como lo regula incluso el Decreto Ley N° 19846, que reglamenta el sistema pensionario de las FFAA y la PNP.

Al respecto, el reconocido especialista en derecho constitucional y policial JUAN JOSÉ SANTIVAÑEZ refirió que la intención de la interposición de esta demanda de amparo es que el Ejecutivo reconozca una vez por todas los derechos del personal en situación de retiro, muchos de los cuales se encontraron en actividad en la época del terrorismo y que el anterior gobierno aprista, liderado por el mismo García, fue incapaz de combatir.

“La ley es clara en el sentido que el personal en situación de actividad y el personal en retiro goza de las mismas prerrogativas salariales. Sin embargo, ya han sido varias las ocasiones en que el gobierno ha dado aumentos al personal en actividad, vulnerando los derechos del personal en situación de retiro. Por eso, hemos formulado una demanda de amparo constitucional a fin de que sea el poder judicial el que ordene el respeto de éstos derechos y que se ordene el pago a todos los efectivos, no importando su condición de actividad o retiro, siempre que éste haya sido de conformidad con la normatividad vigente”.

PARA DEMANDAR DEBERÁN AFILIARSE

Consultado sobre la interposición de la demanda de amparo SANTIVAÑEZ refirió que esta solo tendrá efecto vinculante con respecto a las personas que la interpongan, puesto que no generará ningún derecho sobre quienes no sean parte del proceso, salvo que el Tribunal sea de opinión contraria.

Por ello, para demandar, la asociación ha previsto que todos las personas en situación de retiro se afilien a la asociación a través de un pago simbólico que les permita recurrir a las instancias judiciales y cubrir los honorarios de los abogados que estarán a cargo de este proceso. “Aquí nos encontramos frente a la interposición de demandas y acciones legales que debe adoptarse de manera rápida ya que si no accionamos, quienes demanden posteriormente no tendrán esta posibilidad, por caducidad o prescripción del derecho. Nosotros estamos procurando una acción inmediata para efectuar el reclamo válidamente, para lo cual deben afiliarse a la Asociación a fin de que tengamos representatividad en la defensa de sus derechos”.

Para afiliarse a la presentación de la demanda puede comunicarse a los teléfonos 4370985 o 4370622 EN HORARIO DE 8:00 AM A 6:00 PM sólo hasta el 20 de mayo. Para inscribirse deberá de llevar copia de su DNI y se efectuar un pago único de S/. 10.00 Nuevos Soles.


COMENTARIOS:
Carlos dice...
Los Presidentes de las Asociaciones de las FFAA y PNP que integran la Alianza por la Reivindicación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, no tenemos el gusto de conocer al Dr. Juan José Santivañez Antunez, ni la existencia de la mencionada Federación; y al analizar la carta que ha hecho llegar a través de la internet y no personalmente como hubiera sido correcto su trámite, con sellos y firmas, entre agremiaciones sindicales. Se ha podido apreciar que, el procedimiento ofrecido para la demanda de amparo contra el Presidente de la República no es legal, en razón que, en primer término, aún no se conoce ni se tiene el contenido del dispositivo legal del Estado, publicado en el diario oficial El Peruano, que sobre el particular hizo conocer Alan Garcia Pérez  del incremento ofrecido para determinados grados del personal de actividad; en segundo lugar, que de conformidad a la Constitución Política del Estado, el Presidente de la República sólo puede ser denunciado a través del Congreso de la República y no en instancias judiciales, como se indica en el documento en cuestión; de lo cual advertimos a nuestros colegas, que no garantizamos, ni recomendamos se acojan a este trámite sin antes asesorarse bien. Por cuanto, al expresar SANTIVAÑEZ que el Decreto Ley 19846 reglamenta el sistema pensionario, cuando el mencionado Decreto Ley es la Ley de Pensiones Militar y Policial, hace pensar que  desconoce las normas que legislan a Militar y Policías. Al parecer, la intencionalidad es obtener recursos económicos, con las aportaciones que piensan obtener, para afiliar la agremiación que hace referencia.
Al respecto hacemos conocer al personal en retiro de las FFAA y PNP, que la Alianza por la Reivindicaciòn de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, se encuentra a la espera de la publicación oficial de este dispositivo, para que el departamento legal, previo estudio del mismo, ejecute los alegatos pertinentes.

Anónimo nos dice...
Juanjo Santivañez es el hijo del Coronel Santivañez. Es un abogado joven pero bastante talentoso que conoce sobre legislacion policial. Creo que más de uno lo conocemos. Además, hablé con él por teléfono hoy y me comento que este tema se está manejando a través de su estudio. Finalmente, NADIE TRABAJA GRATIS. LAMENTABLEMENTE ESTAMOS ACOSTUMBRADOS A QUE LAS COSAS NOS LAS HAGAN GRATIS.

Anónimo nos dice...
SEÑORES, SANTIBAÑES ES UN RECONOCIDO ESPECIALISTA DEFENSOR DE LOS DERECHOS DEL PERSONAL POLOICIAL.. CREO QUE DEBERÍAN BUSCARLO EN GOOGLE ANTES DE CUESTIONAR SU PROFESIONALISMO...

ACIDEL responde...
Indudablemente, se han comunicado por teléfono al estudio y la atención por parte de la recepcionista no fue adecuada, por ello sembró desconfianza. Si la presentación hubiera sido mas formal y no de simple volanteo, como lo hizo, otros hubieran sido los reultados; por que, efectivamente, necesitamos asesores con amplios conocimientos de los derechos militar policial para un mejor asesoramiento y presentar los reclamos mas convenientes.


Santivañez Antunez Abogados nos dice.... Estimados señores: Mi nombre es Juan José Santiváñez, abogado citado en vuestra publicación. Agradezco el interés mostrado en el tema. Les informo que el día de hoy hemos sido notificados de la Resolución expedida por el Juez del Cuarto Juzgado Constitucional (Expediente Nro. 11517-2011) en la que ADMITE LA DEMANDA DE AMPARO referida. Inicialmente dicho manistrado la rechazo liminarmente, pero nosotros formulamos recurso de apelación y frente a un brillante informe en la Sétima Sala Civil, esta ordenó que la demanda se admita ya que presumiblemente se estaban vulnerando derechos constitucionales. Si desean puede revisar el contenido de la resolución en la página web del Poder Judicial y/o en todo caso brindarnos un correo para enviarles la copia. En ese sentido, si estuvieran interesados sus afiliados en ingresar en este proceso, pueden llamar a los teléfonos 4218493 o 4218496. La inscripción sigue siendo la misma. Asimismo, podrán comunicar al correo jjsa@sa-firma.com Saludos 

4 comentarios:

  1. SEÑORES SANTIBAÑES ES UN RECONOCIDO ESPECIALISTA DEFENSOR DE LOS DERECHOS DEL PERSONALPOLOICIAL.}
    CREOQUE DEBERIAN BUSCARLOEN GOOGLE ANTES DE CUESTIONAR SU PROFESIONALISMO...

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  2. Juanjo Santivañez es el hijo del coronel santivañez. Es un abogado joven pero bastante talentoso que conoce sobre legislacion policial. Creo que mas de uno lo conocemos.
    Ademas, hable con el por telefono hoy y me comento que este tema se esta manejando a traves de su estudio.
    Finalmente, NADIE TRABAJA GRATIS. LAMENTABLEMENTE ESTAMOS ACOSTUMBRADOS A QUE LAS COSAS NOS LAS HAGAN GRATIS.

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  3. Compañeros, el dia de hoy llame al estudio Santivañez cuyo telefono es 4218493, y me atendio gentilmente una señorira recepcionista que me diio informcion de todo el proceso judicial que se viene tramirando en el curto juzgado constitucional. me da gusto que esta vez no nos hayan engañando y se este luchando por este derecho pensionario

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  4. Estimados señores:

    Mi nombre es Juan José Santiváñez, abogado citado en vuestra publicación. Agradezco el interés mostrado en el tema. Les informo que el día de hoy hemos sido notificados de la Resolución expedida por el Juez del Cuarto Juzgado Constitucional (Expediente Nro. 11517-2011) en la que ADMITE LA DEMANDA DE AMPARO referida.
    Inicialmente dicho manistrado la rechazo liminarmente, pero nosotros formulamos recurso de apelación y frente a un brillante informe en la Sétima Sala Civil, esta ordenó que la demanda se admita ya que presumiblemente se estaban vulnerando derechos constitucionales.
    Si desean puede revisar el contenido de la resolución en la página web del Poder Judicial y/o en todo caso brindarnos un correo para enviarles la copia.
    En ese sentido, si estuvieran interesados sus afiliados en ingresar en este proceso, pueden llamar a los teléfonos 4218493 o 4218496. La inscripción sigue siendo la misma.

    Asimismo, podrán comunicar al correo jjsa@sa-firma.com


    Saludos Cordiales y éxitos en su gestión!

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